Decreto Nº 641-23. Que concede pensiones especiales del estado a varias personas.

Fecha de disposición19 Diciembre 2023
Fecha de publicación29 Diciembre 2023
Número de Decreto641-23
Número de Gaceta11138
- 23 -
ARTÍCULO 2. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés
(2023); año 180 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 641-23 que concede pensiones especiales del Estado a varias personas. G. O.
No. 11138 del 29 de diciembre de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 641-23
VISTO: El artículo 57 de la Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de
junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones
Civiles del Estado.
VISTA: La Ley núm. 494-06, del 27 de diciembre de 2006, de Organización de la Secretaría
de Estado de Hacienda.
VISTO: El oficio núm. DGJP-2023-09153, del 5 de diciembre del 2023, del director general
de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado, al presidente de la República.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente:
DECRETO:
ARTÍCULO 1: Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano a
las siguientes personas:
Núm.
Nombres y apellidos
Cédula de
identidad y
electoral
Montos RD$
1
ADOLFO GARCIA
001-0307763-2
RD$25,000.00
2
ADRIANA SANCHEZ SANCHEZ
001-1807559-7
RD$30,000.00
3
AGUSTIN NOEL GOMEZ RIVAS
036-0002675-5
RD$25,000.00
4
AGUSTINA CABRERA MARTE
039-0007502-3
RD$15,000.00

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