Decreto Nº 173-95. Decreto que Declara de Utilidad Publica e Interes Social Varias Porciones de Terreno Ubicadas en los Margenes y Zonas Aledañas de los Arroyos Nibaje, Hoya del Caimito y Pontezuela, de Santiago de los Caballeros, para el Fomento de Parques de Esparcimiento y Otras Actividades.

Número de registro3332585
Fecha de publicación01 Enero 1995
Número de Decreto173-95
Fecha de disposición27 Julio 1995
EmisorADMINISTRACION GENERAL DE BIENES NACIONALES
Número de Gaceta9909
-36-
Dec. No.173-95 que declara de utilidad publica e inter& social varias porciones de
terreno ubicadas en 10s margenes y zonas aledanas de 10s arroyos Nibaje, Hoya del
Caimito y Pontezuela, de Santiago de 10s Caballeros, para el foment0 de parques de
esparcimiento y otras actividades.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 173-95
CONSIDERANDO: Que el incremento de la poblacion y el notable
crecimiento del area urbana de la ciudad de Santiago de 10s Caballeros demandan parques
de recreacion y esparcimiento y zonas verdes y bosques que contribuyan a preservar el
ambiente ecologico;
CONSIDERANDO: Que la cuenca del Arroyo "Nibaje" y las de
sus
afluentes "Hoya del Caimito" y "Pontezuela", se han convertido en vertederos y cloacas de
las numerosas urbanizaciones ubicadas en
sus
margenes, las cuales desembocan en el rio
"Yaque del Norte", afectando gravemente a este importante recurso hidrico del pais;
CONSIDERANDO: Que es de supremo interes publico preservar todas las
areas que por
su
ubicacion y topografia forman parte de estas cuencas, a fin de fomentar en
las mismas espacios de diversion, deportes y solaz, esparcimiento, asi como plantas de
tratamiento de aguas y un ambiente salubre en zonas ubicadas dentro de aquella importante
urbe:
VISTA la Ley No.344 del 29 de julio de 1943; y
sus
modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica,
D ECRET
0:
Articulo 1.- Se declaran de utilidad publica e interes social 10s terrenos
ubicados en las mirgenes y zonas aledaiias de 10s Arroyos "Nibaje", "Hoya del Caimito" y
"Pontezuela", a fin de fomentar parques de esparcimiento, ireas boscosas, plantas de
tratamiento de aguas negras, viveros forestales permanentes, zonas de actividades ecuestres
e instalaciones deportivas y de entretenimiento infantil, todo lo cual estara comprendido
dentro de 10s limites siguientes:

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