FALSIFICACIÓN DE MEDICAMENTOS QUE HACER

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"FALSIFICACIÓN DE MEDICAMENTOS ¿QUÉ HACER?"

Vanessa Cabrera Almonte

Asociada Senior de Troncoso Leroux.

vcabrera@troncosoleroux.do

Resumen: Se identifican y examinan las normas jurídicas locales más importantes para contrarrestar la falsificación de medicamentos, así como los organismos del Estado competentes contra este ilícito..

Palabras Claves: Falsificación edicamentos, protección a la salud, violación a la propiedad industrial, marcas, patentes, competencia desleal, protección al consumidor, defensa de la competencia, medidas cautelares, propiedad intelectual, República Dominicana.

INTRODUCCIÓN

Durante años, la economía mundial ha sido objeto de un proceso de evolución tecnológica y crecimiento acelerado de la innovación. La industria farmacéutica ha jugado un papel trascendental dentro de este proceso debido a las cuantiosas inversiones realizadas por este sector en investigación y desarrollo de medicamentos novedosos que salvan vidas y ayudan a mejorar la salud.

Para incentivar la creación de nuevos medicamentos, evitar la competencia desleal y riesgos a la salud humana, resulta relevante salvaguardar los derechos de propiedad industrial que tienen incidencia en este ámbito, tales como los derechos de marcas sobre los signos que identifican los productos farmacéuticos en el comercio y los derechos de patentes sobre los resultados de las invenciones. En general, una adecuada protección de la propiedad industrial fomenta la innovación, el comercio legítimo y contribuye a preservar la salud.

Si bien los derechos de propiedad industrial son reconocidos de manera armonizada internacionalmente, estos se han visto vulnerados por el grave problema de la falsificación de medicamentos que existe desde hace décadas.

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), los medicamentos falsificados constituyen el 10 % del mercado mundial del rubro de los productos farmacéuticos, cifra que aumenta al 21 % en los países en vía de desarrollo (10 % en la República Dominicana).

NORMATIVA APLICABLE Y ORGANISMOS QUE INTERVIENEN EN LA BATALLA CONTRA EL DELITO DE FALSIFICACIÓN DE MEDICAMENTOS

La Ley General de Salud No. 42-01 es el instrumento legal de mayor relevancia en la lucha contra la falsificación de medicamentos, al tipificar de manera expresa esta infracción y catalogarla como crimen.

Esta tipificación fue producto de la modificación introducida por la Ley No. 22-06, la cual incorporó notables cambios respecto a la falsificación de medicamentos, tales como las siguientes:

  1. la inclusión en el artículo 170 de la Ley 42-01 del concepto de medicamento falsificado, definido como "aquel cuya etiqueta o envase engaña de forma deliberada y fraudulenta acerca de su identidad, origen o contenido. La falsificación se aplica, tanto a los medicamentos con denominación comercial, como a los genéricos e incluye productos con ingredientes adecuados, con ingredientes inadecuados, sin ingredientes activos, con cantidades inadecuadas de ingredientes activos con un envasado falsificado. A la vez comprende, todo medicamento que no cumpla con los requisitos del registro sanitario vigente en la República Dominicana", y

  2. la incorporación, de manera expresa, del crimen de falsificación de medicamentos en el numeral 8 de su artículo 156, disponiendo que se considerarán crímenes y serán...

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