Tesis Jurisprudencial de 23 de Septiembre de 1992 sobre PERENCION DE INSTANCIA EFECTOS.

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 1992

PERENCION DE INSTANCIA. EFECTOS:

Que los efectos de la perención son los de dar a la Sentencia que ha sido objeto de la apelación la autoridad de la cosa juzgada, de acuerdo con lo que establece el artículo 469 del Código de Procedimiento Civil; que además la Sentencia dictada por la Corte de Apelación de La Vega el 16 de julio de 1982, fue casada por Sentencia de la Suprema Corte de Justicia, según se expresase antes, y por tanto, no puede tener la autoridad de la cosa juzgada...

Sentencia No. 22, 23-09-92, B.J. 980-982, páginas 1130.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR