Sentencia Nº TC/0876/18 de Tribunal Constitucional, 10-12-2018

Número de sentenciaTC/0876/18
Fecha10 Diciembre 2018
Número de expediente1) Expediente núm. TC-04- 2014-0117, 2) Expediente núm. TC-07-2014-0052
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
1) Expediente núm. TC-04-2014-0117 relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por J.
.
S.M. y E.A.N.C., y 2) Expediente núm. TC-07-2014-0052, relativo a la demanda en suspensión
de ejecución de sentencia interpuesta por J.S.M. y E.A.N. de C. ambos recursos con tra la
Resolución núm. 3357-2013 dictada por el Pleno de la Suprema Corte d e J.sticia el diecinueve (19) de agosto de dos mil trece
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0876/18
Referencia: 1) Expediente núm. TC-04-
2014-0117, relativo al recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional
interpuesto por J.S...M. y
E..A..N..C., y 2)
Expediente núm. TC-07-2014-0052,
relativo a la demanda en suspensión de
ejecución de sentencia interpuesta por J.
.
S.M. y E.A..N.
de C. ambos recursos contra la
Resolución núm. 3357-2013 dictada por el
Pleno de la Suprema Corte de J.sticia el
diecinueve (19) de agosto de dos mil trece
(2013).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R.G., presidente; L.V..S., segundo sustituto; A.I.
.
B..H., J..P..C.K., V.J..C.
.
P., J.C..D., R.D..F., V.G..B., W.S.
.
G.R., K.M.J..M. e I.R., en ejercicio
de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
1) Expediente núm. TC-04-2014-0117 relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por J.
.
S.M. y E.A.N.C., y 2) Expediente núm. TC-07-2014-0052, relativo a la demanda en suspensión
de ejecución de sentencia interpuesta por J.S.M. y E.A.N. de C. ambos recursos con tra la
Resolución núm. 3357-2013 dictada por el Pleno de la Suprema Corte d e J.sticia el diecinueve (19) de agosto de dos mil trece
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artículos 277 de la Constitución y 53 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional
y de los Procedimientos Constitucionales, No. 137-11, de fecha trece (13) de junio
de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la resolución recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional y objeto de la presente demanda en suspensión de
ejecución de sentencia
La Resolución núm. 3357-2013, cuya revisión y suspensión se solicita, fue dictada
por el Pleno de la Suprema Corte de J.sticia el diecinueve (19) de agosto de dos mil
trece (2013), su parte dispositiva copiada a la letra, expresa lo siguiente:
PRIMERO: Declara que no ha lugar estatuir respecto a la demanda en
declinatoria por causa de sospecha legítima incoada por J.an S...
.
M. y E.A.N. de C., contra dicho Magistrado por
la misma carecer de objeto, en razón de que ya no es J.ez de la Cámara
Penal del J.zgado de P.era Instancia de La Altagracia;
SEGUNDO: Ordena que la presente resolución sea comunicada al
Procurador General de la República y a las partes interesadas
En el expediente no reposa documentación alguna que acredite la notificación de la
indicada resolución a la parte recurrente.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
1) Expediente núm. TC-04-2014-0117 relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por J.
.
S.M. y E.A.N.C., y 2) Expediente núm. TC-07-2014-0052, relativo a la demanda en suspensión
de ejecución de sentencia interpuesta por J.S.M. y E.A.N. de C. ambos recursos con tra la
Resolución núm. 3357-2013 dictada por el Pleno de la Suprema Corte d e J.sticia el diecinueve (19) de agosto de dos mil trece
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2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional y de la demanda en suspensión de ejecución de sentencia
Los recurrentes, señores J.S..M. y E..A..N.C.,
interpusieron el veintidós (22) de noviembre de dos mil trece (2013) un recurso de
revisión constitucional de decisión jurisdiccional y una demanda en suspensión
contra la indicada resolución. En los expedientes objeto del recurso de revisión y en
el de la demanda en suspensión de ejecución de sentencia, no reposa documentación
alguna que acredite la notificación de los mismos al señor C.os P.M..
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional y objeto de la demanda en suspensión de ejecución de la
sentencia
El Pleno de la Suprema Corte de J.sticia, el diecinueve (19) de agosto de dos mil
trece (2013), mediante la Resolución núm. 3357-2013, declaró la inadmisibilidad de
la demanda en declinatoria por causa de sospecha legítima contra el magistrado
C..P..M., quien se desempeñaba como juez de la Cámara Penal del
J.zgado de P.era Instancia del Distrito J.dicial de La Altagracia, fundamentando
su decisión, entre otros, en los siguientes argumentos:
Considerando: que en el caso de que se trata, no hay lugar a estatuir
respecto a la demanda en declinatoria por causa de sospecha legítima
incoada contra el magistrado C.P.M., por carecer de objeto,
en razón de que dicho magistrado ya no es J.ez de la Cámara Penal del
J.zgado de P.era Instancia de La Altagracia.

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