Sentencia Nº TC/0858/18 de Tribunal Constitucional, 10-12-2018

Número de sentenciaTC/0858/18
Fecha10 Diciembre 2018
Número de expediente TC-05-2018-0152
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0152, relativo al recurso de revisión c onstitucional y suspensión de ejecución de sentencia de amparo incoado por
K.M.S.G. contra la Ordenanza núm. 008120160342, dictada por el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito
Judicial de Azua el veintitrés (23) de noviembre de dos mil dieciséis (2016). Página 1 de 30
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0858/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2018-0152, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo y solicitud de suspensión de
ejecución incoado por K.M.
.
S.G. contra la Ordenanza
núm. 008120160342, dictada por el
Tribunal de Tierras de Jurisdicción
Original del Distrito Judicial de Azua
el veintitrés (23) de noviembre de dos
mil dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R.G., presidente; L.M.P.M., primera sustituta; L.
.
V.S., segundo sustituto; H.A. de los Santos, V.
.
J..C.P., R..D..F., W..S..G.R., Katia
M.J.M.ínez e I..R., en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la
Constitución y, 9, 94 y 95 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, de trece (13) de junio de
dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0152, relativo al recurso de revisión c onstitucional y suspensión de ejecución de sentencia de amparo incoado por
K.M.S.G. contra la Ordenanza núm. 008120160342, dictada por el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito
Judicial de Azua el veintitrés (23) de noviembre de dos mil dieciséis (2016). Página 2 de 30
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Ordenanza núm. 008120160342, fue dictada por el Tribunal de Tierras de
Jurisdicción Original del Distrito Judicial de Azua el veintitrés (23) de noviembre
de dos mil dieciséis (2016). Esta decisión admitió la acción de amparo incoada por
el señor J.L.M.P. contra los señores K..M.S.G. y
el Dr. Galán, y su dispositiva dispone lo siguiente:
PRIMERO: DECLARA bueno y válido la presente acción de amparo tanto en
la FORMA como en el FONDO.
SEGUNDO: DECLARA la violación del derecho fundamental contenido en el
artículo 51 de la Constitución Dominicana relativo al derecho de propiedad
ocasionado por los señores K.M..S.G. y el DR.
GALAN contra el señor J.L.M.P..
TERCERO: ORDENA la restauración de los derechos violados del
accionante en amparo J..L.M.P. con relación a los
derechos de propiedad del accionante consistente en una porción de terreno
dentro del ámbito de la parcela número 4-C-11 del Distrito Catastral número
ocho (8) del Municipio de Azua, provincia Azua. Con una extensión
superficial de 256,36 mts2 ubicado dentro de los linderos actuales al norte
ELIGIO; al sur R..J. al este EL CUBANO y al oeste C.
.
N.M..
CUARTO: Ordena el desalojo de los demandados y la restitución de los daños
materiales causados por la destrucción de la cerca o empalizada y la

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