Tesis Jurisprudencial de 21 de Noviembre de 2001 sobre APLICACION ART. 86 DEL CODIGO DE TRABAJO OFERTA REAL DE PAGO INCOMPLETA. NO SUSPENDE LA APLICACION DE ESE ASTREINTE.

Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2001

APLICACION ART. 86 DEL CODIGO DE TRABAJO. OFERTA REAL DE PAGO INCOMPLETA. NO SUSPENDE LA APLICACION DE ESE ASTREINTE:

Que, el artículo 86 del Código de Trabajo dispone que: "si las indemnizaciones por omisión del preaviso y por el auxilio de cesantía no son pagadas en el término de diez días, a contar de la fecha de la terminación del contrato, el empleador debe pagar, en adición, una suma igual a un día del salario devengado por el trabajador por cada día de retardo";

Que, para librarse de esa sanción, el empleador debe ofrecer al trabajador desahuciado los valores correspondientes y si éste no los acepta, hacer la oferta real de los mismos, seguida por la correspondiente consignación, que de ser válida le libera de su obligación de pago, al tenor del artículo 653 del Código de Trabajo;

Que, del estudio del expediente abierto en ocasión del presente recurso, se advierte que al poner término al contrato de trabajo del recurrido, la recurrente le ofertó a éste la suma de dinero que entendía le correspondía por concepto de prestaciones laborales, cuya validez demandó ante los tribunales de trabajo,

pero que la misma fue rechazada por estos al determinar que dicha oferta no se había hecho conforme a la ley, razón por la que la demandada fue condenada al pago de las indemnizaciones laborales reclamadas por el demandante, acogiendo ese aspecto de la demanda al considerar que estas no le habían sido pagadas ni ofertadas correctamente;

Que, en caso de que el monto del auxilio de cesantía sea discutido por las partes, el empleador sólo se libera del pago del astreinte establecido por el artículo 86 del Código de Trabajo, si el tribunal reconoce que el monto pagado u ofertado por éste es el que corresponde al trabajador, no así cuando el tribunal estima correcta la reclamación del demandante, como ocurrió en la especie, en que el tribunal consideró que el recurrente principal estaba obligado a pagar al recurrido el auxilio de cesantía en base a lo reclamado por él, no siendo suficiente para evitar la aplicación de esa norma legal que el empleador haya realizado la consignación de una suma de dinero a favor del trabajador desahuciado, si ésta no cubre la totalidad de dichas indemnizaciones, pues de admitirse el...

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