Sentencia nº 030-2007 de Tribunal Contencioso Tributario, 6 de Noviembre de 2007

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2007

FECHA 6/11/2007

MATERIA AMPARO

RECURRENTE (S) INMOBILIARIA LOS PALITOS, S. A

ABOGADO (S)

RECURRIDO (S) DIRECCIóN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS

ABOGADO (S)

DIOS, PATRIA Y LIBERTAD

República Dominicana

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

SENTENCIA No. 030-2007

En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los SEIS (6) días del mes de NOVIEMBRE del año dos mil siete (2007), año 164 de la Independencia y 145 de la Restauración

LA PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, regularmente constituida en la sala donde acostumbra celebrar sus audiencias, sito la calle J.S.R. 1-A, esquina S.S., Gazcue, Distrito Nacional, con la presencia de sus jueces: S.H.M., J.P.; JUDHIT CONTRERAS ESMURDOC, J.; F.E.F., J.; asistidos de la infrascrita Secretaria, ha dictado en sus atribuciones de A., y en audiencia pública la sentencia que sigue

CON MOTIVO DEL RECURSO DE AMPARO interpuesto por INMOBILIARIA LOS PALITOS, S.A., E.R., B.A.R.Y.D.P.D.A.S., la primera, entidad constituida de acuerdo con las leyes de la República Dominicana, con su asiento social en el Municipio de Esperanza, debidamente representados por el DR. F.R.R., todos dominicanos, casados, abogado, agricultor y empleado privado, portadores de las cédulas de identidad y electorales Nos.033-0003915-7, 033-0003324-2, 033-0001969-6 y 033-0002987-7, con su domicilio y residencia en la ciudad de Esperanza, quienes a su vez tienen como abogados constituidos y apoderados especiales a los DRES. A.S. DEL ORBE, F.R.R., y al LIC. E.H., dominicanos, mayores de edad, casados, abogados, domiciliados y residentes en Santo Domingo, Esperanza-Valverde, y Santiago, CONTRA la Dirección General de Impuestos Internos

VISTA Y LEIDA la instancia introductiva del recurso de fecha 20 de abril del año 2007, y depositada en la Secretaría de este tribunal en fecha 6 de junio del mismo año, suscrita por el DR. F.R. RAMOS por sí y por el DR. ALEJANDRO SOCRATES DEL ORBE y el LIC. E.H., de generales anotadas, en representación de INMOBILIARIA LOS PALITOS, S.A., E.R., B.A.R. y el DR. PEDRO DAMIAN AQUINO SALCEDO cuyas conclusiones son las siguientes: "PRIMERO: Que declaréis buena y válida la presente acción de recurso de apelación por ser justa en los hechos y en el derecho. SEGUNDO: Que rechacéis en todas sus partes la decisión en el recurso de reconsideración por ser una deuda irreal, abusiva, inexistente, improcedente y mal intencionada en razón de que los terrenos no tienen como dice L. 288-04, ni funciones comerciales, ni industriales ni profesionales a los poseedores de dicho derechos, INMOBILIARIA LOS PALITOS, J.M.R.N., E.R.Y.B.A.R.G., por lo que se pretende cobrar a $850.00 pesos el metro, donde los bancos, cooperativas, las fundaciones y el catastro del ayuntamiento local lo tienen a $64.00 pesos el metro cuadrado, violentando con este el principio de la oportunidad, norma consagradamente constitucional e internacionalmente. TERCERO: Que debe revocarse la decisión emitida por la Dirección General de Impuestos Internos en el recurso de reconsideración elevado por nuestra parte por no responder a los cánones legales violentando con esto preceptos constitucionales, quien debe pagar por este daño con su sueldo imponiéndole multas al incumbente tal como establece el Código Tributario Art. 205 párrafo 4 y siguiente. CUARTO: Garantía, seguridad y transparencia como prevee el Código en las actuaciones de dichos funcionarios para el contribuyente, en lo concerniente a las parcelas 1 del 2, y 18 del 4 de Esperanza, produciendo, tranquilidad, esperanza y seguridad a los emisarios de servicios, tasando sin demora, justamente, a tiempo, rápida y ponderada, por parte del encargo de dicha oficina. QUINTO: Condenar a la Dirección General de Impuestos Internos al pago de las costas ordenando su distracción en provecho de los abogados actuantes y postulantes."

VISTO Y LEIDO el Auto No.025-2007 de fecha 12 de julio del año 2007, de la Magistrada Juez Presidente del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, donde se fija audiencia pública para el día miércoles dieciocho (18) de julio del año 2007, y se autoriza a la parte recurrente a citar a la Dirección General de Impuestos Internos y al Procurador General Tributario y Administrativo, a los fines de que comparezcan a la citada audiencia

VISTO Y LEIDO el Acto de Alguacil No.381/07 de fecha 16 de julio del año 2007, del Ministerial A.D.C., Alguacil de Estrados de la Cámara Civil y Comercial de la Primera Sala de la Corte de Apelación del D.N., actuando a requerimiento de INMOBILIARIA LOS PALITOS, S. A. Y COMPARTES, por el cual se cita a la Dirección General de Impuestos Internos y al Magistrado Procurador General Tributario y Administrativo, para que comparezcan el día 18 de julio del año 2007 por ante el Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, el cual celebrará audiencia pública en la Sala de Audiencias del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo

VISTA Y OIDA la Sentencia In Voce de fecha 18 de julio del año 2007, dictada por la Primera Sala del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, cuyo dispositivo es el siguiente: "PRIMERO: Se prórroga la presente audiencia para el miércoles 25 de julio del año 2007, vale citación a las partes a fin de que la Procuraduría General Tributaria y Administrativa tome conocimiento de los...

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