Resolución nº 01-2014 del Consejo del Poder Judicial, 24-04-2014

Fecha de la decisión24 Abril 2014
Número de resolución01-2014
EmisorConsejo del Poder Judicial
REPÚBLICA DOMINICANA
CONSEJO DEL PODER JUDICIAL
_____________________________________________________________________________________________
Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza,
Maimón y Estero Hondo, D. N. • Tel.: 809-533-3191 • Email: consejopoderjudicial@suprema.gov.do
1
Edgar Torres Reynoso, Secretario General del Consejo del Poder
Judicial, de acuerdo a lo establecido en el numeral 8) del artículo 31 de
la Ley 28-11, Orgánica del Consejo del Poder Judicial, Certifico que en
los archivos a mi cargo existe una resolución de fecha veinticuatro (24)
de marzo de dos mil catorce (2014), que dice así:
Resolución No. 01-2014, que establece el Reglamento para la Tramitación de las
Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones en Materia Laboral.
Dios, Patria y Libertad
República Dominicana
En nombre de la República, el Consejo del Poder Judicial,
regularmente constituido por los magistrados Dr. Mariano Germán
Mejía, Presidente; Dulce María Rodríguez, Samuel Arias Arzeno,
Francisco Arias y Elías Santini, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito
Nacional, hoy 24 de marzo de 2014, 171 años de la Independencia y 151
de la Restauración, dicta en Cámara de Consejo, el siguiente
reglamento:
Vista, la Ley No. 28-11, de fecha 20 de enero de 2011, Orgánica del
Poder Judicial;
REPÚBLICA DOMINICANA
CONSEJO DEL PODER JUDICIAL
_____________________________________________________________________________________________
Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza,
Maimón y Estero Hondo, D. N. • Tel.: 809-533-3191 • Email: consejopoderjudicial@suprema.gov.do
2
Vista, la Ley No. 153, de fecha 27 de mayo de 1998, sobre
Telecomunicaciones;
Vista, la Ley No. 821, de fecha 21 de noviembre de 1927, sobre
Organización Judicial;
Vista, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de fecha 10
de diciembre del año 1948;
Vista, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del
Hombre, de fecha 2 de mayo de 1948;
San José, de fecha 22 de noviembre de 1969;
Visto, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, de
fecha 6 de noviembre de 1966;
Vista, la Ley No. 16-92, de fecha 29 de mayo de 1992 (Código Trabajo
de la República Dominicana);
REPÚBLICA DOMINICANA
CONSEJO DEL PODER JUDICIAL
_____________________________________________________________________________________________
Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza,
Maimón y Estero Hondo, D. N. • Tel.: 809-533-3191 • Email: consejopoderjudicial@suprema.gov.do
3
Vista, la Ley No. 126-02, de fecha 4 de septiembre del 2002, sobre
Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales; en lo adelante
LCE.
Vista, la Resolución No. 1732-2005, de fecha 15 de septiembre de 2005,
de la Suprema Corte de Justicia; contentiva del Reglamento para la
Tramitación de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones Judiciales
de la Jurisdicción Penal.
EN CONSIDERACIÓN A QUE:
1. El Artículo 8 de la Constitución de la República reconoce como
finalidad principal del Estado asegurar de manera efectiva los
derechos fundamentales de la persona humana, entre los cuales
se incluyen el derecho a ser oído con las garantías consagradas
por la misma Constitución, la Convención Americana de
Derechos Humanos y el Pacto Internacional de los Derechos
Civiles y Políticos;
2. El Artículo 8 de la precitada Ley No. 28-11 establece las
atribuciones administrativas del Consejo del Poder Judicial;
3. La precitada Resolución No. 1732-2005 fue creada para
reglamentar la tramitación de notificaciones, citaciones y

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