Sentencia Nº TC/0896/18 de Tribunal Constitucional, 10-12-2018

Número de sentenciaTC/0896/18
Fecha10 Diciembre 2018
Número de expediente TC-05-2017-0284
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0284, relativo al recurso de revisión de sentencia de amparo incoado p or el señor F.C.
contra la S.a n úm. 00196-2016, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el cinco (5) de mayo de
dos mil dieciséis (2016). Página 1 de 22
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0896/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2017-0284, relativo al recurso de
revisión de sentencia de amparo
incoado por el señor F..C.
contra la S.a núm. 00196-2016,
dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el
cinco (5) de mayo de dos mil dieciséis
(2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados L.
.
V.S., segundo sustituto en funciones de presidente; A..I.B.
.
H., V..J.C.P., J.C.D., R..D.
.
F., V.G.B., W.S.G.R., K..M.J.
.
M. e I.R., en ejercicio de sus competencias constitucionales y
legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y 9 y
94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, de trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta
la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0284, relativo al recurso de revisión de sentencia de amparo incoado p or el señor F.C.
contra la S.a n úm. 00196-2016, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el cinco (5) de mayo de
dos mil dieciséis (2016). Página 2 de 22
1. Descripción de la sentencia recurrida
La S.a núm. 00196-2016, objeto del presente recurso de revisión
constitucional en materia de amparo, fue dictada el cinco (5) de mayo de dos mil
dieciséis (2016) por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo. La
referida sentencia rechazó la acción de amparo incoada por el ex teniente coronel
señor F.C.P.Q. contra la Fuerza Aérea Dominicana (FARD),
tras considerar que al accionante no se le habían vulnerado derechos fundamentales.
La parte dispositiva se copia textualmente:
PRIMERO: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la presente acción
Constitucional de amparo incoada por el señor F.C.P.
.
Q. en contra de la FUERZA AEREA DOMINICANA, MAYOR
GENERAL ELVIS MARCELINO, EL MINISTERIO DE DEFENSA y el
TENIENTE GENERAL M..W., por haber sido interpuesta de
conformidad con la ley que rige la materia (sic).
SEGUNDO: Rechaza en cuanto al fondo la acción de amparo interpuesta por
el señor F.C..P.Q. en contra de la FUERZA
AEREA DOMINICANA, MAYOR GENERAL ELVIS MARCELINO, EL
MINISTERIO DE DEFENSA y el TENIENTE GENERAL MAXIMO
WILLIAM, por no haberse conculcado los derechos fundamentales alegados.
TERCERO: Declara el presente proceso libre de costas (sic).
CUARTO: ORDENAR la comunicación de la presente sentencia por
secretaría a la parte accionante, F..D.C.P.Q.; a
las partes accionadas FUERZA AEREA DOMINICANA, MAYOR GENERAL

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