Sentencia nº 35 de Suprema Corte de Justicia, del 26 de Mayo de 2004.

Fecha26 Mayo 2004
Número de resolución35
Número de sentencia35
EmisorTercera Sala Suprema Corte de Justicia

D., Patria y Libertad

República Dominicana

En Nombre de la República, la Cámara de Tierras, L., Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia, actuando como Corte de Casación, ha dictado en audiencia pública la siguiente sentencia:

Sobre el recurso de casación interpuesto por los señores F.A.A., cédula de identificación personal No. 41253, serie 47; V. De la Cruz, cédula de identificación personal No. 20408, serie 4; J.G.M., cédula de identificación personal No. 17144, serie 48; C.B.L., cédula de identificación personal No. 76276, serie 48; F.M.F., cédula de identificación personal No. 39812, serie 47; F.M.N., cédula de identificación personal No. 18696, serie 48; C.M., cédula de identificación personal No. 7539, serie 68; L.L.D.D., cédula de identificación personal No. 14501, serie 48; F.J., cédula de identificación personal No. 17031, serie 48; J.M., cédula de identificación personal No. 17914, serie 27; E.T.S., cédula de identificación personal No. 19486, serie 48; C.V., cédula de identificación personal No. 2218; S.G.C., cédula de identificación personal No. 19761, serie 48; R.L.D., cédula de identificación personal No. 1359, serie 89; L.F., cédula de identificación personal No. 38689, serie 47; R.S.M.P., cédula de identificación personal No. 37722, serie 54; H.V.R.T., cédula de identificación personal No. 301, serie 86; M.M.J.G.A., No. 44485, serie 54; V. De la Cruz P., cédula de identificación personal No. 23665, serie 48; A.L.S., cédula de identificación personal No. 125178, serie 1ra.; R.M.S., cédula de identificación personal No. 18868, serie 48; C.R., cédula de identificación personal No. 17648, serie 48; L.E.A., cédula de identificación personal No. 16775, serie 48; F.H., cédula de identidad y electoral No. 123-0004568-4; A.A.B., cédula de identificación personal No. 98329, serie 1ra.; J.E.M., cédula de identidad y electoral No. 001-0626360-1; J.O., cédula de identidad y electoral No. 048-0026720-7; V.N.M., cédula de identificación personal No. 22937, serie 48; P.E.F., cédula de identificación personal No. 16137, serie 48; C.C.G., cédula de identificación personal No. 38071, serie 54; D.A.G.P., cédula de identificación personal No. 17904, serie 48; J.R., cédula de identificación personal No. 119671, serie 48; C.S.G., cédula de identidad y electoral No. 093-0007000-1; R.C.R., cédula de identificación personal No. 17453, serie 48; B.G.G., J.A. de la C., cédula de identificación personal No. 22591, serie 48; P.P.R.B., cédula de identificación personal No. 14366, serie 48; E.H.R., cédula de identificación personal No. 20850, serie 48; V.H.T., cédula de identificación personal No. 46933, serie 48; J.F.B., cédula de identidad y electoral No. 048-0010446-7; P.L.S., cédula de identificación personal No. 168918, serie 1ra.; A.V.A., cédula de identificación personal No. 15225, serie 48; E.T.C., cédula de identificación personal No. 20139, serie 48; V.N.A., cédula de identificación personal No. 12763, serie 48; V.E.N., cédula de identificación personal No. 21609, serie 48; C.A., cédula de identificación personal No. 12060, serie 50; J.F.N., cédula de identificación personal No. 156075, serie 1ra.; V.R.E., cédula de identificación personal No. 14643, serie 48; A.A.R., cédula de identificación personal No. 37060, serie 47; S.P.S., cédula de identidad y electoral No. 118-0000875-4; F. De la Cruz F., cédula de identificación personal No. 17471, serie 48; E.G., cédula de identidad y electoral No. 118-0000193-2; M.R.S., cédula de identificación personal No. 16096, serie 48; G.C.B., cédula de identificación personal No. 19630, serie 48; E.F.L., cédula de identificación personal No. 18481, serie 48; N.H.M., cédula de identidad y electoral No. 048-0014163-4; R.L.F., 18551, serie 48; M.A. de J.V., cédula de identificación personal No. 21736, serie 48; J.O.P., cédula de identificación personal No. 20486, serie 46; J.H., cédula de identificación personal No. 16343, serie 48; J.B.R., cédula de identificación personal No. 35439, serie 23; A.C.A., cédula de identificación personal No. 150096, serie 1ra., J.B., cédula de identificación personal No. 35434, serie 2; J.M.J.A., cédula de identidad y electoral No. 048-0010916-9; E.M., cédula de identidad y electoral No. 048-0006106-3; J.B.P., cédula de identificación personal No. 24618, serie 48; W.C., cédula de identificación personal No. 18506, serie 48; A.R., cédula de identificación personal No. 20457, serie 57; L.A., cédula de identificación personal No. 20531, serie 48; J.B.P., cédula de identificación personal No. 19493, serie 48; R.C., cédula de identificación personal No. 22672, serie 48; P.I.R., cédula de identidad y electoral No. 048-0002597-4; I.S.C., cédula de identificación personal No. 24869-48; J.C., cédula de identificación personal No. 20873, serie 48; J.C.M., 19054, serie 48; F. De la Cruz A., 30294, serie 48; J.F.R., cédula de identificación personal No. 42360, serie 47; D.R.R.N., cédula de identificación personal No. 24582, serie 48; C.C.C., cédula de identificación personal No. 20922, serie 48; L.M.S., cédula de identificación personal No. 6106, serie 59; A.F.G.J., cédula de identificación personal No. 106, serie 59; A.F.G.J., cédula de identificación personal No. 22594, serie 48; L.R.J., cédula de identidad y electoral No. 048-0004133-9; T.L.M., cédula de identificación personal No. 21651, serie 48; S.B.A., cédula de identificación personal No. 18880, serie 48; C.G.M., cédula de identificación personal No. 22639, serie 48; H.P.C., cédula de identidad y electoral No. 048-0004133-9; B.J.Z., cédula de identificación personal No. 23092, serie 48; D.H.A., cédula de identificación personal No. 19202, serie 48; J.T. De la R., cédula de identificación personal No. 27071, serie 48; C.M.C., cédula de identificación personal No. 15220, serie 50; D.C.C., cédula de identificación personal No. 18213, serie 48; L.R., cédula de identidad y electoral No. 048-0007301-9; J.B.R., cédula de identificación personal No. 17730, serie 48; P.M.C., cédula de identificación personal No. 953, serie 92; B.B.A., cédula de identificación personal No. 23142, serie 48; D.R., cédula de identificación personal No. 21828, serie 48; D.R., cédula de identificación personal No. 24506, 48; A.A.R., cédula de identificación personal No. 16882, serie 49; F.T.P., cédula de identificación personal No. 43454, serie 54; M.A.G., cédula de identificación personal No. 24505, serie 48; O.H.A., cédula de identificación personal No. 21467, serie 48; J.B.J., cédula de identificación personal No. 21227, serie 48; D.M.V., cédula de identificación personal No. 22660, serie 48; F.A.C., cédula de identificación personal No. 20734, serie 48; C.M., cédula de identificación personal No. 27586, serie 48; D.B.H., cédula de identificación personal No. 24847, serie 2; R.A.F., cédula de identificación personal No. 24966, serie 48; A.P.S., cédula de identificación personal No. 23438, serie 48; F.E.T., cédula de identificación personal No. 24376, serie 48; D.R.C., cédula de identificación personal No. 34297, serie 23; M.A.P., cédula de identificación personal No. 26214, serie 48; R.H., cédula de identificación personal No. 30247, serie 48; S.H.N., cédula de identificación personal No. 23072, serie 48; G.R., cédula de identificación personal No. 18643, serie 48; R.A.C., cédula de identificación personal No. 15807, serie 50; E.C. De la P., cédula de identificación personal No. 1876, serie 76; H.D., cédula de identificación personal No. 2538, serie 82; J.F.; cédula de identificación personal No. 4177, serie 93; A.B.R., cédula de identificación personal No. 28265, serie 48; R.D.R., cédula de identidad y electoral No. 048-0052003-5; E.C.N.; R.D.R., J.S.M., cédula de identificación personal No. 11078, serie 34; P.A., cédula de identificación personal No. 19254, serie 48; F.R.V., cédula de identificación personal No. 12835, serie 48; L.M., cédula de identificación personal No. 35619, serie 2; B.F., cédula de identificación personal No. 21405, serie 48; P.T.A., cédula de identificación personal No. 19798, serie 48; I.T.M., cédula de identificación personal No. 27989, serie 18; E.V.M., cédula de identificación personal No. 17203, serie 25; J.G.G., cédula de identificación personal No. 29478, serie 54; M.T., cédula de identificación personal No. 27740, serie 2; L.L. De Sena, cédula de identificación

personal No. 79961, serie 31; N.M.D., cédula de identidad y electoral No. 048-0033364-5; R.V., cédula de identificación personal No. 25019, serie 48; M.D.C., cédula de identificación personal No. 1373, serie 79; M., M.C.; cédula de identidad y electoral No. 048-0055855-5; R.A.Q., cédula de identificación personal No. 46834, serie 2; D.U.M., cédula de identificación personal No. 5552, serie 2; Q.A.A., 44997, serie 47; L.E.R.B., cédula de identificación personal No. 14917, serie 50; F.V., cédula de identificación personal No. 199, serie 68; J.A., cédula de identificación personal No. 133922, serie 1ra.; W. De los Santos, L.L.C., cédula de identificación personal No. 22688, serie 48; A.G.J.B., cédula de identificación personal No. 20860, serie 48; P. De los Santos, cédula de identificación personal No. 26147, serie 48; F.V., cédula de identificación personal No. 29556, serie 48; P.A.B., cédula de identificación personal No. 20028, serie 48; F.B.A., cédula de identificación personal No. 28980, serie 48; L. De la Rosa, cédula de identificación personal No. 25921, serie 48; O.A.F.C., cédula de identificación personal No. 27813, serie 48; J.F., cédula de identificación personal No. 20299, serie 48; R.A.C., cédula de identidad y electoral No. 048-0012390-5; J.G.C., cédula de identificación personal No. 63, serie 118; B.R.C., cédula de identificación personal No. 27161, serie 48; A.G., cédula de identificación personal No. 21561, serie 48; F.G.V., cédula de identificación personal No. 29007, serie 48; F.C., cédula de identificación personal No. 22358, serie 48; P. De la Cruz Díaz, cédula de identificación personal No. 20168, serie 48; M.A.C.M., cédula de identificación personal No. 23044, serie 48; C.N. De Dios, cédula de identidad y electoral No. 048-0048706-0; A.J.P., cédula de identificación personal No. 10736, serie 5; J.B.F., cédula de identificación personal No. 179722, serie 1ra.; R.C.P., cédula de identificación personal No. 9661, serie 34; F.F., cédula de identificación personal No. 25093, serie 48; J.H., cédula de identificación personal No. 21499, serie 55; A.B., cédula de identificación personal No. 745, serie 81; J. De León N., cédula de identificación personal No. 22887, serie 48; E.G.V., cédula de identificación personal No. 2523, serie 82; R.A., cédula de identificación personal No. 7934, serie 60; V.B.R., cédula de identificación personal No. 19853, serie 48; R.P.U., cédula de identificación personal No. 15941, serie 50; B.M.R., cédula de identificación personal No. 25743, serie 48; J.A.R.P., cédula de identificación personal No. 38097, serie 48; J.E.R., cédula de identificación personal No. 33738, serie 48; J.P.C.R., cédula de identificación personal No. 25540, serie 48; H.E.O., cédula de identificación personal No. 191961, serie 1ra., J.L.R., cédula de identificación personal No. 46218, serie 47; A.S.V., cédula de identificación personal No. 26527, serie 48; P.C.G., cédula de identificación personal No. 22897, serie 55; M.C.M.; S.T.V., cédula de identificación personal No. 32919, serie 48; L.T.E., cédula de identificación personal No. 6990, serie 77; F.D.M., cédula de identificación personal No. 13416, serie 48; F.M., P.B.C., cédula de identificación personal No. 33394, serie 48; D.M.B., cédula de identificación personal No. 26839, serie 48; A.A.R., cédula de identificación personal No. 28163, serie 48; P.C., cédula de identificación personal No. 25546, serie 48; A.J., cédula de identificación personal No. 266933, serie 1ra.; M.A.C., cédula de identificación personal No. 50439, serie 47; R.V.G., cédula de identificación personal No. 68090, serie 47; R.D. De la Cruz R., cédula de identificación personal No. 33856, serie 48; P.P.G., cédula de identificación personal No. 24768, serie 48; J.M.P.R., cédula de identificación personal No. 28875, serie 48; L. De Dios Reyes, cédula de identidad y electoral No. 048-0006482-8; E.R.P., cédula de identificación personal No. 6623, serie 68; P.P., cédula de identidad y electoral No. 048-0005152-8; A.A.T.V., cédula de identidad y electoral No. 048-0025503-8; A.M.T., cédula de identificación personal No. 25406, serie 48; A.C.G., cédula de identidad y electoral No. 068-0007084-4; R.L.O.S., cédula de identidad y electoral No. 048-0015135-1; R.R.L.A., cédula de identidad y electoral No. 048-0000284-4; J.A.A.C., cédula de identificación personal No. 44734, serie 47; J.A.V., cédula de identificación personal No. 31144, serie 48; F.G.A., cédula de identidad y electoral No. 048-0002510-8; E.L., cédula de identificación personal No. 1987, serie 48; P.T.P., cédula de identificación personal No. 29900, serie 48; H.B.B., cédula de identificación personal No. 32716, serie 48; R.A.R., cédula de identificación personal No. 34024, serie 48; M.N.A., A.L.R., cédula de identificación personal No. 33319, serie 48; F.P.S., cédula de identificación personal No. 17463, serie 13; C.A.R.G., cédula de identificación personal No. 32080, serie 48; R.H.M., cédula de identidad y electoral No. 048-0001245-4; D.A.T., cédula de identificación personal No. 23002, serie 48; D.C.J., cédula de identificación personal No. 15325, serie 46; R.C.L., 23973, serie 48; M.L.P., 15716, serie 35; C.P., cédula de identificación personal No. 25135, serie 48; A.N.C., cédula de identidad y electoral No. 048-0009130-1; J.G.U., cédula de identificación personal No. 35530, serie 48; J.D.R., cédula de identificación personal No. 19699, serie 48; I.M.A., cédula de identidad y electoral No. 002-0036431-3; J.M.D.A., cédula de identificación personal No. 34880, serie 48; G.A.O., cédula de identificación personal No. 22483, serie 11; A.M.A., cédula de identificación personal No. 30000, serie 18; M. De la Cruz A., cédula de identificación personal No. 25618, serie 48; J.P.V., cédula de identificación personal No. 32406, serie 48; T.O.P.C., cédula de identificación personal No. 23867, serie 48; F.R.L., cédula de identificación personal No. 52513, serie 23; A.A.J., cédula de identidad y electoral No. 048-0012386-3; H.R.V.L., cédula de identificación personal No. 128827, serie 11; I.A.A., cédula de identificación personal No. 29255, serie 48; P.T.V., cédula de identificación personal No. 35407, serie 48; J.L.J., cédula de identidad y electoral No. 048-000831-2; F.A.P.R., cédula de identificación personal No. 26867, serie 48; J.D.G.G., cédula de identificación personal No. 39675, serie 48; J.R.B., cédula de identificación personal No. 48076, serie 2; D.A.D., cédula de identidad y electoral No. 048-0043254-6; F.A.G., cédula de identificación personal No. 32127, serie 48; C.R.R., cédula de identificación personal No. 3971, serie 87; J.M.M.M., cédula de identidad y electoral No. 048-0002080-1; J.V.B., 34790, serie 48; R.R.T., F.P.T., cédula de identificación personal No. 39882, serie 48; A.J.J., 44997, serie 23; I.N.C., cédula de identificación personal No. 25924, serie 48; A.R.N., cédula de identificación personal No. 30670, serie 48; R.T.G., cédula de identificación personal No. 9084, serie 48; A.E.R., cédula de identificación personal No. 2096, serie 88; R.R.B., cédula de identificación personal No. 41292, serie 48; D.R.B., cédula de identificación personal No. 41292, serie 48; D.P.B., cédula de identificación personal No. 10327, serie 44; T.F.A., cédula de identificación personal No. 8874, serie 44; M.S., cédula de identificación personal No. 25626, serie 48; J.P.C., cédula de identificación personal No. 11370, serie 8; R.F., cédula de identificación personal No. 18144, serie 48; F.C.S.; L.A.S., cédula de identificación personal No. 229929, serie 1ra.; S.A.A., cédula de identificación personal No. 28897, serie 48; B.S., cédula de identificación personal No. 36535, serie 48; A.A.S., cédula de identificación personal No. 39661, serie 48; E.F.V., cédula de identificación personal No. 34625, serie 48; D.A.H., cédula de identificación personal No. 33297, serie 48; J.C., cédula de identificación personal No. 23878, serie 48; C.R.L., cédula de identidad y electoral No. 048-0003573-7; I.R., cédula de identificación personal No. 64883, serie 47; A.S.V., cédula de identificación personal No. 648, serie 118; A.A.G., cédula de identificación personal No. 28795, serie 48; M.F., cédula de identificación personal No.

29843, serie 37; J.A.A., cédula de identificación personal No. 35745, serie 48; J.D.P.D., cédula de identificación personal No. 16546, serie 48; C.F.L., cédula de identidad y electoral No. 048-0014664-7; D.C.S.F., cédula de identificación personal No. 42172, serie 48; A.B.L., cédula de identificación personal No. 68426, serie 31; A.O., cédula de identidad y electoral No. 118-0000286-4; M.E., cédula de identificación personal No. 24085, serie 48; P.H., cédula de identificación personal No. 11676, serie 48; M.A.C., cédula de identidad y electoral No. 048-0003808-7; E.D.C.F., cédula de identificación personal No. 27391, serie 48; A.D.J.D., cédula de identificación personal No. 35617, serie 48; W.J.R., cédula de identificación personal No. 40839, serie 48; A.R., cédula de identificación personal No. 31151, serie 48; T.N., cédula de identificación personal No. 21777, serie 48; A.N.R.R., cédula de identificación personal No. 32302, serie 48; H.R.H., cédula de identificación personal No. 38800, serie 48; A.R.G., cédula de identificación personal No. 22523, serie 48; F.A.V.R., cédula de identificación personal No. 5418, serie 48; G.A.M., cédula de identificación personal No. 130246, serie 31; J.A.A.N., cédula de identificación personal No. 36922, serie 48; F.G.N., cédula de identificación personal No. 3634, serie 82; O.G.C., cédula de identificación personal No. 13914, serie 45; C.M.A.A., cédula de identificación personal No. 37286, serie 48; F.R., cédula de identificación personal No. 16963, serie 22; A.T.C., cédula de identificación personal No. 34529, serie 48; A.J., cédula de identificación personal No. 37915, serie 48; S.R.B., cédula de identificación personal No. 37817, serie 48; P.R.P., cédula de identificación personal No. 29792, serie 48; J.S.C.G., cédula de identificación personal No. 22142, serie 55; G.M., cédula de identidad y electoral No. 048-0016722-5; F.A.C., cédula de identificación personal No. 13065, serie 68; C.S.C.P., cédula de identificación personal No. 40594, serie 48; P.J.M.D., cédula de identificación personal No. 35289; serie 48; S.E.M.G., cédula de identificación personal No. 18784, serie 3; J.D.P., cédula de identificación personal No. 35791, serie 48; G.N.C., cédula de identificación personal No. 30393, serie 48; C.L.A., cédula de identificación personal No. 285461, serie 1ra.; G.J.P., cédula de identificación personal No. 35198, serie 48; L.V.A., cédula de identificación personal No. 23128, serie 48; E.E.W., cédula de identificación personal No. 31570, serie 47; W.R.G., cédula de identificación personal No. 8523, serie 48; A.P.F., cédula de identificación personal No. 13777, serie 34; N.A.T., cédula de identificación personal No. OC62412, serie 47; A.P., cédula de identidad y electoral No. 048-0015536-0; G.G.S., cédula de identidad y electoral No. 118-40177-5; I.C.R., cédula de identificación personal No. 13266, serie 68; L.L.A., cédula de identificación personal No. 29298, serie 48; M.C., cédula de identificación personal No. 23353, serie 48; D.A.H., cédula de identidad y electoral No. 050-0008414-4; H.B., cédula de identificación personal No. 30008, serie 48; I.G., cédula de identidad y electoral No. 048-0049280-5; J.R.R., cédula de identificación personal No. 34545, serie 48; J.F.N., cédula de identificación personal No. 31563, serie 48; M.R.S., cédula de identificación personal No. 32451, serie 48; R.E.R.R., cédula de identificación personal No. 30641, serie 48; M.M.A., cédula de identificación personal No. 20974, serie 48; S.P.T.C., cédula de identificación personal No. 12484, serie 53; M.A.V.R., cédula de identificación personal No. 32265, serie 48; P.R.N.R., cédula de identificación personal No. 38755, serie 48; O.R.T., cédula de identificación personal No. 37482, serie 48; G.P.G., cédula de identidad y electoral No. 048-0005123-9; J.S.R., cédula de identificación personal No. 63946, serie 54; V.S., cédula de identificación personal No. 29634, serie 48; B. de J.P.B., cédula de identidad y electoral No. 048-0056106-2; J.E.D.R., cédula de identidad y electoral No. 050-0007373-0; G.P.B., cédula de identidad y electoral No. 047-0086306-3; J.V. De la Cruz, cédula de identificación personal No. 38383, serie 48; J.P.S., cédula de identificación personal No. 4991, serie 21; J.R.G., cédula de identificación personal No. 55413, serie 47; M. de J.V., cédula de identificación personal No. 23155, serie 48; L.A.P.P., cédula de identificación personal No. 28893, serie 48; R.J., cédula de identificación personal No. 220046, serie 1ra.; R.S.M., cédula de identificación personal No. 3216, serie 84; J.C.A.T., cédula de identificación personal No. 35086, serie 48; S.P.P., cédula de identidad y electoral No. 048-0051272-7; M.R., cédula de identificación personal No. 30861, serie 48; R.B.S., cédula de identificación personal No. 20567, serie 5; F.M.C., cédula de identidad y electoral No. 047-0088036-8; O.P.M., cédula de identificación personal No. 38777, serie 47; R.C. De Jesús, cédula de identidad y electoral No. 001-0432003-1; R.B.C.N., cédula de identificación personal No. 19091, serie 48; F.G., cédula de identidad y electoral No. 123-0000269-3; R.E.N., cédula de identidad y electoral No. 047-0056831-6; F.R.A., cédula de identificación personal No. 40456, serie 48; R.G.D., cédula de identidad y electoral No. 048-0016742-3; M.J. de O., cédula de identidad y electoral No. 031-0220213-6; J.J.F.J., cédula de identificación personal No. 31177, serie 48; M.B., cédula de identificación personal No. 9625, serie 8; R.R.G.R., cédula de identidad y electoral No. 048-0001997-0; D.M., cédula de identificación personal No. 33100, serie 48; A.J., cédula de identificación personal No. 26501, serie 48; P.P.C.T., cédula de identidad y electoral No. 051-0000498-4; G.A.G., cédula de identificación personal No. 36610, serie 48; E.S.U., cédula de identidad y electoral No. 047-0098009-9; B.R.S., cédula de identificación personal No. 12102, serie 24; R.H., cédula de identidad y electoral No. 049-0031571-6; I.M.P., cédula de identidad y electoral No. 068-0022164-7; R.M.V.B., cédula de identificación personal No. 45373, serie 48; P.M., cédula de identidad y electoral No. 048-0011846-7; R.D.'OleoT., cédula de identificación personal No. 20118, serie 11; S.A.R.P., cédula de identidad y electoral No. 047-0114066-9; J.A.S., cédula de identificación personal No. 66797, serie 47; D.C.B.M., cédula de identificación personal No. 71145, serie 47; R.G.L., cédula de identificación personal No. 53565, serie 47; L.R.R., cédula de identificación personal No. 33719, serie 48; M.R. De León, cédula de identificación personal No. 16292, serie 48; I.D.C.V.P., cédula de identificación personal No. 32407, serie 48; J.B.N.P., cédula de identificación personal No. 21180, serie 48; E.B. De Dios, cédula de identificación personal No. 26508, serie 48; L.S.R., cédula de identificación personal No. 37146, serie 48; G.P.S., cédula de identificación personal No. 2910, serie 48; S.J.R., cédula de identificación personal No. 18742, serie 50; B.M.C., cédula de identificación personal No. 18068, serie 24; A.S.C., cédula de identificación personal No. 12551, serie 68; R.F., cédula de identificación personal No. 16448, serie 68; J.A. De la Rosa, cédula de identificación personal No. 39184, serie 48; V.A.I., cédula de identificación personal No. 39184; serie 48; P.A.J.P., cédula de identificación personal No. 33243, serie 48; P.A.J., cédula de identidad y electoral No. 048-0024715-7; D.A.A., cédula de identificación personal No. 87, serie 118; J.R.E.W., cédula de identificación personal No. 41386, serie 48; C. de J.N., cédula de identificación personal No. 1597, serie 118; F.M.R., cédula de identificación personal No. 14509, serie 68; J.P., cédula de identidad y electoral No. 047-0088168-5; H.C.D., cédula de identificación personal No. 8958, serie 68; D.R.E.I.; I.A., cédula de identificación personal No. 32829, serie 48; P.R.E., cédula de identificación personal No. 35896, serie 48; Silos A. Santos Santo, cédula de identificación personal No. 23425, serie 48; V.L.A., cédula de identificación personal No. 23110, serie 48; B.L.B.P., cédula de identificación personal No. 87203, serie 48; R.M.C., cédula de identidad y electoral No. 048-0001291-3; P.G.J., cédula de identidad y electoral

No. 118-0002714-3; F.E.J.S., cédula de identificación personal No. 36087, serie 48; P.N.C., cédula de identificación personal No. 23734, serie 48; P.A.B., cédula de identificación personal No. 16067, serie 5; J.S., cédula de identificación personal No. 24743, serie 48; A.J.M., cédula de identificación personal No. 23460, serie 48; F.R.H., cédula de identificación personal No. 22035, serie 48; A.V.V.V., cédula de identificación personal No. 31141, serie 48; E.C., cédula de identificación personal No. 21076, serie 48; N.M.T., 374, serie 118; E.B.M., cédula de identificación personal No. 34121, serie 48; A.T., cédula de identificación personal No. 30542, serie 48; J.D.B., cédula de identidad y electoral No. 048-0013703-8; H.C.C.G., cédula de identificación personal No. 23011, serie 10; F.M.C., cédula de identificación personal No. 23143, serie 48; E.A., cédula de identificación personal No. 40822, serie 48; I.L., cédula de identificación personal No. 60432, serie 31; E.H.I., cédula de identidad y electoral No. 048-0008889-7; V.R.S.R., cédula de identificación personal No. 34177, serie 48; R.C.H., cédula de identificación personal No. 37042, serie 48; D.C.H., cédula de identificación personal No. 36934, serie 48; P.P.R.J., cédula de identificación personal No. 39161, serie 48; D.D.R., cédula de identificación personal No. 11860, serie 68; P.R.R., cédula de identificación personal No. 5293, serie 83; P.N.M., cédula de identificación personal No. 13947, serie 68; J.T., cédula de identificación personal No. 26597, serie 48; P.P., cédula de identificación personal No. 28744, serie 48; A.M.R., cédula de identificación personal No. 25393, serie 48; F.S.T., cédula de identificación personal No. 323025, serie 48; P.R.D., cédula de identificación personal No. 32960, serie 48; J.M.A.N., cédula de identificación personal No. 38068, serie 48; M.A.S., cédula de identificación personal No. 32643, serie 48; C.P., cédula de identificación personal No. 40012, serie 48; B.P.L., cédula de identificación personal No. 9443, serie 68; P.S.P., cédula de identificación personal No. 40897, serie 48; M.A., cédula de identificación personal No. 68, serie 118; H.H., cédula de identificación personal No. 30240, serie 48; A. De la Cruz Abad, cédula de identificación personal No. 8252, serie 71; M. de J.G.A., cédula de identificación personal No. 1168, serie 118; I.P.J., cédula de identificación personal No. 38544, serie 48; A.A.R.M., cédula de identificación personal No. 29506, serie 24; M.P., cédula de identificación personal No. 28156, serie 18; R.A.G.L., cédula de identificación personal No. 24291, serie 48; P.G.A., cédula de identidad y electoral No. 118-0000180-9; L.A.P., cédula de identificación personal No. 29955, serie 48; P.B.R.G., cédula de identificación personal No. 32885, serie 32885, serie 48; J.P., cédula de identificación personal No. 30654, serie 48; B.A.R.M., cédula de identificación personal No. 25144, serie 48; A.S.H., cédula de identificación personal No. 76383, serie 47; C.V.R., cédula de identificación personal No. 23164, serie 48; A.V., cédula de identificación personal No. 38354, serie 48; R.A.A.P., cédula de identidad y electoral No. 001-0567380-0, J.P.P., cédula de identificación personal No. 21694, serie 48; A.R., cédula de identificación personal No. 34596, serie 48; J.G.A., cédula de identidad y electoral No. 051-0009978-6; J.B.R.R., cédula de identificación personal No. 30045, serie 48; J.J.A., cédula de identificación personal No. 28427, serie 48; L.A.U., cédula de identidad y electoral No. 048-0026127-5; A.F., cédula de identificación personal No. 38615, serie 48; J.M.R.M., cédula de identidad y electoral No. 048-0026391-7; E.L.T.G., cédula de identificación personal No. 38386, serie 48; S.H., cédula de identidad y electoral No. 048-0068513-5; C.C., cédula de identificación personal No. 30648, serie 48; J.M.C., cédula de identificación personal No. 32767, serie 48; J.F.M.M., cédula de identificación personal No. 30211, serie 48; R.A.H.G., cédula de identidad y electoral No. 048-0015899-2; J.E.R.D., cédula de identificación personal No. 38639, serie 48; H.R.D.J.P., cédula de identificación personal No. 36581, serie 48; C.R.R., cédula de identificación personal No. 24866, serie 48; A.D.V.V., cédula de identificación personal No. 19363, serie 48; M.C.J., cédula de identificación personal No. 42533, serie 48; I.B.P., cédula de identificación personal No. 45993, serie 23; J.P.J., cédula de identificación personal No. 40239, serie 48; G.T.P.R., cédula de identificación personal No. 35831, serie 48; M.R., cédula de identificación personal No. 34562, serie 48; J.H.V., cédula de identificación personal No. 31460, serie 60; J.D.J.P., cédula de identificación personal No. 37509, serie 48; O.C.M., cédula de identificación personal No. 7199, serie 68; H.C.T., cédula de identidad y electoral No. 118-0002619-4; J.J.T., cédula de identificación personal No. 36545, serie 48; F.A.P.N., cédula de identificación personal No. 32279, serie 48; U.S.G., cédula de identificación personal No. 34690, serie 48; H.V.V., cédula de identificación personal No. 25966, serie 48; J.V.V., cédula de identificación personal No. 41947, serie 48; F.R.A., cédula de identificación personal No. 24924, serie 48; J.M.H.S., cédula de identificación personal No. 261670, serie 1ra.; J. De la Cruz Cuello, cédula de identidad y electoral No. 048-0044310-5; A.L.S., cédula de identificación personal No. 37338, serie 48; M.M. de Jesús, cédula de identidad y electoral No. 068-0000774-9; E.L.Z.R., cédula de identificación personal No. 229974, serie 1ra.; C.G.R., cédula de identificación personal No. 35527, serie 48; N.Q.R., cédula de identidad y electoral No. 118-0001448-9; M.A.C., cédula de identificación personal No. 14337, serie 8; R.R., cédula de identificación personal No. 38061, serie 48; R.A.S.V., cédula de identificación personal No. 60966, serie 47; F.A.O., cédula de identificación personal No. 9754, serie 47; R.M.C., cédula de identidad y electoral No. 048-0024259-8; L.A.F.R., cédula de identidad y electoral No. 123-00005838-1; J.M.N.C., cédula de identificación personal No. 25639, serie 48; E.J.C.M., cédula de identificación personal No. 39305, serie 48; M.O.P., cédula de identificación personal No. 42406, serie 48; A.G.M., cédula de identificación personal No. 39825, serie 48; S.A.A., cédula de identificación personal No. 30497, serie 48; E.P.S., cédula de identidad y electoral No. 048-0027095-3; R.A.C.N., cédula de identificación personal No. 19041, serie 48; P.J.S.T., cédula de identificación personal No. 23602, serie 48; L.G., cédula de identificación personal No. 157888, serie 1ra.; J.A.P.P., cédula de identificación personal No. 32022, serie 18; L.M.F.S., cédula de identidad y electoral No. 001-0132495-2; M.E.F.R., cédula de identificación personal No. 18193, serie 10; D.C.T., cédula de identificación personal No. 37510, serie 48; R.A.T., cédula de identificación personal No. 990, serie 86; M.J.A.A., cédula de identificación personal No. 2933, serie 920; C.F.E., cédula de identificación personal No. 13166, serie 68; J.D. Quezada De la Cruz, cédula de identidad y electoral No. 048-0001975-6; F.R.S., cédula de identificación personal No. 25127, serie 48; R.B.D.C., cédula de identidad y electoral No. 048-0017685-3; J.R., cédula de identificación personal No. 32984, serie 48; P.M.D., cédula de identidad y electoral No. 001-0195650-6; Q.M.R., cédula de identificación personal No. 24453, serie 48; M.V.M., cédula de identificación personal No. 6293, serie 82; G.O.M., cédula de identificación personal No. 154, serie 118; F.R.R., cédula de identificación personal No. 36345, serie 48; N.R.A.L., cédula de identificación personal No. 41282, serie 54; M. De los Santos, cédula de identidad y electoral No. 048-0053191-7; L.E. De la Cruz E., cédula de identidad y electoral No. 048-0001942-6; W.C.M., cédula de identificación personal No. 35302, serie 48; A.R., 26234, serie 48; F. De los Santos, cédula de identidad y electoral No. 001-0028385-0; F.C., cédula de identificación personal No. 41969, serie 48; F.L.L., cédula de identificación personal No. 31561, serie 48; A.D.A., cédula de identificación personal No. 11860, serie 68; N.S.R., cédula de identificación personal No. 14966, serie 48; V.S.R.,

cédula de identificación personal No. 233991, serie 1ra.; O.L.O.F., cédula de identificación personal No. 44650, serie 48; A.B.S., cédula de identificación personal No. 36763, serie 48; V. De la Rosa, cédula de identificación personal No. 193964, serie 12; N.E.J.C., cédula de identificación personal No. 45662, serie 48; J.R.B., cédula de identificación personal No. 36227, serie 48; D.N.E., cédula de identificación personal No. 39707, serie 48; M. de J.M.M., cédula de identificación personal No. 40573, serie 48; J.E.P.G., cédula de identificación personal No. 41919, serie 48; N.C.P., cédula de identificación personal No. 39754, serie 48; P.M.G., cédula de identificación personal No. 39158, serie 48; M.A. De la Cruz, cédula de identificación personal No. 42407, serie 48; R.M.A., cédula de identidad y electoral No. 048-0037892-1ra., J.C.C., cédula de identificación personal No. 88247, serie 48; M.R.M., cédula de identificación personal No. 22360, serie 48; J.R.M., cédula de identificación personal No. 41326, serie 48; E.R., cédula de identificación personal No. 36755, serie 48; F.F.T., cédula de identificación personal No. 37783, serie 48; A.M.T.; T.U.R., cédula de identificación personal No. 34163, serie 48; C.B.M., cédula de identidad y electoral No. 048-0043723-0; J.V.P.E., cédula de identidad y electoral No. 048-0006687-2; J.A.A.N., cédula de identificación personal No. 36922, serie 48; F.F.R., cédula de identidad y electoral No. 048-0008050-1; O.G.A., cédula de identificación personal No. 417871, serie 1ra.; R.A.T.G., cédula de identificación personal No. 39289, serie 48; L.A.F., cédula de identificación personal No. 33936, serie 48; M.M.V., cédula de identificación personal No. 25339, serie 48; S.F.M., cédula de identidad y electoral No. 048-0051826-0; B.T.T., cédula de identidad y electoral No. 048-0051826-0; F.H.R., cédula de identificación personal No. 34248, serie 48; R.F.V., cédula de identidad y electoral No. 048-0045806-1; F.U.G., cédula de identidad y electoral No. 123-0000000-0; J.A.H.J., cédula de identidad y electoral No. 047-0088456-4; N.A.P.R., cédula de identidad y electoral No. 048-0020165-1; S. De León, cédula de identidad y electoral No. 047-0085671-1; D.N.R., cédula de identificación personal No. 38160, serie 48; D.P., cédula de identificación personal No. 31302, serie 48; L.A.B. de J., cédula de identificación personal No. 35983, serie 48; F.P.L., cédula de identificación personal No. 40767, serie 48; P.A.M.C., cédula de identidad y electoral No. 048-0038907-6; E.R., cédula de identificación personal No. 35763, serie 48; J.B.C., cédula de identificación personal No. 39693, serie 48; F.A.L., cédula de identificación personal No. 40236, serie 48; S.G.C., cédula de identidad y electoral No. 048-0045478-9; J.L.R., cédula de identificación personal No. 40430, serie 48; S.V.G., cédula de identificación personal No. 5150, serie 52; J.A.R.M., cédula de identificación personal No. 80540, serie 47; N.E.P.F., cédula de identificación personal No. 27499, serie 27; F.B.D., cédula de identificación personal No. 334187, serie 1ra.; J.A.P., cédula de identificación personal No. 32044, serie 48; C.A.J.D., cédula de identificación personal No. 39498, serie 48; D.V.B., cédula de identificación personal No. 36666, serie 48; J.M.A.L., cédula de identificación personal No. 23921, serie 48; J.B. De los Santos, cédula de identificación personal No. 1555, serie 86; P.P.D.N., cédula de identificación personal No. 22431, serie 48; E.C.C., cédula de identificación personal No. 46645, serie 48; F.C.S., cédula de identificación personal No. 37659, serie 48; S.P.C., cédula de identificación personal No. 29811, serie 48; C.N.F., cédula de identificación personal No. 26017, serie 48; O.A.P., cédula de identificación personal No. 45164, serie 48; M.A.C.V., cédula de identidad y electoral No. 123-0000117-4; L.G.N.F., cédula de identificación personal No. 40461, serie 48; R.A.R., cédula de identificación personal No. 15733, serie 68; G.F.G.R., cédula de identificación personal No. 37608, serie 48; A.B., cédula de identidad y electoral No. 057-0002458-0; A.M.R., cédula de identificación personal No. 35663, serie 48; D.A.G., cédula de identidad y electoral No. 048-0003990-3; B.A., cédula de identificación personal No. 15531, serie 49; F. de J.R.R., cédula de identificación personal No. 16385, serie 50; J.M., cédula de identidad y electoral No. 068-0002564-2; H.D.P.G., cédula de identificación personal No. 40962, serie 48; F. De la Cruz, cédula de identificación personal No. 38223, serie 48; J.C.E.N., cédula de identidad y electoral No. 048-0026600-1; P.A.R.G., cédula de identificación personal No. 44882, serie 48; J.R. De Jesús, cédula de identificación personal No. 46016, serie 48; J. de J.H., cédula de identificación personal No. 27788, serie 48; S.V.B., cédula de identidad y electoral No. 048-0055409-1; A.J.G.V., cédula de identificación personal No. 24645, serie 1ra.; J.L.D.V., cédula de identificación personal No. 268738-1; A. de J.P., cédula de identificación personal No. 101563-1; Z.A., cédula de identificación personal No. 29716; R.E.D.J.A., cédula de identificación personal No. 19107, serie 68; C.C.C., cédula de identificación personal No. 40229, serie 48; F.G.T., cédula de identificación personal No. 34228, serie 48; P.B.P.R., cédula de identificación personal No. 40770, serie 48; P.E.R.M., cédula de identificación personal No. 76071, serie 47; F.L.H., cédula de identificación personal No. 35551, serie 48; F.B.M., cédula de identificación personal No. 31931, serie 104; A.S.S., cédula de identidad y electoral No. 001-0786199-9; R.A.C.R., cédula de identificación personal No. 47902, serie 47; R.G.M., cédula de identidad y electoral No. 048-0002087-9; L.N. delR.V.G., cédula de identidad y electoral No. 034-0015064-4; R.R.S., cédula de identificación personal No. 33896, serie 48; M.B., cédula de identificación personal No. 45994, serie 48; R.P.R., cédula de identificación personal No. 37469, serie 48; E.R.P., cédula de identificación personal No. 105, serie 123; F.R.R.C., cédula de identificación personal No. 42971, serie 48; R.L., cédula de identidad y electoral No. 048-0005055-3; R.E.G.B., cédula de identificación personal No. 59672, serie 23; M.R.R., cédula de identificación personal No. 24011, serie 48; J.J.V.V., cédula de identificación personal No. 39385, serie 48; L.M.R.C., cédula de identificación personal No. 33845, serie 48; A.H.J., cédula de identidad y electoral No. 048-0011292-4; A. De la Cruz, cédula de identificación personal No. 34923, serie 48; A. de J.R., cédula de identificación personal No. 44301, serie 48; W.B.A., cédula de identificación personal No. 45431, serie 48; F.A.T.A., cédula de identificación personal No. 3323, serie 48; J.U.A.Q., cédula de identificación personal No. 39144; J.M.H.H., cédula de identificación personal No. 38286, serie 48; A.M.C.J., cédula de identidad y electoral No. 047-0055846-5; A.S.M., cédula de identificación personal No. 2294, serie 79; S.G.P., cédula de identificación personal No. 38343, serie 48; F.H.A., cédula de identificación personal No. 341015, serie 48; W.M.F., cédula de identificación personal No. 42403, serie 48; J.G.R., cédula de identificación personal No. 256, serie 118; E.R., cédula de identificación personal No. 37350, serie 48; P.C.V.F., cédula de identificación personal No. 36459, serie 48; F.L.V., cédula de identidad y electoral No. 123-0003409-2; M.A.A.V., cédula de identidad y electoral No. 048-0005775-6; L.P.J., cédula de identificación personal No. 34829, serie 48; E.B.M., cédula de identificación personal No. 3695, serie 69; M.L.O.O., cédula de identificación personal No. 411, serie 118; A.A.F., 41417, serie 48; A.P.S., cédula de identificación personal No. 36714, serie 48; J.A.R. De León, cédula de identidad y electoral No. 048-0039034-8; L.B.L., cédula de identificación personal No. 42876, serie 48; D.P.C., cédula de identificación personal No. 29361, serie 48; L.P., cédula de identificación personal No. 334174, serie 48; E.P., cédula de identificación personal No. 40879, serie 48; J.A.C.A., cédula de identificación personal No. 31816, serie 48; R.L.O.C., cédula de identificación personal No. 31816, serie 48; T.S. de Jesús, cédula de identificación

personal No. 37303, serie 48; J.L.L.M., cédula de identificación personal No. 36833, serie 48; P.F.P.R.; F.M. D'Oleo; A.M.A., cédula de identificación personal No. 26614, sereie 48; R.B.R., cédula de identificación personal No. 40690, serie 48; J.C.P., cédula de identificación personal No. 322503-1; J.M.T., cédula de identificación personal No. 37060, serie 48; J.B.E., S.T.R., cédula de identificación personal No. 34629, serie 48; A.S.L., cédula de identificación personal No. 433664, serie 1ra., N. De la Nieve; F.D.M., cédula de identificación personal No. 30516, serie 48; R.A.M.L., cédula de identificación personal No. 70178, serie 47; N.R.R., cédula de identificación personal No. 450, serie 118; C. De Jesús Hidalgo, cédula de identidad y electoral No. 048-0000272-9; F.M.F., cédula de identificación personal No. 38202, serie 48; E.J.F.; M.J.P., cédula de identificación personal No. 39044, serie 48; C.G.V., cédula de identificación personal No. 408565, serie 1ra.; A.S.P., cédula de identificación personal No. 10561, serie 59; L.M.R.; M.C.R.; J.A.B.R., cédula de identificación personal No. 27619, serie 48; D.R.M., cédula de identificación personal No. 6293, serie 82; M.V.M.; H.G.B.; G.H.A.; E.P., cédula de identificación personal No. 7777, serie 20; E.R.S., cédula de identificación personal No. 44455, serie 48; J.R.C., cédula de identificación personal No. 28497, serie 48; V.C.S.R.; R.A.L.J., cédula de identificación personal No. 76828, serie 47; A.S.R., cédula de identificación personal No. 43755, serie 48; R.T.B., cédula de identificación personal No. 37829, serie 48; J.A.I., cédula de identificación personal No. 40645, serie 48; J.F.P.; R.D.V., cédula de identificación personal No. 46795, serie 48; C.M.B., cédula de identificación personal No. 2387, serie 97; F.P.G., cédula de identificación personal No. 34592, serie 48; J.J., cédula de identificación personal No. 47313, serie 48; E.G.M., cédula de identificación personal No. 37709, serie 48; J.V.V., cédula de identificación personal No. 28596, serie 48; P.E.F., cédula de identificación personal No. 26120, serie 48; T.R.R., cédula de identificación personal No. 1639, serie 118; F.U.S., cédula de identificación personal No. 33858, serie 48; J.B.C.; M.R.D.; F.V.M., cédula de identificación personal No. 916, serie 118; L.S.M., cédula de identificación personal No. 36675, serie 48; S.W.P., cédula de identificación personal No. 39145, serie 48; B. de Jesús; J.Q.L., cédula de identificación personal No. 36049, serie 48; S.R.M., 53317, serie 47; M.C.N., cédula de identificación personal No. 148, serie 123; N.R.V., cédula de identificación personal No. 11572, serie 61; R.R., cédula de identificación personal No. 32796, serie 48; F.G.S.; E.B.M.; C.M.A., M.N.S., cédula de identificación personal No. 40539, serie 48; A.F.P.; J.C.S.G.; H.F.G.B.; C.R.A., cédula de identificación personal No. 40893, serie 48; C.V.M., cédula de identificación personal No. 34452, serie 48; G.L.D.; A.P.R., cédula de identificación personal No. 15852, serie 25; J.A.M.A., cédula de identificación personal No. 23425, serie 49; E.O.P., cédula de identificación personal No. 33743, serie 48; J.M.A.Q., cédula de identificación personal No. 38291, serie 48; W.N.S., cédula de identificación personal No. 40457, serie 48; R. De la Cruz, cédula de identificación personal No. 18553, serie 68; F.D.F., cédula de identificación personal No. 60178, serie 2; S.S.B., cédula de identificación personal No. 43460, serie 48; J.E., cédula de identificación personal No. 259598, serie 1ra.; J.N.M.R., cédula de identificación personal No. 19091, serie 68; E.A.R., cédula de identificación personal No. 69, serie 118; P.L.S., cédula de identificación personal No. 38548, serie 48; A.R.J., cédula de identificación personal No. 31516, serie 48; C.C.E., cédula de identificación personal No. 45262, serie 47; E.P.M., cédula de identificación personal No. 26045, serie 48; P.T.D., cédula de identificación personal No. 29949, serie 48; R.J.P., cédula de identificación personal No. 44243, serie 48; G.D.V.C., cédula de identificación personal No. 38744, serie 48; M.T.V., cédula de identificación personal No. 42815, serie 48; M.E.G., cédula de identificación personal No. 137803, serie 1ra.; P.M.O.F., cédula de identificación personal No. 444499, serie 48; A.P.P., cédula de identificación personal No. 33698, serie 48; M.J.P., cédula de identificación personal No. 33935, serie 48; M.A.A., cédula de identificación personal No. 34095, serie 48; L.V., cédula de identificación personal No. 33952, serie 48; D.M.H., cédula de identificación personal No. 42724, serie 48; F.R.G., cédula de identificación personal No. 35061, serie 48; T.F.L.V., cédula de identificación personal No. 43007, serie 48; C.G.R.S.; F.A.P.P.; S.G.P., cédula de identificación personal No. 246314, serie 50; M. de J.P., cédula de identificación personal No. 1298, serie 48; M.A.B.M., cédula de identificación personal No. 8089, serie 53; M.J.R.P.; J.A., cédula de identificación personal No. 70692, serie 26; F.S., cédula de identificación personal No. 21123, serie 68; N.A.A., cédula de identificación personal No. 74942, serie 47; L.D.M.A.; F.O.; A.E.F.R.; R.P., cédula de identificación personal No. 36754, serie 48; E.N.R., cédula de identificación personal No. 34656, serie 48; F.F.V.; V.R.P.A., cédula de identificación personal No. 32250, serie 48; P.R.O.N.; J.D.H.M., cédula de identificación personal No. 44090, serie 48; M.P., cédula de identificación personal No. 40215, serie 48; A.H., cédula de identificación personal No. 22607, serie 48; A.D., cédula de identificación personal No. 983, serie 118; R. De la Rosa, cédula de identificación personal No. 331219, serie 1ra.; P.R.C.R., cédula de identificación personal No. 181, serie 123; G.A.P., cédula de identificación personal No. 1045, serie 118; J.P.A., cédula de identificación personal No. 44263, serie 48; M.R.S., cédula de identificación personal No. 46718, serie 48; J.F.V.D., cédula de identificación personal No. 40559, serie 48; F.R.S.; A.V.N., cédula de identificación personal No. 94717, serie 31; I.P.R., cédula de identificación personal No. 18925, serie 68; J.R.R., cédula de identificación personal No. 51355, serie 48; J.C.P., cédula de identificación personal No. 49636, serie 48; M.R.R., cédula de identificación personal No. 73584, serie 31; S.L.R., cédula de identificación personal No. 41553, serie 48; P.L.P., cédula de identificación personal No. 43525, serie 48; A.H.E., cédula de identificación personal No. 30154, serie 48; R.M.G.; L.U.R.; M.M.M., cédula de identificación personal No. 42447, serie 48; F.A.M.H., cédula de identificación personal No. 45168, serie 48; F.S.M., cédula de identificación personal No. 22494, serie 48; F.M.C.; P.B., cédula de identificación personal No. 1045, serie 69; R.S.P., cédula de identificación personal No. 429326, serie 1ra., M.A.Q., cédula de identificación personal No. 71193, serie 56; D.A.R.A., cédula de identificación personal No. 41927, serie 48; F.P.G., cédula de identificación personal No. 44146, serie 48; V.R., cédula de identificación personal No. 323208, serie 48; G.S.V., cédula de identificación personal No. 24998, serie 48; L.J.P.; R.A.U.G., cédula de identificación personal No. 32229, serie 48; O.T., cédula de identificación personal No. 45253, serie 48; S.T., cédula de identificación personal No. 43407, serie 3; J.P.R.S.; C.P.E., cédula de identificación personal No. 343138, serie 48; E.G.G., cédula de identificación personal No. 15844, serie 45; R.E.G., cédula de identificación personal No. 62922, serie 54; M.A.C.S.; J.R.S.V., cédula de identificación personal No. 42721, serie 48; A.R.P., cédula de identificación personal No. 34976, serie 48; N.D.A., cédula de identificación personal No. 332709, serie 2; R.L., cédula de identificación personal No. 344168, serie 48; A.A.N.C.; Modesto De Dios; cédula de identificación personal No. 41494, serie 48; A.N.R.; Facundo García

Núñez; F.A.M., cédula de identificación personal No. 35973, serie 48; J. de L.O., cédula de identificación personal No. 22361, serie 55; C.A.V., cédula de identificación personal No. 46898, serie 48; J.L.D.V., cédula de identificación personal No. 34489, serie 48; F.C., cédula de identificación personal No. 41811, serie 48; A.R.C., cédula de identificación personal No. 22544, serie 49; W.U.G., cédula de identificación personal No. 428471, serie 1ra.; G.A.V., cédula de identificación personal No. 39478, serie 48; F. de Dios Plasencia, cédula de identificación personal No. 41287, serie 48; P.R.B., cédula de identificación personal No. 51683, serie 48; E.R.C., cédula de identificación personal No. 44803, serie 48; D.H. delV., cédula de identificación personal No. 46598, serie 48; L.D.F.H.; J.M.A.C., cédula de identificación personal No. 31726, serie 48; R.L. de Dios; L.G.V.C., cédula de identificación personal No. 43881, serie 48; N.C.P., cédula de identificación personal No. 8738, serie 21; E.J.B., cédula de identificación personal No. 40068, serie 48; A.S., cédula de identificación personal No. 9992, serie 45; M.A.R.M., cédula de identificación personal No. 279, serie 118; Orlando Mercedes Del L.; M.U.G., cédula de identificación personal No. 273225, serie 2; M.M.T., cédula de identificación personal No. 2053, serie 69; T.S.J., cédula de identificación personal No. 41434, serie 48; G.B.A., cédula de identificación personal No. 52307, serie 48; A.S.P., cédula de identificación personal No. 2588, serie 123; E.A.F., cédula de identificación personal No. 41695, serie 48; N.C.R.; P.E.C.F., G.T.M., cédula de identificación personal No. 32271, serie 13; T.P.S., cédula de identificación personal No. 323080, serie 49; M.D.J.J., cédula de identificación personal No. 48416, serie 48; B.N.F., cédula de identificación personal No. 39893, serie 48; S.C.S., cédula de identificación personal No. 66663, serie 48; J.E.R.S., cédula de identificación personal No. 322, serie 123; J.A.P.R.; S.F.R.; F.M.D.; F. De la Rosa H., cédula de identificación personal No. 28416, serie 48; J.L.N.P., cédula de identidad y electoral No. 048-00016861-9; J.R.D.B., cédula de identificación personal No. 59034, serie 48; O.A.A.P., cédula de identificación personal No. 42779, serie 48; G.R.A.P., cédula de identificación personal No. 43815, serie 48; R.V.L.C., cédula de identificación personal No. 43825, serie 48; J.M. delV.; F.A., cédula de identificación personal No. 41283, serie 48; N.G.D., cédula de identificación personal No. 1310, serie 118; L.R.G., cédula de identificación personal No. 800, serie 118; R.A.D., cédula de identificación personal No. 17189, serie 7; F.L.T., cédula de identificación personal No. 40387, serie 48; C.H.S.P.; F.N.B.J., cédula de identificación personal No. 7504, serie 48; D.M.O.; F.J.C., cédula de identificación personal No. 34922, serie 48; M.D.Y., cédula de identificación personal No. 26288, serie 49; H. De Dios S., cédula de identificación personal No. 45108, serie 48; T.C.N.; B.M., cédula de identificación personal No. 31726, serie 49; V.H.L., cédula de identificación personal No. 32959, serie 48; M.V.; J.P. De la Cruz, cédula de identificación personal No. 24286, serie 5; J.B.B., cédula de identificación personal No. 33522; J.J.A.; P.I.C.; M.E.O.F.; D.A.C.T.; C.J.P., cédula de identificación personal No. 39020, serie 48; C.J.P., cédula de identificación personal No. 524704, serie 1ra.; A.P.P., cédula de identificación personal No. 42049, serie 78; R.A.B.E. y L.G.A., cédula de identificación personal No. 51401, serie 48; contra la sentencia dictada por la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de La Vega, el 31 de mayo del 2001, cuyo dispositivo se copia más adelante;

Oído al alguacil de turno en la lectura del rol;

Oído en la lectura de sus conclusiones al Dr. P.A.A., por sí y por el Lic. R.J.A. y el Dr. R.A.R.P., abogados de los recurrentes, A.F. y compartes;

Oído en la lectura de sus conclusiones a la Licda. Y.F., por sí y por el Dr. L.H.R., abogados de la recurrida, Falconbridge Dominicana, C. por A.;

Visto el memorial de casación, depositado en la Secretaría de la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de La Vega, el 7 de septiembre del 2001, suscrito por los Dres. P.A.A., R.A.R.P. y el Lic. R.J.A., cédulas de identidad y electoral Nos. 048-0008903-1, 048-0014879-48 y 001-0264963-9, respectivamente, abogados de los recurrentes, mediante el cual proponen los medios que se indican más adelante;

Visto el memorial de defensa, depositado en la Secretaría de la Suprema Corte de Justicia, el 28 de septiembre del 2001, suscrito por los Dres. L.H.R., C.V. y la Licda. Y.F., cédulas de identidad y electoral Nos. 001-0104175-4, 048-0002826-0 y 048-003717-0, respectivamente, abogados de la recurrida;

Vista la Ley No. 25 de 1991, modificada por la Ley No. 156 de 1997, y los artículos 1 y 65 de la Ley sobre Procedimiento de Casación;

La CORTE, en audiencia pública del 19 de mayo del 2004, estando presentes los Jueces: J.L.V., J.A.S., E.R.P., D.F.E. y P.R.C., asistidos de la Secretaria General, y después de haber deliberado, los jueces signatarios de este fallo;

Considerando, que en la sentencia impugnada y en los documentos a que ella se refiere, consta lo siguiente: a) que en ocasión de la demanda laboral interpuesta por los recurrentes A.F. y compartes, contra la recurrida, Falconbridge Dominicana, C. por A., el Juzgado de Trabajo del Distrito Judicial de M.N. dictó el 5 de julio del 2000, una sentencia con el siguiente dispositivo: "Primero: Se declara regular y válido en cuanto a la forma la presente demanda por haber sido hecha conforme lo establece la ley que rige la materia; Segundo: En cuanto al fondo se rechaza la demanda en cobro de bono de productividad, intentada por F.R., A.F. y compartes, en representación del Sindicato de Trabajadores de la Falconbridge Dominicana, en contra de la empresa Falconbrige Dominicana, por improcedente, mal fundada y carente de base legal; Tercero: Se condena a la parte demandante al pago de las costas del procedimiento con distracción a favor de los Dres. L.H.R., C.V.S. y la Licda. Y.A.F., abogados que afirman haberlas avanzado en su mayor parte"; b) que sobre el recurso de apelación interpuesto contra dicha decisión, intervino la sentencia ahora impugnada, cuyo dispositivo reza así: "Primero: Declarar, como al efecto declara, regular y válido en cuanto a la forma, el recurso de apelación interpuesto por los señores F.R., A.F., J.L. y compartes, de generales anotadas en esta decisión, en contra de la sentencia laboral No. 29-2000, de fecha 5 de julio del año 2000, dictada por el Juzgado de Trabajo del Distrito Judicial de M.N., por haber sido interpuesto conforme a las reglas procesales que rigen la materia; Segundo: En cuanto al fondo, rechazar, como al efecto rechaza, el indicado recurso de apelación por improcedente, mal fundado y carente de base legal y en consecuencia, se confirma en todas sus partes la sentencia impugnada; Tercero: Se compensan las costas del procedimiento en su totalidad, por haber sucumbido ambas partes en punto de sus conclusiones";

Considerando, que los recurrentes proponen en su recurso de casación los siguientes medios: Primer Medio: Insuficiencia y desnaturalización de la ponderación del alcance del contrato "Acto de Acuerdo"; Segundo Medio: Contradicción de motivos; Tercer Medio: Desnaturalización de las pruebas, hechos y documentos de la causa;

Considerando, que en el desarrollo de los tres medios propuestos, los cuales se reúnen para su examen por su vinculación, los recurrentes alegan: que la Corte a-qua no tomó en cuenta que el acta de acuerdo es un documento fundamental del presente caso y que el mismo debía ser ponderado con especial cuidado y profundidad, porque fue el que originó la obligación cuyo cumplimiento fue el objeto de la demanda, pero pese a que no lo ponderó debidamente la corte consideró erróneamente que el mismo estuvo condicionado a una formula que se publicó, con lo que fue desnaturalizado; que para basar su fallo la sentencia señala una coincidencia entre lo planteado por la testigo N.M.T. y los documentos depositados por la recurrida, cuando en realidad en el expediente reposan las facturas de costos de otros períodos y de conceptos de gastos no computables a los costos en cuestión, dándole validez a las facturas para probar el argumento del aumento de los costos, cuando en realidad, éstos mismos documentos o facturas sirvieron para probar una grosera manipulación de los costos de períodos, incluyéndose gastos que correspondían a otro período, entre los que figura una factura por compra de piezas de repuestos, fechada 27 de junio de 1997, y sin embargo la ubican en el período de la reclamación;

Considerando, que en las motivaciones de la sentencia impugnada consta: "Que además de la prueba testimonial aportada por la empresa Falconbridge Dominicana, obra en el expediente puesto a cargo de esta Corte de Apelación, un legajo de documentos los cuales se indicaron todos y cada uno en parte anterior de la presente decisión de cuya ponderación y análisis se evidencia que son corroborativos de las declaraciones de la testigo Sra. N.M.T., tales como la carta de fecha 17-2-95, el acta de acuerdo firmado por las partes en fecha 20-2-95 y el boletín informativo de fecha 21-2-95 distribuido al personal de la empresa, declaraciones que no fueron contradichas por la parte recurrente a través de los modos de pruebas que establece la ley; además la empresa Falconbridge Dominicana, ha indicado mediante los documentos aportados que incurrieron en costos de producción en los dos últimos trimestres del año 1997, que sobrepasaron la base establecida, lo cual influyó para que no se generara el derecho al bono de productividad reclamado por los trabajadores, siendo de las declaraciones de dicho testigo, corroborada por los documentos antes mencionados, que han servido a esta Corte para comprobar que sí bien es cierto que hubo beneficios en los dos últimos trimestres del año 1997, no menos cierto es que la empresa recurrida incurrió en dichos períodos en gastos que impidieron que se generara el bono de productividad a favor de los trabajadores, en tal sentido, la parte apelante, sólo se limitó a demostrar mediante el boletín informativo No. 461 de fecha 30 de diciembre de 1997, y la página 16 de los ejemplares del periódico El Punte Alcón, que la empresa Falconbridge Dominicana, obtuvo beneficios en el año 1997, de manera general, sin haber probado que dichos beneficios se generaron en los dos últimos trimestres del año 1997, que es el período que comprende su reclamación, lo cual de todas formas no es suficiente para la empresa recurrida incurriera en la obligación de otorgar el bono de productividad, pues tal y como ha quedado establecido en parte anterior de la presente decisión además de que se hubiesen generado tales beneficios, era necesario que la fórmula instituida haya dado positiva y que los costos de producción no excedan en más de un 15%; que al haber establecido y comprobado esta Corte que los trabajadores recurrentes tuvieron conocimiento de todos lo factores que debían de concurrir para poderse generar el bono de productividad y que al haberlo recibido desde el 20-2-95 hasta los dos primeros trimestres del año 1997, sin protestas ni reservas, dieron tácita aprobación a la fórmula instituida por la recurrida, por lo que en virtud y mérito legal de las disposiciones del artículo 1315 del Código Civil, que rige la prueba en nuestro ordenamiento jurídico y aplicable supletoriamente en materia de trabajo le corresponde a los recurrentes demostrar mediante el uso de los modos de pruebas que establece la ley, que en el período que comprende los dos últimos trimestres del año 1997, se dieron todas y cada una de las condiciones necesarias de acuerdo a dicha fórmula instituida por la empresa en la comunicación de fecha 17-2-95, el acuerdo suscrito por las parte en fecha 20-2-95 y el boletín informativo de fecha 21-2-95, para que los reclamantes tuvieran derecho al bono de productividad; que al no haber demostrado la parte recurrente como era su obligación que los gastos de producción correspondiente a los dos últimos trimestres del año 1997 no se produjeron en la forma que ha manifestado la empresa recurrida a través de su testigo, corroborado por los documentos depositados y a la vez por no haber demostrado los trabajadores que los factores y condiciones necesarias para ser beneficiados con el bono de productividad hayan sido cumplidas, ni haber combatido las declaraciones de dicha testigo, limitándose sólo a demostrar que en el año 1997 hubo beneficios en la empresa, procede consecuencialmente el rechazo de la demanda por falta de pruebas y confirmar en todas sus partes la sentencia impugnada por haber hecho una correcta interpretación y aplicación de los hechos y el derecho;

Considerando, que los jueces del fondo gozan de un poder soberano de apreciación en el conocimiento de los modos de pruebas, pudiendo formar su criterio del análisis de los mismos, lo que escapa al control de la casación, salvo cuando se incurriere en desnaturalización alguna;

Considerando, que del estudio de la sentencia impugnada y de los documentos que integran el expediente, resulta que la Corte a-qua ponderó toda la prueba aportada, incluida la documental cuya falta de análisis invocan los recurrentes y la testimonial, habiéndole servido esa ponderación para dar por establecido que los recurrentes a pesar de tener conocimiento de todos los factores que debían concurrir para generar el bono, no demostraron que en el período que se contrae a su reclamación se dieran las condiciones para tener derecho al bono de productividad, sin que se advierta que al hacer tal apreciación incurriera en desnaturalización alguna;

Considerando, que la sentencia impugnada contiene una relación completa de los hechos y motivos suficientes y pertinentes que permiten a esta corte verificar la correcta aplicación de la ley, razón por la cual los medios examinados carecen de fundamento y deben ser desestimados.

Por tales motivos, Primero: Rechaza el recurso de casación interpuesto por A.F. y compartes, contra la sentencia dictada por la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de La Vega, el 31 de mayo del 2001, cuyo dispositivo figura copiado en otra parte del presente fallo; Segundo: Condena a los recurrentes al pago de las costas y las distrae en provecho de los Dres. L.H.R., C.V. y la Licda. Y.F., abogados que afirman haberlas avanzado en su totalidad. Así ha sido hecho y juzgado por la Cámara de Tierras, L., Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia, y la sentencia pronunciada por la misma, en Santo Domingo de G., Distrito Nacional, en su audiencia pública del 26 de mayo del 2004, años 161º de la Independencia y 141º de la Restauración.

Firmado: J.L.V., J.A.S., E.R.P., D.F.E., P.R.C.. G.A., Secretaria General.

La presente sentencia ha sido dada y firmada por los señores Jueces que figuran al pie, en la audiencia pública del día, mes y año en ella expresados, y fue firmada, leída y publicada por mí, Secretaria General, que certifico.

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