Sentencia Nº TC/0781/18 de Tribunal Constitucional, 10-12-2018

Número de sentenciaTC/0781/18
Fecha10 Diciembre 2018
Número de expediente TC-05-2013-0226
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2013-0226, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo en cumplimiento
interpuesto por R.A.E., alcalde municipal de San P edro de Macorís, y R.M.G., director de
Planeamiento Urbano del Ayuntamiento de San Pedro de Macorís, contra la Sentencia núm. 704-2013, de tres (3) de octubre de
dos mil trece (2013), dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de San Pedro de Macorís.
Página 1 de 30
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0781/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2013-0226, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia
de amparo de cumplimiento
interpuesto por R..A.
.
E., alcalde de San Pedro de
Macorís, y R..M..G.,
director de Planeamiento Urbano del
Ayuntamiento de San Pedro de
Macorís, contra la Sentencia núm.
704-2013, de tres (3) de octubre de
dos mil trece (2013), dictada por la
Cámara Civil y Comercial del
Juzgado de Primera Instancia de San
Pedro de Macorís.
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R.G., presidente; L.M.P.M., primera sustituta; L.
.
V.S., segundo sustituto; A.I..B.H., V.J.
.
C.P., J..C.D., R.D..F., W.S.. G.
.
R. y K..M..J..M., en ejercicio de sus competencias
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2013-0226, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo en cumplimiento
interpuesto por R.A.E., alcalde municipal de San P edro de Macorís, y R.M.G., director de
Planeamiento Urbano del Ayuntamiento de San Pedro de Macorís, contra la Sentencia núm. 704-2013, de tres (3) de octubre de
dos mil trece (2013), dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de San Pedro de Macorís.
Página 2 de 30
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185,
numeral 4, de la Constitución y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, de trece (13) de junio de
dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 704-2013, de tres (3) de octubre de dos mil trece (2013), fue
dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de San
Pedro de Macorís, en atribuciones de tribunal de amparo. Dicho fallo acogió la
acción presentada y su dispositivo es el siguiente:
Primero: Declara Buena y válida en cuanto a la forma, la acción de amparo
en cumplimiento incoada por Atlas Engeneering Group (AEG) S.R.L., en
contra de los arquitectos R.E.P.(., Alcalde de San
Pedro de Macorís y R.M..G., en su condición de Director de
Planeamiento Urbano, mediante instancia depositada en la secretaría de
esta cámara civil y comercial en fecha 23 de agosto del 2013, suscrita por
su abogado constituído, Dr. P.R.V.L..
Segundo: En cuanto al fondo de la indicada acción en amparo, Acoge las
pretensiones del demandante y, en consecuencia, Ordena a los arquitectos
R.E..P.(., Alcalde de S.P. de Macorís y
R.M..G., en su condición de Director de Planeamiento
Urbano, dar cumplimiento a las disposiciones del artículo 42 de la Ley No.
675 del 14 de agosto de 1944, sobre Urbanización, O. y
Construcciones, y realizar el cobro del impuesto legal del conjunto de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR