Decreto Nº 4-23. Mediante el cual se declaran como beneficiarías de la regulación llevada a cabo por la comisión consultiva creada mediante el dec. núm. 63-22, aquellas bancas de loterías, agencias o puntos de venta que se acogieron al plan de regulación, independientemente de las condiciones bajo la cuales operen.

Fecha de disposición13 Enero 2023
Número de Decreto4-23
Fecha de publicación17 Enero 2023
Número de Gaceta11095
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CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece que las cámaras
legislativas se reunirán de forma ordinaria el 27 de febrero y el 16 de agosto de cada año,
iniciando en esas fechas las legislaturas que, en su modalidad ordinaria, se extienden por un
periodo de ciento cincuenta días, por lo que la legislatura vigente, iniciada el 16 de agosto de
2022, está supuesta a concluir el día 12 de enero de 2023.
CONSIDERANDO: Que para situaciones como esta la Constitución de la República ha
dispuesto un mecanismo que permite al Poder Ejecutivo poder realizar convocatorias
extraordinarias, con el fin de dar continuidad a la labor legislativa en curso cuando resulte de
interés para la Nación.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, promulgada el 13 de junio de 2015.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se convoca al Senado de la República y a la Cámara de Diputados para que
se reúnan en Legislatura Extraordinaria en un plazo que comprenderá desde el día 13 de enero
del año 2023 hasta el día 15 de febrero del año 2023, con el propósito de conocer los
proyectos de ley pendientes, así como cualquier otro que le someta el Presidente de la
República o que sea sometido por iniciativa propia del Congreso Nacional u otro órgano
constitucional dotado de iniciativa legislativa.
ARTÍCULO 2. Envíese al Senado y la Cámara de Diputados para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los doce (12) días del mes de enero del año dos mil veintitrés (2023); año 179
de la independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 4-23 mediante el cual se declaran como beneficiarías de la regulación llevada
a cabo por la Comisión Consultiva creada mediante el Dec. núm. 63-22, aquellas bancas
de loterías, agencias o puntos de venta que se acogieron al plan de regulación,
independientemente de las condiciones bajo la cuales operen. G. O. No. 11095 del 17 de
enero de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 4-23
CONSIDERANDO: Que el numeral 29 del artículo 3 de la Ley núm. 494-06, sobre
Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda, hoy Ministerio de Hacienda, atribuye

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