Decreto Nº 86-21. Que establece el reglamento de composición y funcionamiento del consejo de seguridad y defensa nacional.

Fecha de publicación23 Febrero 2021
Número de Decreto86-21
Fecha de disposición12 Febrero 2021
Número de Gaceta11010
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VISTO: El Decreto núm. 6-14, del 30 de enero de 2014, que declara de utilidad pública e
interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintos
municipios del país, para ser utilizadas en la construcción de aulas.
VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del
29 de julio de 1943.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se excluye de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm. 6-14, del 30
de enero de 2014, en su artículo 1, numeral 18, la parcela que se detalla a continuación:
Parcela
Superficie m2
Municipio
Provincia
401482530998
486.00
Santo Domingo Este
Santo Domingo
Artículo 2. Envíese al registrador de títulos de Santo Domingo y al Ministerio de Educación,
para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los doce (12) días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021), año
177 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. No. 86-21 que establece el Reglamento de Composición y Funcionamiento del
Consejo de Seguridad y Defensa Nacional. G. O. No. 11010 del 23 de febrero de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 86-21
establece la inviolabilidad de la soberanía, su condición de Estado libre e independiente de
todo poder extranjero y el principio de la no intervención, el cual constituye una norma
invariable de la política internacional dominicana.

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