Sentencia nº 62 de Cámara Penal, 1 de Marzo de 2004
Fecha de Resolución | 1 de Marzo de 2004 |
Emisor | Cámara Penal |
FECHA 1/3/2004
MATERIA CRIMINAL
INVOLUCRANTE (S) R.E.S.E.S.
ABOGADO (S)
INVOLUCRADO (S)
ABOGADO (S)
DECISIÓN DEL 01 DE MAR
ZO DE 2004VI
República DominicanaPoder Judicial
EXP. No. 62-2004
EN NOMBRE DE LA REPUBLICA
LA CAMARA DE CALIFICACION DEL DISTRITO NACIONAL, regularmente constituida por los Magistrados: LIC. J.A.U.E., Juez de la Corte, P.; DRA. W.S.M.M., Juez de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembro; DRA. R.R.L., Juez de la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembro; asistidos de la infrascrita Secretaria
VISTAS y examinadas todas las piezas que forman el proceso No. 62/2004 a cargo del nombrado R.E.S., inculpado del crimen de violación a los artículos 265, 266, 379 y 383 del Código Penal
VISTO: El recurso de apelación interpuesto por el DR. D.R.M., actuando a nombre y representación del nombrado R.E.S., en fecha catorce (14) de octubre del año 2003
VISTO: El auto de requerimiento y dictamen del Procurador General de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, de fecha 5 de febrero del 2004, en el cual requiere a la Cámara de Calificación confirmar la presente Providencia Calificativa
VISTO: El auto dictado por el Juez Presidente de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional en fecha 25 de febrero del 2004, convocando la Cámara de Calificación para el día 1° de marzo del 2004, conformada por los Magistrados LIC. J.A.U.E., llamándose a sí mismo a su indicada calidad, quien la presidirá; DRA. W.S.M.M., Juez de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional; DRA. R.R.L., Juez de la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miembros; F.D.B.D.M., como Secretaria General de la Cámara de Calificación del Distrito Nacional y LIC. K.S.P.S., como Encargada de la Cámara de Calificación del Distrito Nacional
CONSIDERANDO: Que el Juez de Instrucción realizó todos los actos de procedimiento de manera regular
CONSIDERANDO: Que procede declarar buenas y válidas, acogiéndolas para el presente caso, las motivaciones vertidas por el Juez de Instrucción, confirmando así la decisión dada al respecto y variar la calificación legal dada a los hechos, de violación a los artículos 265, 266, 379 y 383 del Código Penal, por la de violación a los artículos 265, 266, 379 y 384 del Código Penal
POR TALES MOTIVOS
VISTOS: Los artículos 265, 266, 379 y 384 del Código Penal; artículos 127, 134 y 135 del Código de Procedimiento Criminal, modificados por la Ley No....
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