Carta circular Nº 202300015 Superintendencia de Bancos de la República Dominicana, 14-11-2023
Fecha | 14 Noviembre 2023 |
Estatus | Vigente |
Tipo de documento | Carta circular |
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Av. México #52, esq. Leopoldo Navarro, Santo Domingo, D.N., República Dominicana,
Código postal 10204, Tel.: 809-685-8141 ● www.sb.gob.do @SuperdeBancosRD
CARTA CIRCULAR:
CCI-REG-202300015
A las : Entidades de intermediación financiera, intermediarios cambiarios y
personas jurídicas de objeto exclusivo que pertenezcan o presten servicios
de fideicomiso (fiduciarias) a una EIF o a su controladora.
Asunto : Puesta en vistas públicas la propuesta de modificación del “Instructivo
sobre prevención del lavado de activos, financiamiento del terrorismo y
de la proliferación de armas de destrucción masiva”.
Con el interés de actualizar el marco regulatorio que rige a las entidades supervisadas en lo referente
a la normativa que establece los lineamientos mínimos para la implementación de un sistema de la
gestión de los riesgos de lavado de activos, financiamiento de terrorismo y la proliferación de armas
de destrucción masiva; el Superintendente de Bancos, en uso de las atribuciones que le confiere el
literal (e) del artículo 21 de la Ley Núm. 183-02 Monetaria y Financiera del 21 de noviembre de 2002,
informa lo siguiente:
1. Se encuentra disponible en la página web de la Superintendencia de Bancos
la propuesta de modificación del “Instructivo sobre prevención del lavado de activos,
financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva”.
2. La presente publicación se realiza para recabar la opinión de los sectores interesados, de
conformidad con lo establecido en la Ley Núm. 107-13 sobre los Derechos de las Personas en
sus relaciones con la Administración Pública y de Procedimiento Administrativo, del seis (06) de
agosto de 2013.
3. La propuesta del instructivo será publicada en la página en las rutas:
“Regulación / Consultas Públicas” y “Transparencia / Consultas Públicas / Procesos de Consultas
Abiertas”.
4. Las entidades dispondrán de un plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la
fecha de publicación de la presente Carta Circular, para remitir las observaciones al referido
documento de forma consensuada al correo regulacion@sb.gob.do a través de los Gremios a
los que pertenecen, y en el caso de las entidades no pertenecientes a un gremio, deberán remitir
dichas observaciones de manera individual.
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Av. México #52, esq. Leopoldo Navarro, Santo Domingo, D.N., República Dominicana,
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Dada en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República
Dominicana, a los catorce (14) días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés (2023).
Alejandro Fernández W.
SU PERI NTE NDEN TE
AFW/YMRM/EFCT/OLC/JDP
DE PAR TA MEN TO DE R EGU LAC IÓ N
I NS TR U CT I VO
S OB RE PR E VE NC I ÓN DEL LA V AD O DE AC T IV O S, F I NA N CI AM I EN T O DE L T ER R OR I SM O Y DE
LA PR OL I FE R AC I ÓN DE A RM A S DE DE S TR UC C IÓ N M A SI VA
C ir c ul a r S B: C SB - RE G -2 0 23 0 00 00
X de XXXX de 2023
SANTO DOMINGO, REPÚBLICA DOMINICANA
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