Sentencia Nº TC/0793/18 de Tribunal Constitucional, 10-12-2018

Número de sentenciaTC/0793/18
Fecha10 Diciembre 2018
Número de expediente TC-04-2017-0100
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente m. TC-04-2017-0100, relativo al recurso de revisión constitucional incoado por L.L.M. de León contra
la Sentencia m. 1196, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el doce (12) de diciembre dos mil
dieciséis (2016). Página 1 de 59
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0793/18
Referencia: Expediente m. TC-04-
2017-0100, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional incoado por L.
.
L.M. de León contra la
Sentencia m. 1196, dictada por la
Sala Civil y Comercial de la Suprema
Corte de Justicia el doce (12) de
diciembre dos mil dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.on
R.G., presidente; L.M..P..M., primera sustituta; L..
.
V.S., segundo sustituto; H.A. de los Santos, A.I.
.
B. Hernández, Justo P..C..K., V.J..C.
.
P., J..C.D., R.el Díaz Filpo, W.S...G.R. e I.
.
R., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente
las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y 9 y 53 de la Ley núm. 137-
11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales,
de trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente m. TC-04-2017-0100, relativo al recurso de revisión constitucional incoado por L.L.M. de León contra
la Sentencia m. 1196, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el doce (12) de diciembre dos mil
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1. Descripción de la decisión recurrida
La Sentencia núm. 1196, objeto del presente recurso de revisión constitucional, fue
dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el doce (12)
de diciembre dos mil dieciséis (2016).
Dicha sentencia rechazó la excepción de inconstitucionalidad formulada por la
recurrente, L..L.M. de León, y declaró inadmisible el recurso de
casación interpuesto contra la Sentencia m. 035-16-SCON-00454, de veintidós
(22) de marzo de dos mil dieciséis (2016), dictada por la Segunda Sala de la Cámara
Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional; dispone
en la parte dispositiva lo que sigue:
Primero: Rechaza la excepción de inconstitucionalidad formulada por la
señora L..L.M. De León, por las razones precedentemente
aludidas; Segundo: Declara inadmisible el recurso de casación interpuesto
por L.L..M. De León, contra la sentencia civil m. 065-16-
SCON-00454, de fecha veintidós (22) de marzo de dos mil dieciséis (2016)
por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Nacional, cuyo dispositivo se ha copiado en parte del
presente fallo; Tercero: Condena a la parte recurrente, al pago de las costas
del procedimiento y ordena su distracción a favor del Dr. Santo del R.
.
M., quien afirma haberlas avanzado en su totalidad.
Esta decisión fue notificada a la señora L.L.M.tínez de León, parte
recurrente, mediante Acto m. 2391-2016, de siete (7) de diciembre de dos mil
dieciséis (2016), instrumentado por el ministerial J.é T.T.A.,
alguacil de estrados del Juzgado de Trabajo del Distrito Nacional.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente m. TC-04-2017-0100, relativo al recurso de revisión constitucional incoado por L.L.M. de León contra
la Sentencia m. 1196, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el doce (12) de diciembre dos mil
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2. Presentación del recurso de revisión constitucional
Mediante instancia depositada en la Secretaría General de la Suprema Corte de
Justicia el veintidós (22) de diciembre de dos mil dieciséis (2016) y recibida en este
tribunal el veintisiete (27) de marzo de dos mil diecisiete (2017), la señora L.
.
L..M. de León interpuso un recurso de revisión constitucional contra la
Sentencia m. 1196.
Este recurso fue notificado a la parte recurrida, J..B.M..D.,
mediante Acto m. 1153/2016, de veintidós (22) de diciembre de dos mil dieciséis
(2016), instrumentado por el ministerial R.F.as de los Santos, alguacil
ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de
San Cristóbal.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida
La Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia dictó la Sentencia m.
1196, antes descrita, fundada, esencialmente, en lo siguiente:
Considerando, que la recurrente solicita en su memorial de casación que se
admita su recurso debido a que el texto del Art. 5, P.I., literal C de la
Ley núm.3726, del 29 de diciembre de 1953, sobre Procedimiento de
Casación, modificada por la Ley núm. 491-08, del 16 de diciembre de 2008,
fue declarado inconstitucional por violación al principio de razonabilidad
(Art.40.15 de la Constitución Dominicana);
Considerando, que al respecto es necesario señalar que si bien es cierto que
la referida disposición legal fue declarada inconstitucional por el Tribunal

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