Decreto Nº 435-21. Que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas.

Fecha de disposición14 Julio 2021
Número de Decreto435-21
Fecha de publicación30 Julio 2021
Número de Gaceta11027
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En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se excluye de la expropiación efectuada mediante el artículo 1 del Decreto
núm. 452-18, del 27 de diciembre de 2018, la porción de terreno que se detalla a
continuación:
Parcela
Superficie m2
Municipio/
Provincia
Propietario
500917814044
29,613.24
Miches/ El Seibo
Miches Development Group, S.A.
ARTÍCULO 2. Envíese al director de Bienes Nacionales, al registrador de títulos de El Seibo
y al Ministerio Obras Públicas y Comunicaciones, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los catorce (14) días del mes de julio del año dos mil veintiuno (2021), año
178 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. No. 435-21 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones
cooperativas. G. O. No. 11027 del 30 de julio de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 435-21
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Santa Rosa (COOPASAR), con domicilio en la calle Santa Rosa, Rincón
de Los Jiménez, provincia La Vega, República Dominicana, cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el dos (2) de mayo de dos mil catorce
(2014).

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