La alevosia no existe en nuestro codigo represivo

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"La alevosía no existe en nuestro código represivo"

Héctor Dotel Matos

RESUMEN:

El autor aborda la figura de la alevosía, que erróneamente emplean en nuestro quehacer jurídico muchos abogados y estudiantes.

PALABRAS CLAVES:

Homicidio, acechanza, premeditación, código español, Julio César, Bruto, la traición, emboscada,doctrina, Código Penal, República Dominicana.

Alevosía es la manera de asegurar la comisión de un delito contra las personas sin peligro para su autor. Es perfidia, insidia, traición. No es en sí un perfil o tipo de delito, sino un linde de él, cuya secuela es reputarlo o agravarlo extendiendo su cuantía política por la mayor dificultad de protección que la forma de cometido pérfido involucra. La alevosía retarda la condena, no por una razón que solo incumba al valor de aquella, sino que empeora la transgresión en sí andada: se sanciona altamente ya que se atribuye mayor criminalidad. Se conoce de una ocurrencia objetiva o material que incumbe situarse a cuenta del coautor que la conoce y del cómplice cuando queda pensada en el acuerdo.

En general hay alevosía cuando la víctima se encuentra desprevenida y ese estado ha sido elegido, aprovechado o procurado. Se manifiesta en distintas formas: es solo moral, cuando el delincuente oculta únicamente la intención criminal, mediante actos simulados de amistad o parecidos. El homicidio cometido de esta manera se llama proditorio. El camuflaje puede ser material, cuando se esconde el cuerpo o el acto.

El aguato italiano y el guet-apens francés son expresiones típicas de esta forma de celada. Se diferencia del simple acecho en que en este la intención del autor tiende a describirse en la validez del golpe, mientras que en la alevosía es básica la procura anterior de una falta de riesgo para el ofensor que provenga de la defensa que el ofendido pudiera oponer.

Según la fórmula española, la alevosía representa una especie de insidia que puede ser moral o material y que se caracteriza por la traición o la intención del delincuente de recurrir a ella para actuar sin riesgos. En el derecho español hay alevosía cuando el delincuente realiza cualquiera de los delitos contra las personas, utilizando medios, formas o cualidades en la actuación que desarrollen inmediata y de suyo a aseverarla, sin apuro para su persona, que resulte de la salvaguardia que consiguiera forjar el ofendido. La violación alevosa es, por consiguiente, una transgresión que se determina básicamente por su componente...

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