Sentencia nº 34 de 2ª Sala de la Camara Penal, 28 de Noviembre de 2002

Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2002
EmisorSegunda Sala de la Camara Penal

FECHA 28/11/2002

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) MECHY DÍAZ DE LA CRUZ, I.H.F.Y.E. DÍAZ DE LA CRUZ MECHY DÍAZ DE LA CRUZ Y ELÍAS DÍAZ DE LA CRUZ

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicial

No. 027-00-00667

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

En la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días de mes de noviembre del año dos mil dos (2002) año 159 de la Independencia y 139 de la Restauración

LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida, en el salón donde acostumbra celebrar sus audiencias públicas, situado en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, en la ciudad de Santo Domingo; Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, integrada por los Magistrados DR. JULIO E. BAUTISTA PEREZ, J.P.; D.M.D.S.P.G., J.; D.P.A.S.R., Juez de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, designado mediante Auto No. 210-2002, de fecha 26-11-2002, por el LIC. JOSE ARTURO URIBE EFRES, J.P. de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo, para que actúe como Juez Interino en el presente caso; Presente el DR. MERIDO DE J.T., abogado ayudante del Procurador General de la Corte de Apelación de Santo Domingo, asistidos de la infrascrita Secretaria y de la Alguacil de Estrados de turno, H.V.C., en sus atribuciones criminales, se ha constituido en audiencia pública para conocer los recursos de apelación interpuestos por: a) MECHY DIAZ DE LA CRUZ, en representación de si mismo, en fecha veintisiete (27) del mes de enero del año dos mil (2000); b) El LICDO. B.V.C., a nombre y representación de la señora I.H.F., en fecha veintisiete (27) del mes de enero del año dos mil (2000); y c) ELIAS DIAZ DE LA CRUZ, en representación si mismo, en fecha dos (02) del mes de febrero del año dos mii (2000), recursos en contra de la sentencia No. 031, de fecha veinticinco (25) del mes de enero del año dos mil (2000), dictada por la Sexta Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones criminales, cuyo dispositivo se copiará al final de esta sentencia; Siendo las doce (12:00 p.m.) horas de día antes mencionado, el M.J.P. declara abierta la audiencia a fin de conocer dichos recursos

OIDO: A.M.J.P. en la apertura de la audiencia

OIDO: Al Ministerial de turno en la lectura del rol

LLAMADO Y OIDO: Al acusado MECHY DIAZ DE LA CRUZ, en sus generales de ley, decir que es dominicano, mayor de edad, soltero, no porta cédula de identidad, obrero, domiciliado y residente en la calle Mencia No. 2, Los Mameyes, Distrito Nacional, recluido en la cárcel de la Victoria, Celda 1-2, área del P.

LLAMADO Y OIDO: Al co-acusado ELIAS DE LA CRUZ, en sus generales de ley, decir que es dominicano, mayor de edad, soltero, no porta cédula de identidad, estudiante, domiciliado y residente en la calle 8 No. 40, Sabana Centro, Distrito Nacional

LLAMADO Y OIDO: A GISELA DE LA CRUZ, en sus generales de ley, decir que es dominicana, mayor de edad, casada, portadora cédula de identidad y electoral No. 001-816822-0, doméstica, domiciliada y residente en la calle 8, esquina 9No. 40, Sabana Centro' Distrito Nacional

LLAMADO Y OIDO: A B.H.F. en sus generales de ley, decir que es dominicana, mayor de edad; soltera, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-8630-6, ama de casa, domiciliada y residente en la calle L. de O.N. 166, Los Mameyes, Distrito Nacional

LLAMADO Y OIDO: A E.D. DE LA CRUZ, en sus generales de ley, decir que es dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No. 00 1-1469523-3, estudiante, domiciliado y residente en la calle Mencia No. 2, Los Coquitos, Distrito Nacional

LLAMADO Y OIDO: A P.H.F., en sus generales de ley, decir que es dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No. 060-0014880-6, estudiante, domiciliado y residente en la calle 16 No. 159, Los Mameyes, Distrito Nacional

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de la parte civil, para que externe sus calidades

OIDO: Al DR. BIENVENIDO CUEVAS, abogado constituido, asumiendo la representación de P.F., B.H.F., R.R.E.I.H.F., en contra de MECHY DIAZ DE LA CRUZ

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de la defensa, para que externe sus calidades

OIDO: Al DR. JUAN DEL MILAGRO PEREZ Y PEREZ, abogado de oficio de esta Sala, asumiendo la defensa del acusado MECHY DIAZ DE LA CRUZ

OIDO: A.M.J.P., ofrecerle representante del Ministerio Público para que apodere expediente de que se trata. -

OIDO: Al DR. MERIDO DE J.T., abogado ayudante del Procurador General de esta Corte, hacer la exposición de hecho objeto de la presente prevención y apoderar formalmente a la Corte del expediente contentivo de los recursos de apelación de que se trata

OIDO: A.M.J.P., manifestar a las partes si existe algún pedimento o medida de instrucción previo al conocimiento del fondo del proceso

OIDO: A las partes decir a la Corte que no tienen oposición al conocimiento de los presentes recursos de apelación

OIDO: A.M.J.P., ordenarle a la Secretaria darle lectura a los siguientes documentos: a) Al dispositivo de la sentencia No. 031, de fecha veinticinco (25) del mes de enero del año dos mii (2000), dictada por la Sexta Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional; b) A los recursos de apelación interpuestos por: a) MECHY DIAZ DE LA CRUZ, en representación de si mismo, en fecha veintisiete (27) del mes de enero del año dos mil (2000); b) el LICDO. B.V.C., a nombre y representación de la señora I.H.F., en fecha veintisiete (27) del mes de enero del año dos mil (2000); y c) ELIAS DIAZ DE LA CRUZ, en representación si mismo, en fecha dos (02) del mes de febrero del año dos mii (2000)

OIDO: A GISELA DE LA CRUZ, de generales que constan, en sus declaraciones dadas por ante esta Corte

OIDO: A B.H.F., de generales que constan, en sus declaraciones dadas por ante esta Corte

OIDO: A E.D. DE LA CRUZ, de generales que constan, en sus declaraciones dadas por ante esta Corte

OIDO: A P.H.F., de generales que constan, en sus declaraciones dadas por esta Corte

OIDO: Al co-acusado ELIAS DIAZ DE LA CRUZ, de generales que constan, en sus declaraciones dadas por ante esta Corte

OIDO: Al acusado MECHY DIAZ DE LA CRUZ, de que constan, en sus declaraciones dadas por ante ésta Corte

VISTAS Y LEIDAS EN AUDIENCIA PUBLICA: Las piezas y documentos que obran en el expediente

OIDO: A.M.J.P., cerrar la instrucción del proceso y ofrecerle la palabra al representante de la parte civil para que concluya

OIDO: Al DR. BIENVENIDO CUEVAS, abogado constituido, asumiendo la representación de P.F., B.H.F., R.R.E.I.H.F., en sus motivos y conclusiones las cuales finalizan de la siguiente manera: "PRIMERO: Que se declare bueno y válido dicho recurso apelación en cuanto a la forma, por haber sido interpuestos en tiempo hábil y conforme a la Ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo, que se revoque la parte infine del ordinal 4to., referente a la indemnización DE UN (01) MILLON DE PESOS ORO DOMINICANOS (RD$1,000,000.00); TERCERO: Que se confirme en sus demás aspectos

OIDO: A.M.J.P., cerrar la instrucción del proceso y ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público para que dictamine

OIDO: Al DR. MERIDO DE J.T., abogado ayudante del Procurador General de esta Corte, en sus motivos y dictamen el cual finaliza de la siguiente manera: "PRIMERO: Que se declaren buenos y válidos dichos recursos apelación en cuanto a la forma, por haber sido interpuestos en tiempo hábil y conforme a la Ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo, que se confirme la sentencia recurrida; TERCERO: Que se condene al nombrado MECHY DIAZ DE LA CRUZ, al pago de las costas penales del proceso

OIDO Al Magistrado Juez Presidente, ofrecerle la palabra al abogado de la defensa para que concluya

OIDO: Al DR. JUAN DEL MILAGRO PEREZ Y PÉREZ, abogado de oficio de esta Sala, asumiendo la defensa del nombrado M.D. DE LA CRUZ, en sus motivos y conclusiones las cuales fina1izan de la siguiente manera: PRIMERO: Que se declare bueno y valido en cuanto a la forma, dicho recurso de apelación; por haber sido interpuesto en tiempo hábil y conforme a la Ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo, que se modifique la sentencia recurrida, acogiendo circunstancias atenuantes

LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION

DE SANTO DOMINGO DESPUES DE HABER DELIBERADO

OIDO: A.M.J.P., ordenarle al acusado ponerse de pie, darle lectura a las disposiciones legales siguientes Artículos 295, 296, 297, 298 y 302 del Código Penal Dominicano, 50 y 56 de la Ley 36, Sobre Comercio, P. y Tenencia de Armas, de fecha 1965; así como ordenar a la secretaria darle lectura a la sentencia que al respecto se dicta: LA SEGUNDA SALA DE LA CÁMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACIÓN DE SANTO DOMINGO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA y por autoridad de la Ley, en virtud de las disposiciones legales mencionadas, luego de ser oído el dictamen del representante del Ministerio Público así como las conclusiones del abogado de la defensa, en audiencia publica

OIDO: A.M.J.P., decir que la Corte se retira a deliberar

VISTO LOS DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL EXPEDIENTE

RESULTA: Que en fecha 30 de septiembre del año 1998, mediante oficio No. 3067, el Comandante del Departamento de investigación de Homicidios de la Policía Nacional, remitió al Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, el expediente a cargo del nombrado ELIAS DE LA CRUZ, como sospechoso del crimen de secuestro y violación sexual en perjuicio de la menor M.I.A.H., hecho ocurrido en fecha 13 de Agosto del año 1998

RESULTA: Que en fecha 8 de septiembre del año 1998, mediante oficio No. 3693 fue remitido por el Comandante del Departamento de Investigación de Homicidios de la Policía Nacional al Procurador Fiscal del Distrito Nacional...

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