Sentencia Nº TC/0897/18 de Tribunal Constitucional, 10-12-2018

Número de sentenciaTC/0897/18
Fecha10 Diciembre 2018
Número de expediente TC-04-2016-0095
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2016-0095, relativo al recurso de revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales, interpuesto por
D.E.S.S., contra la Sentencia núm. 372 y la Resolución núm. 4309-2015, dictadas por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justicia el veinticinco (25) de noviembre de dos mil trece (2013) y once (11) de n oviembre de dos mil quince
(2015), respectivamente. Página 1 de 23
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0897/18
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2016-0095, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisiones
jurisdiccionales incoado por D.
.
E..S..S. contra (a) la
Sentencia núm. 372-2013 y (b) la
Resolución núm. 4309-2015, ambas
dictadas por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justicia el
veinticinco (25) de noviembre de dos
mil trece (2013) y once (11) de
noviembre de dos mil quince (2015),
respectivamente.
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre dos mil dieciocho (2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M..
.
R..G., presidente; L.V..S., segundo sustituto; H.
.
A. de los Santos, A.I.B.H., J.P.C.
.
K., V..J.C..P., J..C.D., R...D.a....F.,
W...S..G..R.rez e I.R., en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277
de la Constitución de la República y 9, 53 y 54 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2016-0095, relativo al recurso de revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales, interpuesto por
D.E.S.S., contra la Sentencia núm. 372 y la Resolución núm. 4309-2015, dictadas por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justicia el veinticinco (25) de noviembre de dos mil trece (2013) y once (11) de n oviembre de dos mil quince
(2015), respectivamente. Página 2 de 23
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, de trece (13) de
junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia y la resolución recurridas en revisión
1.1. La Sentencia núm. 372-2013, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte
de Justicia el veinticinco (25) de noviembre de dos mil trece (2013), rechazó el
recurso de casación interpuesto por el recurrente, D.E..S.S., cuyo
dispositivo es el siguiente:
Primero: Rechaza el recurso de casación interpuesto por D..E.
.
S.S., contra la sentencia núm.294-2013-00304, dictada por la Cámara
Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal
el 24 de junio de 2013, cuyo dispositivo aparece copiado en parte anterior de
la presente decisión, por los motivos expuestos; Segundo: C.a que la
presente decisión sea notificada a las partes y al Juez de la Ejecución de la
Pena de San Cristóbal.
1.2. La Resolución núm. 4309-2015, dictada por la Segunda Sala de la Suprema
Corte de Justicia el once (11) de noviembre de dos mil quince (2015), declaró
inadmisible el recurso de revisión interpuesto por D.E..S.S., cuyo
dispositivo es el siguiente:
Primero: Declara inadmisible el recurso de revisión interpuesto por D...
.
E.S..S., contra la resolución núm. 2013-3862, dictada por la
Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el 25 de noviembre de 2013,
cuyo dispositivo se copia en parte anterior de esta resolución.

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