Resolución Nº 308-2022 de Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, 2022
Año | 2022 |
Número de resolución | 308-2022 |
m
GOBIERNO
DE
LA
REPÚBLICA
DOMINICANA
INDUSTRIA,
COMERCIO
YMIPYMES
30
8-202
2
RESOLUCIÓN
No.
EL
MINISTRO
DE
INDUSTRIA,
COMERCIO
Y
MIPYMES
CONSIDERANDO:
Que
según
las
disposiciones
dei
artícuio
1
de
ia
Ley
No.
37-17
de
fecha
cuatro
(4)
de
febrero
de
dos
mii
diecisiete
(2017)
(G.0.10901),
modificada
por
ia
Ley
No.
10-21
de
fecha
once
(11)
de
febrero
de
dos
mii
veintiuno
(2021),
que
reorganiza
ei
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
es
ei
órgano
rector
y
encargado
de
ia
formulación,
adopción,
seguimiento,
evaluación
y
control
de
las
políticas
relativas
a
la
comercialización,
control
y
abastecimiento
del
mercado
del
petróleo
y
demás
combustibles.
CONSIDERANDO:
Que
conforme
a
lo
dispuesto
por
el
artículo
2,
numerales
1)
y
12)
de
la
misma
Ley
No.
37-17,
el
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM)
tiene
las
atribuciones
de
establecer
la
política
nacional
y
aplicar
las
estrategias
para
el
desarrollo,
fomento
y
competitividad
de
la
industria
y
el
comercio
interno,
incluida
la
comercialización,
el
control
y
el
abastecimiento
del
mercado
de
petróleo
y
demás
combustibles
y
se
encuentra
facultado
para
analizar
y
decidir,
mediante
resolución,
sobre
las
solicitudes
de
concesiones,
licencias,
permisos
o
autorizaciones
relativas
a
las
actividades
de
comercialización
de
derivados
de
petróleo
y
demás
combustibles,
así
como
de
su
caducidad
o
renovación.
CONSIDERANDO:
Que
el
párrafo
II
del
artículo
2
de
la
Ley
No.
37-17,
enumera
taxativamente
las
actividades
que
componen
el
proceso
de
comercialización
de
los
derivados
del
petróleo
y
demás
combustibles,
incluyéndose
dentro
de
las
mismas,
la
Importación
y
reexportación;
construcción
y
operación
de
terminales
de
importación,
depósitos
y
almacenamiento
y
venta
al
por
mayor
y
al
detalle.
CONSIDERANDO:
Que
el
Decreto
No.
307-01
de
fecha
dos
(2)
de
marzo
de
dos
mil
uno
(2001),
que
establece
el
Reglamento
de
Aplicación
de
la
Ley
Tributaria
de
Hidrocarburos
No.
112-00,
de
fecha
veintinueve
(29)
de
noviembre
de
dos
mil
(2000),
modificado
por
el
de
fecha
catorce
(14)
de
junio
de
dos
mil
veintidós
(2022),
confiere
al
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
las
atribuciones
de
regular
y
supervisar
las
actividades
de
importación,
distribución,
transporte
y
expendio
de
productos
derivados
del
petróleo,
y
todo
lo
concerniente
al
comercio
interno
de
estos
productos.
CONSIDERANDO:
Que
la
de
Movilidad,
Transporte
Terrestre,
Tránsito
y
Seguridad
Vial,
de
fecha
veintiuno
(21)
de
febrero
de
dos
mil
diecisiete
(2017),
en
su
artículo
41
numeral
5)
A
Página
1
de
14
2022
/
J
G
DIESEL,
S.R.L.
/
RENOVACIÓN
Y
MODIFICACIÓN
DE
LICENCIA
DE
TRANSPORTE
A
DOMICILIO
Y
VENTA
A
GRANEL
DE
COMBUSTIBLES
DIÉSEL
(GASOIL)
Y
FUEL
OIL
NO.
6
(BUNKER
C)
MEDIANTE
UNIDADES
DE
TANQUE
INTEGRADO.
Torre
MICM
Avenida
27
de
Febrero
306
Bella
Vista
Apartado
Postal
10121
Santo
Domingo
República
Dominicana
TELÉt-ONO
309
68S
bl71
DESDE
EL
INTERIOR
B09
200
bl71
MICH.GOB.DO
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba