Sentencia Nº TC/0785/18 de Tribunal Constitucional, 10-12-2018

Número de sentenciaTC/0785/18
Fecha10 Diciembre 2018
Número de expediente TC-05-2017-0260
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0260, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
J.J.m.C. contra la Sentencia núm. 030-2017-SSEN-00029, de seis (6) de febrero de dos mil diecisiete (2017),
dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo. Página 1 de 19
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0785/18
Referencia: Expediente núm. TC-
05-2017-0260, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia
de amparo interpuesto por J.
.
J.C. contra la Sentencia
núm. 030-2017-SSEN-00029, de
seis (6) de febrero de dos mil
diecisiete (2017), dictada por la
Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo.
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R.G., presidente; L.M.P.M., primera sustituta; L.
.
V.S., segundo sustituto; A.I..B.H., V.J.
.
C..P., J..C..D., R.D.F., V..G.B.,
W..S..G..R. y K.M.J.M., en ejercicio de
sus competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, de trece (13) de
junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0260, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
J.J.m.C. contra la Sentencia núm. 030-2017-SSEN-00029, de seis (6) de febrero de dos mil diecisiete (2017),
dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo. Página 2 de 19
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 030-2017-SSEN-00029, de seis (6) de febrero de dos mil
diecisiete (2017), fue dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo, en atribuciones de amparo. Dicho fallo declara inadmisible la
acción presentada mediante el dispositivo siguiente:
PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE la presente acción constitucional de
amparo, interpuesta por el señor J.J.C., en fecha 13
de julio del año 2016, contra la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
(DGA), por encontrarse vencido el plazo de 60 días a tales fines, de acuerdo
a las disposiciones del artículo 70, numeral 2do, de la Ley No. 137-11 de
fecha 13 de junio del año 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de
los Procedimientos Constitucionales, conforme los motivos indicados.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el proceso. TERCERO: ORDENA la
comunicación de la presente sentencia a la parte accionante señor
J.J.C., a la parte accionada DIRECCIÓN GENERAL
DE ADUANAS (DGA), y al PROCURADOR GENERAL DE LA
REPÚBLICA, a los fines procedentes. CUARTO: ORDENA que la presente
sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
La referida sentencia fue notificada, en primer lugar, el quince (15) de marzo de
dos mil diecisiete (2017), a la parte recurrida, Dirección General de A. de la
República Dominicana, según consta en la certificación de esa misma fecha,
emitida por la Secretaría General del Tribunal Superior Administrativo; en
segundo lugar, dicha sentencia fue notificada al Dr. G.R. y al Lic. R.
.
A.S.S., abogados de la parte recurrente, J.J.C., por

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