Resolución Administrativa General Nº 00225-2019 Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), 24 Noviembre 2021
Fecha | 24 Noviembre 2021 |
Número de resolución | 00225-2019 |
República Dominicana
Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales
"Año de la lnnovación y la Competitividad"
RESOLUCION ADMINISTRATIVA No. 00225-2019
PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS NUEVAS COBERTURAS CONVENIDAS EN
EL ACUERDO DE FECHA 17 OCTUBRE DE 2019, APROBADO POR EL CNSS
MEDIANTE LA RESOLUCION NO. 482.07
La SUPERINTENDENCIA DE SALUD Y RIESGOS LABORALES (SISALRIL),
entidad autónoma del Estado, creada por la Ley No.87-01, de fecha 9 de mayo de
2001, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), debidamente
representada por su Superintendente, Dr. Pedro Luis Castellanos.
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República Dominicana en su Artículo
60 establece que: "Toda persona tiene derecho a la seguridad social. El Estado
estimulará el desarrollo progresivo de la seguridad social para asegurar elacceso
universal a una adecuada protección en la enfermedad, discapacidad,
desocupación y la vejez."
que toda persona tiene derecho a la salud integral y que el Estado debe velar por
la protección de la salud de todas las personas.
CONSIDERANDO: Que en fecha 9 de mayo del año 2001, fue promulgada la Ley
de desarrollar los derechos y deberes recíprocos del Estado y de los ciudadanos
en lo concerniente al financiamiento para la protección de la población contra los
riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobrevivencia,
enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales.
resoluciones de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales constituyen
normas reguladoras del Sistema Dominicano de Seguridad Social.
el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobará un catálogo detallado
con los servicios que cubre el Plan Básico de Salud.
Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) tienen como función asumir y
administrar el riesgo de la provisión de la cobertura del Plan Básico de Salud
(PBS), a una determinada cantidad de beneficiarios, mediante un pago per cápita
previamente establecido por el CNSS.
;;""-f"/ ;-"'"-F*^/ c Av-27 de Febrero No. 261 o Edificio SISALRIL ¡ Ensanche Piantini o Santo Domingo, R.D.
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