Resolución nº 20/2015 del Consejo del Poder Judicial, 14-09-2015

Fecha de la decisión14 Septiembre 2015
Número de resolución20/2015
EmisorConsejo del Poder Judicial
REPÚBLICA DOMINICANA
CONSEJO DEL PODER JUDICIAL
Procesado: Efraín Silva Mercedes
_____________________________________________________________________________________________________________________
Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza,
Maimón y Estero Hondo, D. N. • Tel.: 809-533-3191 • Email: consejopoderjudicial@suprema.gov.do
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Edgar Torres Reynoso, Secretario General del Consejo del Poder Judicial, de acuerdo a
lo establecido en el numeral 8) del artículo 31 de la Ley 28-11, Orgánica del Consejo del
Poder Judicial, Certifico que en los archivos a mi cargo existe una resolución de fecha
diez (10) de noviembre de dos mil quince (2015), que dice así:
Resolución No. 20/2015
Dios, Patria y Libertad
República Dominicana
En Nombre de la República, el Consejo del Poder Judicial, regularmente
constituido por los Consejeros: Mariano Germán Mejía, Presidente; Dulce María
Rodríguez de Goris, Francisco Arias Valera y Elías Santini Perera; asistido del Secretario
General, en la Sala de Audiencias, sita en la sexta planta del edificio que aloja a la
Suprema Corte de Justicia y al Consejo del Poder Judicial; en la ciudad de Santo
Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República, hoy diez (10) de
noviembre de 2015, años 172° de la Independencia y 152° de la Restauración, en sus
atribuciones de jurisdicción disciplinaria, dicta la siguiente resolución:
Con relación al juicio disciplinario seguido al Mag. Efraín Silva Mercedes, Juez
del Tribunal de Ejecución de la Sanción de la Persona Adolescente de San Pedro de
Macorís; procesado por alegada violación a los artículos 66 numeral 2, y el artículo 10
de la Ley 327-98, sobre Carrera Judicial; artículo 44 numeral 7 de la Resolución que
establece el Reglamento de Carrera Judicial, de fecha 1° de noviembre del 2000; el
artículo 150 numerales 2, 6 y 35 del Código de Comportamiento Ético del Poder
REPÚBLICA DOMINICANA
CONSEJO DEL PODER JUDICIAL
Procesado: Efraín Silva Mercedes
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Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza,
Maimón y Estero Hondo, D. N. • Tel.: 809-533-3191 • Email: consejopoderjudicial@suprema.gov.do
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Judicial, creado mediante la Resolución Núm. 2006 -2009, de fecha 30 junio del 2009;
y el artículo 82 del Código Iberoamericano de Ética Judicial;
Oído: al alguacil de turno en la lectura del rol;
Oído: al alguacil llamar al procesado Magistrado Efraín Silva Mercedes, quien
estando presente declaró sus generales de ley; al efecto, dominicano, mayor de edad,
portador de la cédula de identidad y electoral No. 023-0024915-4, domiciliado y
residente en la calle Esteban Suazo, No. 4 del Sector Enriquillo, Provincia San Pedro de
Macorís, República Dominicana, Teléfono Residencial 809-529-6843, celular 809-753-
6843;
Oídos: a los denunciantes Rosalinda Richiez Castro, Sergio Rafael Mejía Padrón,
Luis Puente Ortiz, Francisca Guillén, José Hazim Frappier, presentar sus generales en el
presente juicio disciplinario;
Oído: al Dr. Jacobo Antonio Zorrilla Báez, conjuntamente con el Dr. Jesús Manuel
Fabián Rivera, manifestar que asisten de manera técnica al Magistrado Efraín Silva
Mercedes, procesado en el presente juicio disciplinario;
Oído: al Lic. Rafael Eduardo Reyes, quien actúa a requerimiento de la Fundación
para el Desarrollo de la Microempresa (FUNDEMI), debidamente representada por el
Lic. Miguel Ángel de la Rosa;
Oído: al Lic. Máximo Mercedes Madrigal, quien ostenta la representación de los
denunciantes Comercial Mejía, S.R.L., Dra. Rosalinda Richiez Castro, y de los señores
Luis Puente y Francisca Guillen, ratifica las calidades de audiencia anterior;
REPÚBLICA DOMINICANA
CONSEJO DEL PODER JUDICIAL
Procesado: Efraín Silva Mercedes
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Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza,
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Oído: al Dr. Mario Carbucia Hijo, por si y por su padre, el Dr. Mario Carbucia, en
representación del denunciante Dr. José Hazim Frappier, Presidente del Consejo
Superior Universitario de la Universidad Central del Este (UCE); -
Oído: al testigo a descargo de la parte procesada, Abraham Ortiz Cotes;
Oídas: las declaraciones de los denunciantes Rosalinda Richiez Castro, Luis
Puente Ortiz, Francisca Guillén, Sergio Rafael Mejía Padrón y Miguel Ángel De La Rosa
(el ultimo, en calidad de Presidente de la Fundación para el Desarrollo de la
Microempresa);
Oído: al Dr. Víctor Robustiano Peña, Procurador General Adjunto de la
República;
Resulta: que, mediante el Oficio DMP Núm. 127/14, de fecha 23 de junio del
2014, el Dr. Mariano Germán Mejía, Presidente de la Suprema Corte de Justicia y del
Consejo del Poder Judicial, comisionó a la Inspectoría General del Poder Judicial a los
fines de investigar el comportamiento del Magistrado Efraín Silva Mercedes, por
denuncias hechas por la Dra. Rosalinda Richiez Castro, Comercial Mejía C. por A. y la
Fundación para el Desarrollo de Microempresa (FUNDEMI);
Resulta: que, mediante Comunicación IG Núm. 0663/14, de fecha 24 de
noviembre de 2014, fue remitido al Consejo del Poder Judicial el Informe de Inspección
de Conocimiento al Mag. Efraín Silva Mercedes, Juez del Tribunal de Ejecución de la
Sanción de la Persona Adolescente de San Pedro de Macorís;
Resulta: que, en fecha 3 diciembre del 2014, mediante Acta No. 48-2014, el
Consejo del Poder Judicial decidió remitir a juicio disciplinario al Magistrado Efraín

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