Sentencia Nº TC/0705/18 de Tribunal Constitucional, 10-12-2018

Número de sentenciaTC/0705/18
Fecha10 Diciembre 2018
Número de expediente TC-04-2016-0033
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2016-0033, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el
Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), contra la Sentencia núm. 352, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de
Justicia el veintinueve (29) de julio de dos mil quince (2015). Página 1 de 36
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0705/18
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2016-0033, relativo al recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional
interpuesto por el Instituto Nacional de la
Vivienda (INVI), contra la Sentencia núm.
352, dictada por la Tercera Sala de la
Suprema Corte de Justicia el veintinueve
(29) de julio de dos mil quince (2015).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciember del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R..G., presidente; L..M..P..M., primera sustituta;
H.A. de los Santos, Ana I..B.H., Justo Pedro
C.K., V..J.C..P., J.C.ry D., R.
.
D..F., V..G..B., W..S..G..R. y K..M.
.
J.M. en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185, numeral 4 de la Constitución y
53 y siguientes de la Ley núm. 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional y de
los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente decisión:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2016-0033, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el
Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), contra la Sentencia núm. 352, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de
Justicia el veintinueve (29) de julio de dos mil quince (2015). Página 2 de 36
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Sentencia núm. 352, fue dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de
Justicia el veintinueve (29) de julio de dos mil quince (2015), objeto de este
recurso de revisión, rechazó el recurso de casación interpuesto por el actual
recurrente Instituto Nacional de la Vivienda (INVI). En su dispositivo, la Sentencia
núm. 352, establece:
Primero: Rechaza el recurso de casación interpuesto por el Instituto
Nacional de la Vivienda (INVI), contra la sentencia dictada por el Tribunal
Superior de Tierras del Departamento Central el 02 de marzo de 2012, en
relación con el Solar núm. 1, manzana núm. 4698, del Distrito Catastral
núm. 1, del D.N.ional, cuyo dispositivo se copia en parte anterior
del presente fallo; S.do: Condena a la recurrente al pago de las costas
procesales, con distracción de las mismas en beneficio de los Dres. M.
.
S.P. y A.E.S..P., quienes afirman
haberlas avanzados en su totalidad.
Esta decisión judicial fue notificada a la recurrente mediante el memorándum
emitido por la secretaria general de la Suprema Corte de Justicia el dieciocho (18)
de agosto de dos mil quince (2015).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El presente recurso de revisión contra la Sentencia núm. 352, fue interpuesto
mediante instancia recibida el dieciocho (18) de septiembre de dos mil quince
(2015) y notificado al recurrido mediante el Acto núm. 593/2015, instrumentado
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2016-0033, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el
Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), contra la Sentencia núm. 352, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de
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por el ministerial R..R.M..G., alguacil ordinario de la Cámara
Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el veintitrés (23) de
septiembre de dos mil quince (2015).
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, mediante su Sentencia núm. 352,
rechazó el recurso de casación interpuesto por la actual recurrente, arguyendo los
motivos siguientes:
a. … si bien es cierto lo alegado por el recurrente en los dos primeros aspectos
de los medios que se reúnen, en relación a la decisión de la Corte a-qua de
ordenar en el dispositivo de la decisión impugnada, el archivo del expediente y
que el acto por medio del cual le notifican la decisión ahora impugnada no
enuncia el plazo de los 30 días que se dispone para interponer el recurso de
casación en el acto de notificación de la sentencia ahora impugnada, no menos
cierto es, que dicha disposición no le causó ningún agravio al recurrente como
sostiene, dado que pudo interponer a tiempo su Recurso de Casación (sic),
conforme lo requiere el artículo 5 de la Ley m. 3726, del 29 de diciembre de
l953, modificado por la Ley núm. 491-08 de fecha 19 de diciembre del 2008, que
así las cosas, procede rechazar por improcedente y carente de sustento legal
dichos aspectos.
b. … en relación al alegato de que se violó el principio de igualdad, al no
permitirle según el recurrente depositar pruebas importantes para el proceso,
advertimos del contenido de la sentencia impugnada, específicamente en las
páginas 9 y 10, que el Tribunal a-quo en las audiencias de fechas 07 de noviembre
y 06 de diciembre del año 2011, respectivamente, consta que el J..P. le
concedió la palabra al abogado de la ahora recurrente, para que presentará su
inventario de pruebas, procediendo dicho letrado a dar lectura al mismo, así como

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