Decreto Nº 350-17. Decreto que Establece, Con Carácter Permanente, el Portal Transaccional del Sistema Informático para la Gestión de las Compras y Contrataciones del Estado Dominicano, como Herramienta Tecnológica para la Gestión de las Contrataciones Públicas de Bienes, Obras, Servicios y Concesiones.

Fecha de disposición14 Septiembre 2017
Número de Decreto350-17
Fecha de publicación16 Octubre 2017
Número de registro3384485
Número de Gaceta10895
EmisorCAMARA DE CUENTAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA (CCRD).
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Parcela resultante
Metros
Provincia
3000205646
15,079.09
Santo Domingo
Artículo 3. Envíese al Registrador de Títulos de Santo Domingo, para su conocimiento y
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los doce (12) días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017),
años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 350-17 que establece, con carácter permanente, el Portal Transaccional del
Sistema Informático para la Gestión de las Compras y Contrataciones del Estado
dominicano, como herramienta tecnológica para la gestión de las contrataciones
públicas de bienes, obras, servicios y concesiones. G. O. No. 10895 del 16 de octubre de
2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 350-17
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República dispone que la publicidad y
transparencia constituyen principios de actuación administrativa.
CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano ha incorporado en su ordenamiento
jurídico la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como la Convención de las
Naciones Unidas contra la Corrupción, instrumentos internacionales que nos hacen
compromisarios de establecer sistemas apropiados de contratación pública, basados en la
transparencia y la difusión pública de informaciones, con el propósito de prevenir y detectar
la corrupción.
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 340-06, de Contrataciones Públicas de Bienes,
Obras, Servicios y Concesiones, modificada por la Ley núm. 440-06, dispone que las
compras y contrataciones públicas deben desarrollarse, en todas sus etapas, en un contexto
de transparencia, publicidad y difusión de actuaciones, utilizando la tecnología informática
a fin de facilitar el acceso de la sociedad a la información relativa a la gestión del Estado,
posibilitando con ello el control social.

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