Tesis Jurisprudencial de 2 de Septiembre de 1998 sobre RECURSO DE CASACION. ACTO DE EMPLAZAMIENTO NULO. RECURSO DECLARADO INADMISIBLE.

Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 1998

RECURSO DE CASACION. ACTO DE EMPLAZAMIENTO NULO. RECURSO DECLARADO INADMISIBLE:

Que el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil, declara la nulidad de los emplazamientos que no han sido hechos de conformidad con el artículo 68 del mismo Código; que esta disposición que es aplicable en todas las materias que es aplicable en toda materia que no haya sido excluida de manera expresa, dispone que los emplazamientos deben notificarse a la misma persona o en su domicilio; que constituyen igualmente emplazamientos, no sólo la notificación del acto introductivo de la demanda con que se inicia la litis, sino también el acto con que se introducen los recursos de apelación y casación;

Que por otra parte, el párrafo inicial del Artículo 6 de la Ley sobre Procedimiento de Casación exige de manera expresa que el emplazamiento debe dirigirse a la parte contra quien se dirige el recurso, encabezado el mismo con una copia del memorial de casación y una copia del auto del Presidente de la Suprema Corte de Justicia autorizando a emplazar, que si el recurrido comparece en la forma que indica el párrafo final del Artículo 36 de la Ley 834 de 1978, de aplicación general, con el propósito de invocar la irregularidad del emplazamiento y por tanto su inefectividad, debe hacerse derecho al pedimento, si la irregularidad es comprobada y afecta, como en la especie, una formalidad sustancial y de orden público;

Que ha sido juzgado por esta Suprema Corte de Justicia que las formalidades requeridas por la ley para la interposición de los recursos son sustanciales y que no...

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