Sentencia nº 950 de 1ª Sala de la Camara Penal, 6 de Noviembre de 2001

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2001
EmisorPrimera Sala de la Camara Penal

FECHA 6/11/2001

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) MORENO VICIOSO TORRES.MORENO VICIOSO TORRES

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicial

027-99-00700

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de noviembre del año dos mil uno (2001), año 158 de la Independencia y 139 de la Restauración

LA PRIMERA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida en su sala de audiencia, sito en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, compuesta por los jueces DR. N.D.F., Juez; LIC. E.V.A., J.; y DRA. CARMEN FORTUNA BELLIARD; Juez Interina; presente el DR. G.A.A., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, asistidos de la secretaria ad-hoc

Siendo las nueve (9:00) horas de la mañana del día antes mencionado, el M.J.P. declara abierta la audiencia a fin de conocer el recurso de apelación interpuesto por el DR. JOSE A. SANTANA PEÑA en representación del nombrado MORENO VICIOSO TORRES, en fecha veintiuno (21) de diciembre de 1998; contra sentencia de fecha diez (10) de diciembre de 1998, dictada por la Cuarta Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones criminales, cuyo dispositivo se copiará al final de esta sentencia

OIDO: Al Ministerial de turno en la lectura del rol

LLAMADO: Al acusado MORENO VICIOSO TORRES, de generales de Ley, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad personal No. 511191-1, obrero, domiciliado y residente en la calle 9 No. 10, del sector Los Guaricanos de esta ciudad

LLAMADO: A la agraviada A.V., de generales de Ley, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad personal No. 7117202, ama de casa, domiciliada y residente en El Seybo

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de la defensa, a los fines de que vierta sus calidades

OIDO: A la LIC. DARKIS DE LEON, abogado de oficio de esta Corte, quien actúa en nombre y representación del señor MORENO VICIOSO TORRES, a los fines de asistirlo en sus medios de defensa

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público, para que apodere a la Corte del expediente de que se trata

OIDO: Al DR. G.A.A., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, hacer la exposición del hecho objeto de la presente prevención y apoderar formalmente a la Corte del presente expediente

OIDO: A.M.J.P., manifestar a las partes si existe alguna oposición o pedimento previo al conocimiento del presente proceso

OIDO: A las partes manifestar a la Corte que no tienen oposición al conocimiento de la causa

OIDO: A.M.J.P., ordenar por secretaría la lectura de la sentencia de fecha diez (10) de diciembre de 1998 dictada por la Cuarta Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y el recurso de apelación interpuesto por el DR. JOSE A. SANTANA PEÑA en representación del nombrado MORENO VICIOSO TORRES, en fecha veintiuno (21) de diciembre de 1998

OIDO: A la agraviada A.V., en sus declaraciones ofrecidas a la Corte

OIDO: A.M.J.P., ordenar por secretaría la lectura de las declaraciones de los testigos ante el Juzgado de Instrucción y al acta médico legal

OIDO: Al acusado MORENO VICIOSO TORRES, en sus declaraciones ofrecidas a la Corte

VISTAS: Las piezas y documentos que obran en el expediente

OIDO: A.M.J.P. cerrar la instrucción del proceso, abrir los debates y ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público, a los fines de que pronuncie su dictamen

OIDO: A.D.G.A.A., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, en sus motivos y dictamen el cual finaliza de la siguiente manera: "PRIMERO: Que se declare bueno y válido en cuanto a la forma, el presente recurso de apelación por estar hecho de conformidad con la Ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo que se confirme la sentencia dada en primer grado; TERCERO: Que se condene al acusado al pago de las costas"

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de la defensa, a los fines de que vierta sus alegatos y posteriores conclusiones

OIDO: A la LIC. DARKIS DE LEON, abogado de oficio de esta Corte constituido de la defensa en sus motivos y conclusiones, las cuales finalizan de la siguiente manera: "PRIMERO: Que se declare bueno y válido en cuanto a la forma el recurso de apelación por haber sido hecho conforme a lo que dispone la ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo que esta honorable Corte actuando por propia autoridad tenga a bien modificar la sentencia recurrida y en consecuencia el nombrado MORENO VICIOSO TORRES, se le imponga cinco (5) años de reclusión, acogiendo a su favor amplias circunstancias atenuantes en virtud de lo que establece el artículo 463 del Código Penal; TERCERO: Que se condene al pago de las costas"

LA PRIMERA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, DESPUES DE HABER DELIBERADO

CONSIDERANDO: Que esta Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo ha sido apoderada del recurso de apelación interpuesto por el Dr. JOSE A. SANTANA PEÑA, en representación del nombrado MORENO VICIOSO TORRES, en fecha 21 de diciembre de 1998, en contra de la sentencia de fecha 10 de diciembre de 1998, dictada por la Cuarta Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional en atribuciones criminales, que condenó al recurrente a sufrir la pena de dieciséis (16) años de reclusión mayor, por violación a las disposiciones de los artículos 295 y 304 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de JULIO S.V., además al pago de las costas penales del proceso

CONSIDERANDO: En cuanto a la forma, el recurso interpuesto por el inculpado, por intermedio de su abogado, es regular y válido por haberse intentado conforme a la ley

CONSIDERANDO: En cuanto al fondo, mediante oficio No. 26970 de fecha 15 de diciembre de 1997 del Consultor Jurídico de la Policía Nacional al Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, fue sometido a la acción de la justicia el nombrado MORENO VICIOSO TORRES y un tal PACHUCO, éste último prófugo, sospechoso el primero de homicidio voluntario en perjuicio de JULIO SANTANA VALENZUELA (a) CHICHI, a quien dio muerte con un cuchillo que portaba, hecho ocurrido en fecha 6 de diciembre de 1997, en el Batey La Estrella Sector Los Guaricanos, Distrito Nacional, en violación a los artículos 49, 50, 295 y 304 del Código Penal

CONSIDERANDO: Que apoderado...

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