Ley Nº 57-23. Que crea un régimen de incentivos fiscales a la aviación civil comercial nacional e internacional.

Fecha de disposición06 Octubre 2023
Fecha de publicación06 Octubre 2023
Número de Ley57-23
Número de Gaceta11123
- 145 -
Ley. núm. 57-23 que crea un régimen de incentivos fiscales a la aviación civil comercial
nacional e internacional. G. O. No. 11123 del 6 de octubre de 2023.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Ley. núm. 57-23
Considerando primero: Que es un mandato de orden constitucional la promoción de planes
para impulsar la competitividad, la integración y el desarrollo de los sectores productivos de
la República Dominicana.
Considerando segundo: Que el comercio de servicios de transporte aéreo genera un impacto
social y económico de trascendencia para la nación, al mismo tiempo que repercute en
sectores claves de nuestra economía, tales como el turismo, el comercio, el sector
agropecuario, además de facilitar la captación de inversión.
Considerando tercero: Que la Ley núm.1-12, de fecha 25 de enero de 2012, de Estrategia
Nacional de Desarrollo, establece, en el Objetivo General 3.3, sobre competitividad e
innovación en un ambiente favorable a la cooperación y la responsabilidad social, dentro de
las líneas de acción del Estado, está el implementar programas de promoción y desarrollo
sostenible de la aviación civil dominicana, acorde con la dinámica de los mercados; debido
a su aporte a la economía nacional a través de la afluencia de turistas, la generación de
empleos, el ingreso de divisas, el aumento de la productividad y bienestar social en el país.
Considerando cuarto: Que el Estado debe apoyar y fomentar la aviación civil, debido a las
particularidades y dificultades que enfrenta el transporte aéreo internacional en el ámbito
tributario. En consecuencia, se requiere de una legislación que tome en consideración las
características y naturaleza de las empresas de aviación civil, en tanto que son actores de la
economía nacional e internacional.
Considerando quinto: Que es perentorio que dicha legislación sea implementada con
acciones estratégicas que permitan lograr un alto grado de uniformidad entre las leyes y
normas que formen parte del sector aviación, facilitando con esto los procesos de regulación
y proporcionando una mejora pertinente en la navegación aérea.
Considerando sexto: Que la ubicación geográfica de la República Dominicana debe ser
aprovechada para promover nuestro territorio como el más importante punto de interconexión
de pasajeros y carga de toda la región, lo que coadyuvará al desarrollo de la economía
nacional y creará un impulso a la inversión internacional.

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