Sentencia Nº TC/0814/18 de Tribunal Constitucional, 10-12-2018

Número de sentenciaTC/0814/18
Fecha10 Diciembre 2018
Número de expediente TC-04-2012-0074
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2012-0074, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la
señora R.J.S.C. contra la sentencia núm. 471 dictada por la Sala Tercera de lo Laboral, Tierras,
Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia el veinticinco (25) de julio de dos mil doce
(2012). Página 1 de 32
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0814/18 Referencia: Expediente núm. TC-04-
2012-0074, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por la señora
R..J..S..C.
contra la sentencia núm. 471 dictada
por la Sala Tercera de lo Laboral,
Tierras, Contencioso-Administrativo y
Contencioso-Tributario de la Suprema
Corte de Justicia el veinticinco (25) de
julio de dos mil doce (2012).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R..G., presidente; L..M..P..M., primera sustituta; A.
.
I..B..H., J..P..C..K., V..J.
.
C..P., J.C.D., R..D..F., V..G..B.,
W.G..R. y K..M.J..M.; en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales (específicamente las previstas por los
artículos 185.4 y 277 de la Constitución, así como los artículos 9, 53 y 54 de la Ley
núm. 137-11,l Orgánica de Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2012-0074, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la
señora R.J.S.C. contra la sentencia núm. 471 dictada por la Sala Tercera de lo Laboral, Tierras,
Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia el veinticinco (25) de julio de dos mil doce
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Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 471 fue dictada por la Sala Tercera de lo Laboral, Tierras,
Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de
Justicia el veinticinco (25) de julio de dos mil doce (2012). Dicho fallo rechaza el
recurso de casación interpuesto por la señora R.J.S. Carrasco
contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Tierras del Departamento
Central el nueve (9) de agosto de dos mil once (2011).
De acuerdo con la documentación que reposa en el expediente, la referida Sentencia
núm. 471 fue notificada a la hoy recurrente en revisión, señora R.J.
.
S.C., según requerimiento del hoy recurrido en revisión, señor J.
.
F.V..A., mediante el Acto núm. 661/2012, instrumentado por el
ministerial Santo Z.D..F.,
1
el veintisiete (27) de agosto de dos mil
doce (2012).
2. Presentación del recurso de revisión
La señora R.J.S.C. depositó el recurso de revisión que
nos ocupa en la secretaría general de la Suprema Corte de Justicia, el veintisiete (27)
de agosto de dos mil doce (2012). Mediante su instancia, la indicada recurrente
persigue el pronunciamiento de la nulidad de la indicada Sentencia núm. 471, así
1
Alguacil de estrados de la Segunda Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2012-0074, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la
señora R.J.S.C. contra la sentencia núm. 471 dictada por la Sala Tercera de lo Laboral, Tierras,
Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia el veinticinco (25) de julio de dos mil doce
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como la devolución del expediente que concierne al caso a la Corte Suprema, con la
finalidad de que esta lo conozca nuevamente.
En el expediente obra el Oficio núm. 12772 expedido por la secretaria general de la
Suprema Corte de Justicia, el treinta y uno (31) de agosto de dos mil doce (2012),
mediante el cual dicha alta corte comunica el indicado recurso de revisión
interpuesto al señor J.F.V.A..
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión
La Sentencia núm. 471 dictada por la Sala Tercera de lo Laboral, Tierras,
Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de
Justicia fundó su rechazo al recurso de casación presentado por la recurrente, señora
R.J.S.C., esencialmente, en los siguientes motivos:
Considerando, que en cuanto al vicio de falta de ponderación de documentos
que le atribuye la hoy recurrente al Tribunal a-quo al analizar la sentencia
impugnada se ha podido establecer que dentro del inventario de las pruebas
aportadas por el hoy recurrido ante dicho tribunal figura el aludido contrato
de venta e hipoteca intervenido entre la asociación popular de ahorros y
préstamos y el señor J.F.V..A., recurrido; y en el
inventario de pruebas aportado por la hoy recurrente figura copia del recibo
de pago de impuestos de transferencias; que en la página 26 de dicha
sentencia consta que dicho tribunal tras estudiar toda la documentación que
conforma el expediente y en especial la experticia caligráfica realizada por
el INACIF sobre la firma que figura en el contrato de venta objeto de
contestación entre las partes, pudo establecer que la firma de la parte
vendedora no corresponde a la firma real de la misma, al haber sido objeto
de falsificación, además de que se pudo comprobar que en la página donde

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