Sentencia Nº TC/0741/18 de Tribunal Constitucional, 10-12-2018

Número de sentenciaTC/0741/18
Fecha10 Diciembre 2018
Número de expediente TC-05-2016-0159 y TC-05-2017-0086
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expedientes números TC-05-2016-0159 y TC-05-2017-0086, relativos a los recursos de revisión de sentencia de amparo incoados
por Seguros Universal, S.A. contra la Sentencia núm. 0007-2015, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo
el quince (15) de enero de dos mil quince (2015).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0741/18
Referencia: Expedientes números
TC-05-2016-0159 y TC-05-2017-
0086, relativos a los recursos de
revisión de sentencias de amparo
incoados por Seguros Universal, S.A.
contra la Sentencia núm. 0007-2015,
dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el
quince (15) de enero de dos mil quince
(2015).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R.G., presidente; L.M.P.M., primera sustituta; L.
.
V.S., segundo sustituto; H..A. de los Santos, A.I.
.
B..H., J..P.C.K., V..J.C.
.
P., J.C..D., Rafael Díaz Filpo, V..G.B., W.S.
.
G.R., K.M.J..M. e I.R., en ejercicio
de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución, 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, de trece (13) de
junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expedientes números TC-05-2016-0159 y TC-05-2017-0086, relativos a los recursos de revisión de sentencia de amparo incoados
por Seguros Universal, S.A. contra la Sentencia núm. 0007-2015, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo
el quince (15) de enero de dos mil quince (2015).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 0007-2015, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el quince (15) de enero de dos mil quince (2015), acog la acción
de amparo incoada por el señor F.L.J. en contra de Seguros Universal,
cuyo dispositivo establece:
PRIMERO: RECHAZA los Medios De Inadmisión planteados por los
accionados, la Administración de Fondos de Pensiones Popular, S.A. (AFP
Popular), Seguros Universal, S.A., y la Procuraduría General Administrativa,
por los motivos.
SEGUNDO: DECLARA buena y válida, en cuanto a la forma, la presente
acción Constitucional de Amparo interpuesta en fecha 13 de octubre del año
2014 por el señor F..L.J., contra La Superintendencia de
Pensiones, La Administración de Fondos de Pensiones Popular, S.A., Seguros
Universal, S.A., por haber sido incoada de conformidad con la ley.
TERCERO: ORDENA la exclusión de La Superintendencia de Pensiones, La
Administradora de Fondos de Pensiones Popular, S.A. (AFP Popular) y
Seguro Popular, S.A., del presente expediente por los motivos expuestos.
CUARTO: ACOGE en cuanto al fondo, presente Acción Constitucional de
Amparo interpuesta por el señor F..L..J., contra Seguros
Universal, S.A., por haberse demostrado la violación al debido proceso y
derecho de a la Seguridad Social, y en consecuencia ORDENA a Seguros
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expedientes números TC-05-2016-0159 y TC-05-2017-0086, relativos a los recursos de revisión de sentencia de amparo incoados
por Seguros Universal, S.A. contra la Sentencia núm. 0007-2015, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo
el quince (15) de enero de dos mil quince (2015).
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Universal, S.A., a pagar la pensión por discapacidad permanente a favor del
accionante F.L.J., retroactivo a la fecha de la concreción.
QUINTO: FIJA a Seguros Universal, un Astreinte de cmco MIL PESOS
DOMINICANOS (RD$5,000.00) diario, a favor de Hospital R.R.
.
C., a fin de asegurar la eficacia de lo decidido. (…)
La referida sentencia fue notificada a la parte recurrente, Seguros Universal, S.A., a
requerimiento de la parte recurrida, señor F.L..J., mediante el Acto núm.
294-2015, de veintiuno (21) de abril de dos mil quince (2015), instrumentado por el
ministerial P. de la C.M., alguacil ordinario de la Corte de Trabajo del
Distrito Nacional y a requerimiento de la Secretaría del Tribunal Superior
Administrativo, mediante el Acto núm. 581-2016, de veintiocho (28) de abril de dos
mil dieciséis (2016), instrumentado por el ministerial F.F. de Jesús,
alguacil de estrados de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado
de Primera Instancia del Distrito Nacional.
2. Presentación de los recursos de revisión
La recurrente, Seguros Universal, S.A., interpuso dos recursos de revisión de amparo
ante la Secretaría del Tribunal Superior Administrativo:
1) El primer recurso, relativo al expediente núm. TC-05-2016-0159, fue interpuesto
el veintitrés (23) abril de dos mil quince (2015), remitido a este tribunal
constitucional el nueve (9) de mayo de dos mil dieciséis (2016). Este fue notificado
a las partes recurridas, señor F..L..J., Superintendencia de Pensiones,
Administradora de Fondos de Pensiones Popular, S.A. (AFP Popular) y al
procurador general administrativo, mediante Auto núm. 1978-2015, del juez
presidente del Tribunal Superior Administrativo, de veintisiete (27) de abril de dos

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