Sentencia Nº TC/0869/18 de Tribunal Constitucional, 10-12-2018

Número de sentenciaTC/0869/18
Fecha10 Diciembre 2018
Número de expediente TC-05-2018-0203
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0203, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor
F.A.S.C. contra la Sentencia núm. 03 0-02-2018-SSEN-00065, dictada por la Primera Sala del Tribunal
Superior Administrativo el veintidós (22) de febrero de dos mil dieciocho (2018). Página 1 de 55
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0869/18 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2018-0203, relativo al recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo
interpuesto por el señor F.A.
.
S..C. contra la Sentencia núm.
030-02-2018-SSEN-00065, dictada por la
Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veintidós (22) de febrero
de dos mil dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R.G., presidente; L.V..S., segundo sustituto; A.I.
.
B.H., J.P..C.K., J.C..D., R.D..í.
.
F., V.G..B., W.S..G.R. y K.M.J.
.
M., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y, 9, 94 y 95
de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales del trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia.
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0203, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor
F.A.S.C. contra la Sentencia núm. 03 0-02-2018-SSEN-00065, dictada por la Primera Sala del Tribunal
Superior Administrativo el veintidós (22) de febrero de dos mil dieciocho (2018). Página 2 de 55
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional en materia
de amparo
La Sentencia núm. 030-02-2018-SSEN-00065, fue dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el veintidós (22) de febrero de dos mil dieciocho
(2018). La misma acoge el medio de inadmisión planteado por la parte accionada y
declara inadmisible la acción constitucional de amparo interpuesta por el señor
F.A..S..C.. En su parte dispositiva, esta sentencia reza como
sigue:
PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE, la presente Acción Constitucional
de A. interpuesta en fecha 10/10/2017, por el señor F.
.
A..S., contra el EJÉRCITO DE LA REPUBLICA
DOMINICANA y EL MINISTERIO DE DEFENSA, en aplicación al artículo
70.2 de la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, conforme a los motivos expuestos.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el procedimiento por tratarse de una
Acción Constitucional de A..
TERCERO: ORDENA, que la presente sentencia sea comunicada vía
Secretaría del Tribunal, a las partes envueltas, así como al Procurador
General Administrativo.
CUARTO: ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el Boletín
del Tribunal Superior Administrativo.
La presente sentencia fue notificada a la parte recurrente y a la Procuraduría General
Administrativa mediante copia certificada expedida por la Secretaría del Tribunal
Superior Administrativa: a la parte recurrente el veintitrés (23) de mayo de dos mil
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0203, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor
F.A.S.C. contra la Sentencia núm. 03 0-02-2018-SSEN-00065, dictada por la Primera Sala del Tribunal
Superior Administrativo el veintidós (22) de febrero de dos mil dieciocho (2018). Página 3 de 55
dieciocho (2018), y a la Procuraduría General Administrativa el veintiuno (21) de
marzo de dos mil dieciocho (2018). La notificación a la parte recurrida, Ejército de
la República Dominicana, se realizó mediante Acto núm. 508-2018, instrumentado
por el ministerial S.A.S.B., alguacil ordinario del Tribunal
Superior Administrativo el ocho (8) de mayo de dos mil dieciocho (2018)gg, a
requerimiento de la Secretaría del Tribunal Superior Administrativo.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional en materia de amparo
La parte recurrente, señor F..A.S..C., apoderó a este tribunal
constitucional de un recurso de revisión contra la sentencia anteriormente descrita,
mediante escrito depositado el primero (1ro) de junio de dos mil dieciocho (2018),
ante la Secretaría General del Tribunal Superior Administrativo, recibido por este
tribunal el veintiséis (26) de julio del dos mil dieciocho (2018). El referido recurso
se fundamenta en los alegatos que se exponen más adelante.
Dicho recurso fue notificado al Ejército de la República Dominicana mediante el
Acto núm. 630-18, instrumentado por el ministerial S..u.A.S.
.
B., alguacil ordinario del Tribunal Superior Administrativo el dieciocho (18) de
junio de dos mil dieciocho (2018), a requerimiento del Tribunal Superior
Administrativo; al Ministerio de Defensa el doce (12) de junio de dos mil dieciocho
(2018) mediante Acto núm. 497-2018, instrumentado por el ministerial R.
.
A.G.P., alguacil ordinario del Tribunal Superior Administrativo, a
requerimiento del Tribunal Superior Administrativo y a la Procuraduría General
Administrativo el once (11) de junio de dos mil dieciocho (2018) a través de la
entrega del Auto núm. 4661-2018, emitido el seis (6) de junio de dos mil dieciocho
(2018).
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional en
materia de amparo

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