Decreto Nº 541-21. Que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del estado a varios empleados del ayuntamiento del distrito nacional.

Fecha de disposición03 Septiembre 2021
Número de Decreto541-21
Fecha de publicación15 Septiembre 2021
Número de Gaceta11037
-86-
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Dec. No. 541-21 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del Estado
a varios empleados del Ayuntamiento del Distrito Nacional. G. O. No. 11037 del 15 de
septiembre de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 541-21
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece en su artículo 8 como
función esencial del Estado la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto
de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma
igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia
social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas.
CONSIDERANDO: Que, en el artículo 60 de la Constitución de la República se consagra
el derecho a la seguridad social. El Estado estimulará el desarrollo progresivo de la misma
para asegurar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, discapacidad,
desocupación y vejez.
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 87-01, del 9 de mayo de 2001 que crea el Sistema
Dominicano de Seguridad Social (SDSS) en el marco de la Constitución de la República
Dominicana, para regularla y desarrollar los derechos y deberes recíprocos del Estado y de
los ciudadanos en lo concerniente al financiamiento para la protección de la población contra
los riesgos de vejez, discapacidad y otras vulnerabilidades.
CONSIDERANDO: Que mediante la Ley núm. 49, del 23 de diciembre de 1938, se creó la
Liga Municipal Dominicana, que tiene por objeto normar la organización, competencia,
funciones y recursos de los ayuntamientos de los municipios y del Distrito Nacional.
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, del Distrito Nacional
y los Municipios constituye la base legal que rige la municipalidad.
CONSIDERANDO: Que en fecha 1 de febrero de 1966 la Liga Municipal Dominicana creó
el Plan de Retiro y Pensiones de esa institución y los ayuntamientos.
CONSIDERANDO: Que el Comité Ejecutivo de la Liga Municipal Dominicana, mediante
Resolución adoptada el 15 de noviembre de 2010, dispuso el cierre de las operaciones del
Plan de Retiro y Pensiones de esa institución y los Ayuntamientos, no obstante esta
disposición el Ayuntamiento del Distrito Nacional ha continuado pagando las pensiones que
habían sido otorgadas hasta donde se lo permitieron sus disponibilidades presupuestarias.

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