Violencia de género, una reflexión técnica y ética para la mediación penal

AutorJosé Agustín Huelva Corchado
CargoAbogado, máster en Abogacía, en Mediación y gestión del conflicto, y en Criminología, Delincuencia y Victimología. Mediador colegiado por el Ministerio de Justicia de España, doctorando en Derecho por la Escuela Internacional de Doctorados de Madrid (España)
Páginas67-87
DERECHO PENAL
Violencia de género, una reflexión técnica y ética para la mediación penal
José Agustín Huelva Corchado
Abogado, máster en Abogacía, en Mediación y gestión del conflicto, y en Criminología,
Delincuencia y Victimología. Mediador colegiado por el Ministerio de Justicia de
España, doctorando en Derecho por la Escuela Internacional de Doctorados de Madrid
(España).
huelcor1@hotmail.com
Resumen: Se analiza la posibilidad de la mediación en supuestos de violencia de
género en España.
Palabras clave: Mediación penal, justicia restaurativa, resolución de conflictos,
violencia de género, derecho penal, España.
Hasta finales del siglo pasado (s. XX) no se encontraban referencias de ninguna índole
respecto de la violencia entre hombres y mujeres como un tipo de coacción; no obstante,
en ciertos textos legales o jurídicos a nivel internacional —como la Convención de
Naciones Unidas de 1979— se explica lo relacionado a la exclusión femenina de la
mujer como una clase de coacción de género.
Es por ello que en los años noventa la expresión “violencia de género” se comenzó a
emplear en ciertos eventos masivos y de alto impacto para la sociedad, tales como los
siguientes:
En 1993, la ONU en su Conferencia Mundial para los Derechos Humanos de
Viena. La importancia dada a esta Conferencia fue la de sugerir a los Estados
participantes priorizar la educación de las personas para que estas pudiesen tener
un pleno desarrollo; de igual forma, eliminar el analfabetismo y continuar con el
fortalecimiento de los DD. HH., al igual que proteger las libertades básicas.
En 1994, la ONU en su Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra la Mujer. En esta Convención, los derechos
abordados fueron derechos fundamentales inherentes al ser humano, obviamente
enfocados hacia la mujer, considerada como un débil jurídico por los abusos a
las que son sometidas. Las féminas tienen los derechos a vivir una vida libre de
1
violencia, ya sea en un ámbito privado o en el público, también a ser sujetos
libres de discriminación en cualquiera de sus formas. Esto dio origen al
“Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará” (MESECVI),
fundamentado en un foro de cooperación e intercambio entre los países
participantes.
En 1995, la ONU en su cuarta Conferencia Mundial de Mujeres de Beijing. La
prenombrada Conferencia sentó sus bases en los pactos de carácter político
logrados en las tres conferencias realizadas con anterioridad; al igual logró
asegurar los progresos a nivel jurídico alcanzados durante más de 50 años,
enfocados y dirigidos a velar por la igualdad de hombres y mujeres, tanto en la
ley como en la vida diaria.
Ha transcurrido mucho tiempo para comprender la importancia de la violencia, y más de
esta clase, pues se presumía que era un asunto quizás biológico, como también la labor a
ejecutar; sin embargo, no se trata de estos temas, sino específicamente de lo que es la
violencia según el género. No es un asunto biológico, como tampoco es un asunto de la
labor que haya ejecutado el individuo, sino específicamente de género.
Claramente, se ha presentado un tipo de resistencia por parte de la sociedad en general
respecto al reconocimiento de este prototipo de violencia (género), pues, tal como se
mencionó en líneas anteriores, no son factores externos los que impiden el
reconocimiento de esta clase de coacción.
Como lo demuestra la historia misma, imposibilita comprender que no se refiere a la
violencia ejecutada en un entorno de familia, o quizás hasta de pareja —en múltiples
ocasiones se entendía que se presentaba jerarquización del género masculino sobre el
femenino—, sino que son los mismos antecedentes los que permiten inferir que se
menciona una violencia que se reconoce históricamente por su origen político, religioso,
económico, etc.1. Es notable que la investigación de Bachofen estime que la civilización
sentó sus bases de carácter jurídico, moral e incluso político en torno al matriarcado; el
cambio hacia un sistema patriarcal tuvo un importante giro en la historia de la
civilización tal como se conoce hoy en día. La mujer fue la protagonista de los avances
en materia de educación de índole religiosa, que la civilización progresara, todo lo cual
1 BACHOFEN, J. J. El matriarcado (trad. de Linares García, M. ª): Titivillus, 2008, pp. 47 y ss.
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