Decreto Nº 706-21. Que modifica el artículo 1 del dec. no.1681 del 1983. dispone que la zona franca industrial de la provincia peravia, establecida mediante el dec. no.1166 del 1983, queda bajo la administración técnica y operativa del centro de desarrollo y competitividad industrial. deroga el artículo 2 y los párrafos i y ii del citado decreto no.1681 del año 1983.

Fecha de disposición04 Noviembre 2021
Número de Decreto706-21
Fecha de publicación11 Noviembre 2021
Número de Gaceta11043
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DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán. Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los tres (3) días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno (2021), año
178 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. No.706-21 que modifica el artículo 1 del Dec. No.1681 del 1983. Dispone que la
Zona Franca Industrial de la provincia Peravia, establecida mediante el Dec. No.1166
del 1983, queda bajo la administración técnica y operativa del Centro de Desarrollo y
Competitividad Industrial. Deroga el artículo 2 y los párrafos I y II del citado decreto
No.1681 del año 1983. G. O. No. 11043 del 11 de noviembre de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 706-21
CONSIDERANDO: Que las zonas francas de exportación se han convertido en fuentes
permanentes de generación de empleos e ingresos para la población dominicana, debido a
que pueden desarrollarse en cualquier lugar del país donde otras fuentes de trabajos no logran
activarse con la misma urgencia y rapidez.
CONSIDERANDO: Que en interés de desarrollar una política dinámica de empleos por
parte del Estado dominicano, estimulando la instalación y desarrollo de nuevas empresas
cuya producción sea destinada a los mercados internacionales, fue promulgada la Ley núm.
8-90, del 10 de enero de 1990, que fomenta el establecimiento de zonas francas nuevas, y el
desarrollo y crecimiento de las existentes.
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 1166, del 21 de junio de 1983, fue
creada la Zona Franca Industrial de la provincia Peravia.
CONSIDERANDO: Que el Decreto núm. 1681, del 21 de diciembre de 1983, en su artículo
1, estableció que la Zona Franca Industrial de la provincia Peravia quedaba bajo la
administración técnica y operativa de la Corporación Zona Franca Banileja, Inc.
CONSIDERANDO: Que el 28 de enero de 2011, la Corporación Zona Franca Banileja, Inc.,
suscribió un Contrato de Préstamo con el Banco Nacional de la Vivienda y la Producción
(BNV), hoy Banco Nacional de las Exportaciones (BANDEX), el cual se vio en la
imposibilidad material de cumplir.

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