Resolución Administrativa General Nº 00096-2006 Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), 06 Abril 2021
Fecha | 06 Abril 2021 |
Número de resolución | 00096-2006 |
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Av. 27 de Febrero No. 261, Edificio El Clavel
Santo Domingo, República Dominicana, Teléfono (809) 227-4050, Fax (809) 540-3640
Correo electrónico (e-mail): bdefillo@sisalril.gov.do, bdefillo@scodetel.net.do, supersalud@sisalril.gov.do
RESOLUCION ADMINISTRATIVA NO. 00096-2006
SOBRE ACTUALIZACION DE CARTERAS DE AFILIADOS
La SUPERINTENDENCIA DE SALUD Y RIESGOS LABORALES (SISALRIL) entidad
autónoma estatal, constituida y organizada de conformidad con la Ley No.87-01, de fecha 9 de mayo
del 2001, debidamente representada para todos los fines y consecuencias legales por su
Superintendente, el Dr. Bernardo Augusto Defilló Martínez;
CONSIDERANDO: Que la Ley 87-01 del 9 de mayo del 2001, en el numeral 9 de su artículo 2,
faculta a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), a establecer las normativas
complementarias reguladoras del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), en especial en lo
relativo al Seguro Familiar de Salud.
CONSIDERANDO: Que el artículo 174 responsabiliza al Estado Dominicano como garante final
frente a los afiliados de los beneficios que le otorga el Sistema Dominicano de Seguridad Social,
adoptando todas las previsiones y acciones que establece la referida Ley y sus normas
complementarias.
CONSIDERANDO: Que ante la próxima entrada del Seguro Familiar de Salud, es necesario que las
ARS habilitadas procedan a la actualización de sus carteras de afiliados ante la Empresa Procesadora
de la Base de Datos (EPBD-UNIPAGO) a fin de contar con una base de datos depurada.
Seguridad Social (SDSS) y el Reglamento para la Organización y Regulación de las ARS y las
Resoluciones Administrativas Nos. 00054-2005, 00069-2005 y 00075-2004.
POR TALES MOTIVOS Y EN EL ENTENDIDO DE QUE LOS PRECEDENTES
CONSIDERANDOS FORMAN PARTE INTEGRAL DE LA PRESENTE, ESTA
SUPERINTENDENCIA EMITE LA SIGUIENTE
RESOLUCION:
PRIMERO: Se ORDENA a todas las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) habilitadas
cargar sus carteras actualizadas de afiliados en la EPBD-UNIPAGO a partir del día 11 de diciembre
del 2006, de acuerdo al procedimiento para la actualización de carteras de las ARS aprobado
mediante resolución No. 00069-2005.
SEGUNDO: Se AUTORIZA a UNIPAGO a proceder a la depuración y cruce de las carteras de
afiliados enviadas por todas las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) antes del 31 de
diciembre del 2006 y a informar a la SISALRIL sobre los ajustes de carteras que las ARS realicen.
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