Decreto Nº 831-21. Que eleva el monto de pensiones concedidas a la suma de rd$10,000.00 mensuales

Fecha de disposición23 Enero 2021
Número de Decreto831-21
Fecha de publicación27 Enero 2021
Número de Gaceta11050
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Dec. No. 831-21 que eleva el monto de pensiones concedidas a la suma de RD$10,000.00
mensuales.. G. O. 11050 del 27 de diciembre de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO:831-21
establece como función esencial del Estado “la protección efectiva de los derechos de la
persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan
perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad
individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los
derechos de todos y todas”.
CONSIDERANDO: Que el artículo 38 de la Constitución de la República consagra la
dignidad humana y establece que “el Estado se fundamenta en el respeto a la dignidad de la
persona y se organiza para la protección real y efectiva de los derechos fundamentales que le
son inherentes. La dignidad del ser humano es sagrada, innata e inviolable; su respeto y
protección constituyen una responsabilidad esencial de los poderes públicos”.
CONSIDERANDO: Que el artículo 57 de la Constitución de la República dispone la
protección de las personas de la tercera edad y establece que la familia, la sociedad y el
Estado concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y
promoverán su integración a la vida activa y comunitaria. El Estado garantizará los servicios
de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia.
CONSIDERANDO: Que, asimismo, en el artículo 60 de la Constitución se consagra el
derecho a la seguridad social, a través de la cual el Estado tiene el deber de estimular el
desarrollo progresivo para garantizar el acceso universal a una adecuada protección en la
enfermedad, discapacidad, desocupación y vejez.
CONSIDERANDO: Que el párrafo II del artículo 43 de la Ley núm. 87-01 que crea el
Sistema Dominicano de Seguridad Social, faculta al Ministerio de Hacienda al pago de las
pensiones reguladas por las leyes números 1896 y 379 y demás leyes que establecen el pago
con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado.
CONSIDERANDO: Que es deber del Estado garantizar la protección colectiva, familiar y
personal a toda la población, sin excepción; que asegure su gradualidad, sostenibilidad,
funcionalidad y el necesario equilibrio financiero; que alcance niveles socialmente
aceptables, de calidad, satisfacción, oportunidad e impacto de los servicios, estimulando la
elevación de la eficiencia y eficacia mediante el óptimo aprovechamiento de los recursos,
bajo esquemas de competencia regulada, que le permitan al Estado preservar su carácter
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público y su función social.
CONSIDERANDO: Los principios rectores de la seguridad social, establecidos en el
artículo 3 de la Ley núm. 87-01, tales como universalidad, obligatoriedad, integralidad,
unidad, equidad y solidaridad.
CONSIDERANDO: Que el presidente de la República tiene la facultad constitucional de
ordenar la concesión de determinados beneficios en favor de la población más vulnerable.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, y sus
modificaciones y normas complementarias, del 9 de mayo de 2001.
VISTO: El oficio núm. DGJP-2021-07539, del 18 de octubre de 2021, dirigido al presidente
de la República por el Director General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de
Hacienda.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se dispone el aumento a la suma de diez mil pesos dominicanos con 00/100
(RD$10,000.00), de las siguientes pensiones civiles asignadas por el Estado dominicano:
Núm.
Nombre(s) y apellido(s)
Cédula de identidad
y electoral
Pensión
1
BIENVENIDO ANTONIO ORTEGA TEJADA
118-0006879-0
128455
2
BIENVENIDO ANTONIO PADILLA HERNANDEZ
001-0542481-6
252147
3
BIENVENIDO ANTONIO POLANCO
402-3647342-3
240660
4
BIENVENIDO ANTONIO RAMIREZ
010-0009438-1
275255
5
BIENVENIDO ANTONIO RAMIREZ
010-0016035-6
353451
6
BIENVENIDO ANTONIO REINOSO DE JESUS
001-1464205-1
174544
7
BIENVENIDO ANTONIO REYES
093-0005986-3
320879
8
BIENVENIDO ANTONIO RODRIGUEZ ESPINAL
093-0016161-0
105844
9
BIENVENIDO ANTONIO RODRIGUEZ ESPINAL
093-0016161-0
237533
10
BIENVENIDO ANTONIO RODRIGUEZ POLANCO
001-0326899-1
110233
11
BIENVENIDO ANTONIO SANCHEZ DE LA CRU
010-0006708-0
197429
12
BIENVENIDO ANTONIO SANCHEZ DE LA CRU
010-0006708-0
197430
13
BIENVENIDO ANTONIO TAVERAS MUÑOZ
001-0707259-7
336920
14
BIENVENIDO ANTONIO TEJADA GIL
001-0224805-1
290203
15
BIENVENIDO ANTONIO TORIBIO
050-0005016-0
315318
16
BIENVENIDO ANTONIO UREÑA RODRIGUEZ
001-0210199-5
109217
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17
BIENVENIDO ANTONIO VARGAS BLANCO
031-0133516-8
142947
18
BIENVENIDO ANTONIO VASQUEZ
023-0043968-0
67200
19
BIENVENIDO ANTONIO VASQUEZ
023-0043968-0
260857
20
BIENVENIDO APOLINAR MORENO HENRY
001-1056675-9
351297
21
BIENVENIDO AQUILINO RIVAS
031-0238478-5
327871
22
BIENVENIDO AQUINO SANCHEZ
001-0329148-0
110265
23
BIENVENIDO ARIAS
013-0012797-2
178373
24
BIENVENIDO ARIAS MONTERO
076-0014248-8
288813
25
BIENVENIDO ARIAS MONTERO
076-0014248-8
326941
26
BIENVENIDO ARIAS RUBIO
093-0019500-6
231592
27
BIENVENIDO ARISTY ARIAS
001-0499356-3
132570
28
BIENVENIDO ARMANDO BRAZOBAN SEPULVED
001-0619411-1
236593
29
BIENVENIDO ARMANDO UREÑA MENDOZA
001-0787617-9
318399
30
BIENVENIDO ASTWOOD HICIANO
123-0000791-6
274279
31
BIENVENIDO AUGUSTO GUZMAN HERNANDEZ
031-0162969-3
143099
32
BIENVENIDO AURELIO DIAZ CASILLA
001-0327995-6
266794
33
BIENVENIDO AVELINO URIBE
023-0011908-4
320499
34
BIENVENIDO BAEZ
002-0056539-8
91623
35
BIENVENIDO BAEZ
026-0000728-6
140534
36
BIENVENIDO BAEZ BIERD
001-0227085-7
248656
37
BIENVENIDO BAEZ ZABALA
001-0012046-8
231047
38
BIENVENIDO BATISTA QUEZADA
054-0054724-5
247582
39
BIENVENIDO BELTRAN
001-0048940-0
107683
40
BIENVENIDO BELTRAN
001-0048940-0
354752
41
BIENVENIDO BELTRE
013-0021770-8
178388
42
BIENVENIDO BRIOSO GALVAN
066-0000064-7
353233
43
BIENVENIDO BRITO DIAZ
001-0674340-4
236638
44
BIENVENIDO BURGOS CRUZ
054-0032046-0
318729
45
BIENVENIDO CABRERA
001-0659739-6
351439
46
BIENVENIDO CABRERA
092-0000583-4
191943
47
BIENVENIDO CABRERA GUZMAN
082-0013200-2
236111
48
BIENVENIDO CACERES GUZMAN
001-0374564-2
319306
49
BIENVENIDO CAMBERO ALVARADO
005-0008119-5
328362
50
BIENVENIDO CAMILO DE LOS SANTOS
001-0199580-1
240018
51
BIENVENIDO CAMINERO
001-0639982-7
255842
52
BIENVENIDO CAMPUSANO
037-0002641-6
143630
53
BIENVENIDO CANDELARIO PEREZ
001-0076964-5
359475
54
BIENVENIDO CANELA CASTRO
023-0025079-8
118901
55
BIENVENIDO CANELA CASTRO
023-0025079-8
138774
56
BIENVENIDO CARMONA
001-1393656-1
335837

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