Ley Nº 344-21. De desafectación de una porción de terreno de 9,470.77 metros cuadrados, manzana no.5453, solar no.1. d.c. no.1, municipio santo domingo norte, provincia santo domingo.

Fecha de disposición10 Enero 2021
Número de Ley344-21
Fecha de publicación15 Enero 2021
Número de Gaceta11047
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Ley No.344-21 de Desafectación de una porción de terreno de 9,470.77 metros
cuadrados, manzana No.5453, solar No.1. D.C. No.1, municipio Santo Domingo Norte,
provincia Santo Domingo. G. O. 11047 del 15 de diciembre de 2021.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Ley No. 344-21
Considerando primero: Que el Ayuntamiento del municipio Santo Domingo Norte es una
entidad descentralizada territorialmente, dotada de personería jurídica, con autonomía
política, administrativa, fiscal, funcional y territorial de derecho público, creada por ley para
ejercer el gobierno del municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, para
gestionar los intereses propios de la colectividad local, de conformidad y con las condiciones
que la Constitución y las leyes determinen.
Considerando segundo: Que, dentro de las funciones principales del Ayuntamiento del
municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, está la preservación y
recuperación de los bienes muebles e inmuebles de su propiedad, según lo establecido en la
Ley núm.176-07, del 17 de julio de 2007, del Distrito Nacional y los Municipios.
Considerando tercero: Que el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), como institución
rectora y reguladora del sector vivienda del Estado dominicano, solicitó al Ayuntamiento del
municipio Santo Domingo Norte la donación de una porción de terreno para la ejecución de
un proyecto habitacional en beneficio de los habitantes del municipio Santo Domingo Norte
que no poseen un techo digno y seguro.
Considerando cuarto: Que mediante Resolución núm.84-18, del 13 de noviembre del año
2018, el Concejo de Regidores del Ayuntamiento Santo Domingo Norte aprobó la donación
de una porción de terreno, ascendente a la cantidad de nueve mil cuatrocientos setenta puntos
setenta y siete metros cuadrados (9,470.77 m2), ubicada dentro de la manzana 5453, solar
núm.1, del distrito catastral núm.1, del municipio Santo Domingo Norte, para la construcción
de un proyecto habitacional en beneficio de personas de escasos recursos que no poseen un
techo digno y seguro en el referido municipio.
Considerando quinto: Que mediante resolución emitida por el Tribunal Superior de Tierras
del Distrito Nacional, en fecha quince (15) de abril del año dos mil cinco (2005), se declaró
como área verde la porción de terreno ubicada dentro de la manzana 5453, solar núm.1,
distrito catastral núm.1, del municipio Santo Domingo Norte, con una extensión superficial
de nueve mil cuatrocientos setenta punto setenta y siete metros cuadrados (9,470.77 mt2),
que había sido donada por el Ayuntamiento del municipio Santo Domingo Norte a favor del
Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), lo que dio lugar a la construcción de un importante
proyecto habitacional en provecho de los munícipes de Santo Domingo Norte.

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