Sentencia nº 376 de Cámara Penal, 25 de Agosto de 2004
Fecha de Resolución | 25 de Agosto de 2004 |
Emisor | Cámara Penal |
FECHA 25/8/2004
MATERIA CRIMINAL
INVOLUCRANTE (S) DOMINGO ANDRÉS ACEVEDO ORTÍZ Y HAMLET VLADIMIR PAULINO LUGO (A) FAISÁNDOMINGO ANDRÉS ACEVEDO ORTÍZ Y HAMLET VLADIMIR PAULINO LUGO (A) FAISÁN
ABOGADO (S)
INVOLUCRADO (S)
ABOGADO (S)
República DominicanaPoder Judicial
No. 376/2004
EN NOMBRE DE LA REPUBLICA
LA CAMARA DE CALIFICACION DEL DISTRITO NACIONAL, regularmente constituida por los Magistrados: DR. M.H., Juez de la Corte, P.; LIC. W.M.M., Juez de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia Distrito Nacional, Miembro; D.D.J.N.O., Juez de la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia Distrito Nacional, Miembro; asistidos de la infrascrita Secretaria
VISTAS y examinadas todas las piezas que forman el proceso No. 376/2004 a cargo de los nombrados H.V.P.L. y DOMINGO A.A.O. (a) FAISAN inculpados del crimen de violación a los artículos 265, 266, 295, 296, 297, 298 y 304 del Código Penal
VISTOS: Los recursos de apelación interpuesto por: a) el DR. T.D., en nombre y representación del nombrado DOMINGO A.A.O. en fecha cinco (05) del mes de abril del año 2004; y el b) DR. C.B., en nombre y representación del nombrado H.V.P.L. (a) FAISAN, en fecha catorce (14) del mes de abril del año 2004
VISTO: El auto de requerimiento y dictamen del Procurador General de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, de fecha 16 de julio del 2004, en el cual requiere a la Cámara de Calificación confirmar la presente Providencia Calificativa
VISTO: El auto dictado por el Juez Presidente de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional en fecha, 20 del mes de agosto del 2004 convocando la Cámara de Calificación para el día 25 del mes de agosto del 2004, conformada por los Magistrados: DR. M.H., Juez de la Corte, P.; LIC. W.M.M., Juez de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia Distrito Nacional, Miembro; D.D.J.N.O., Juez de la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia Distrito Nacional, Miembro; F.D.B.D.M., como Secretaria de la Cámara de Calificación del Distrito Nacional; la LIC. K.S.P.S., como Encargada de la Cámara de Calificación del Distrito Nacional
CONSIDERANDO: Que el Juez de Instrucción realizó todos los actos de procedimiento de manera regular
CONSIDERANDO: Que procede declarar buenas y válidas, acogiéndolas para el presente caso, las motivaciones vertidas por el Juez de Instrucción, confirmando así la
decisión dada al respecto
POR TALES MOTIVOS
VISTOS: Los artículos 265, 266, 295, 296, 297, 298 y 304 del Código Penal Dominicano; 127, 133, 134 y 135 del...
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