Decreto Nº 220-17. Decreto que Declara de Utilidad Pública e Interés Social la Adquisición por Parte del Estado Dominicano, de Varias Porciones de Terrenos en Distintos Municipios del País, para Ser Destinadas a la Construcción de Edificaciones Escolares. Deroga los Numerales 19 y 20 del Art. 1 del Dec. No. 384-13 y el Art. 9 del Dec. No. 184-14, Así como el Numeral 7 del Art. 1 del Dec. No. 385-13

Fecha de disposición26 Junio 2017
Número de Decreto220-17
Fecha de publicación30 Junio 2017
Número de registro3383357
Número de Gaceta10888
EmisorMINISTERIO DE EDUCACION.
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D E C R E T O:
Artículo 1. Se modifican los literales bycdel Artículo 1 del Decreto núm. 284-16, del 17
de octubre de 2016, que declara de utilidad pública varias porciones de terrenos para la
construcción del Mercado Municipal de La Vega, para que en lo adelante se lean de la
manera siguiente:
b) Un inmueble con una superficie de cuatrocientos cincuenta y cinco punto noventa
y cinco metros cuadrados (455.95 m2) y sus mejoras, ubicado en el municipio La
Vega, provincia La Vega, con la designación catastral núm. 313296368362,
amparado en el Certificado de Título identificado con la Matrícula núm.
3000225134, emitido a favor de la Sra. MARGARITA ALTAGRACIA CRUZ
VÁSQUEZ por el Registrador de Títulos de la provincia La Vega.
c) Un inmueble con una superficie de doscientos cuarenta y seis punto setenta y
cinco metros cuadrados (246.75 m2) y sus mejoras, ubicado en el municipio La
Vega, provincia La Vega, con la designación catastral núm. 313296366388,
amparado en el Certificado de Título identificado con la Matrícula núm.
0300027659, emitido a favor del Sr. FABIO HÉCTOR GÓMEZ CRUZ por el
Registrador de Títulos de la provincia La Vega.
Artículo 2. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado y al
Registrador de Títulos de La Vega, para su conocimiento y fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017);
años 174 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 220-17 que declara de utilidad pública e interés social la adquisición por
parte del Estado dominicano, de varias porciones de terrenos en distintos municipios
del país, para ser destinadas a la construcción de edificaciones escolares. Deroga los
numerales 19 y 20 del Art. 1 del Dec. No. 384-13 y el Art. 9 del Dec. No. 184-14, así
como el numeral 7 del Art. 1 del Dec. No. 385-13. G. O. No. 10888 del 30 de junio de
2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 220-17

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