Decreto Nº 124-23. Que concede el beneficio incorporación a varias asociaciones cooperativas.

Fecha de disposición23 Marzo 2023
Número de Decreto124-23
Fecha de publicación31 Marzo 2023
Número de Gaceta11104
- 76 -
VISTA: Ley núm. 249-17, del Mercado de Valores de la República Dominicana, del 19 de
diciembre de 2017.
VISTO: El Decreto núm. 257-18, del 9 de julio de 2021.
VISTAS: Las temas remitidas por la Junta Monetaria, mediante el oficio núm. 2991, del 1
de marzo de 2023, dirigido al presidente de la República.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Miguel Antonio Núñez Herrera queda designado miembro independiente del
Consejo Nacional del Mercado de Valores por un período de 4 años, en sustitución de Manuel
Alejandro García Troncoso.
ARTÍCULO 2. Javier Andrés Lara Reinhold queda designado miembro independiente del
Consejo Nacional del Mercado de Valores por un período de 4 años, en sustitución de
William Víctor Wall Izquierdo.
ARTÍCULO 3. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023);
año 180 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 124-23 que concede el beneficio incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. No. 11104 del 31 de marzo de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 124-23
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente

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