Sentencia nº 1003 de 2ª Sala de la Camara Penal, 13 de Noviembre de 2002

Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2002
EmisorSegunda Sala de la Camara Penal

FECHA 13/11/2002

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) DOMINGO RUIZ RAMÍREZ Y D.D.B.R.DOMINGOR.R.Y.D.D.B. RAMÍREZ

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicial

502-02-00562

LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida, en el salón donde acostumbra celebrar sus audiencias públicas, situado en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, integrada por los Magistrados DR. JULIO E.B.P., juez presidente; LIC. M.G.B., J.; D.R.H.G.P., J.; Presente la LICDA. DULCE QUIÑONES, abogado ayudante del Procurador General de la Corte de Apelación de Santo Domingo, asistidos de la infrascrita Secretaria y de la Alguacil de Estrados de turno, N.M., en sus atribuciones criminales, se ha constituido en audiencia pública para conocer el recurso de apelación interpuesto por a) DOMINGO RUIZ RAMIREZ (A) ÑENGUE, a nombre y representación de si mismo, en fecha dieciocho (18) del mes de junio del año dos mil dos (2002) y b) D.D.B.M., a nombre y representación de si mismo, en fecha dieciocho (18) de junio del año dos mil dos (2002), ambos en contra de la sentencia No. 186-02, de fecha dieciocho (18) del mes de junio del año dos mil dos (2002), dictada por la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones criminales, Y EN VIRTUD DE LAS DISPOSICIONES DE LOS ARTÍCULOS 265, 266, 379 y 385 DEL CÓDIGO PENAL DOMINICANO; ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA, POR AUTORIDAD DE LA LEY Y OIDO EL DICTAMEN DEL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, DICTA EN AUDIENCIA PUBLICA DE FECHA TRECE (13) DEL MES DE NOVIEMBRE EL AÑO DOS MIL DOS (2002), LA SIGUIENTE SENTENCIA, CUYO DISPOSITIVO DICE ASI

FALLA

PRIMERO

Declara buenos y válidos, en cuanto a la forma, los recursos de apelación interpuestos por: a) DOMINGO RUIZ RAMIREZ (A) ÑENGUE, a nombre y representación de si mismo, en fecha dieciocho (18) del mes de junio del año dos mil dos (2002) y b) D.D.B.M., a nombre y representación de si mismo, en fecha dieciocho (18) de junio del año dos mil dos (2002), ambos en contra de la sentencia No. 186-02, de fecha dieciocho (18) del mes de junio del año dos mil dos (2002), dictada por la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR