Sentencia Nº 030-2017-SSEN-00157 del Tribunal Superior Administrativo, 18-05-2017

Fecha de sentencia18 Mayo 2017
MateriaAmparo de Cumplimiento
Número de sentencia030-2017-SSEN-00157
Tipo de procesoAmparo de Cumplimiento

REPUBLICA DOMINICANA

PODER JUDICIAL

PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR

ADMINISTRATIVO

EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA


Sent. N.. 030-2017-SSEN-00157 Expediente núm. 0030-2017-ETSA-00415

Sol. Núm. 030-2017-AC-00027

En la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017), año ciento setenta y cuatro 174´ de la Independencia y ciento cincuenta y cuatro 154´ de la Restauración.


La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, de Jurisdicción Nacional, regularmente constituida en el salón donde acostumbra celebrar sus audiencias, sito en la calle J.S.R., No.1-A, esquina S.S., sector Gazcue, Distrito Nacional, con la presencia de sus jueces: V.E.A.P., J.P. en Funciones; M.L.C.T., J.; C.M. PEÑA PEÑA, Jueza Suplente; asistidos de la infrascrita Secretaria General, LASSUNSKY DESSYRÉ. G.V.; ha dictado en sus atribuciones de amparo, la sentencia que sigue:

CON MOTIVO DE LA ACCIÓN CONSTITUCIONAL DE AMPARO DE CUMPLIMIENTO, interpuesta por el señor JOSÉ OSCAR CASTILLO DOMINGUEZ, dominicano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-1419965-6, domiciliado en la calle Santiago, Edificio núm. 753, piso 2 Apto. 203, Sector Ciudad Universitaria, Distrito Nacional, debidamente representado y asistido por la Licda. Alexandra Cáceres y el señor A.M.V.P., mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad y electoral nos. 001-1476266-9 y 402-0069248-7, respectivamente, con domicilio en la calle Jardines del Embajador número 207, Bella Vista, del Distrito Nacional, en cuyo lugar se hace formalmente elección de domicilio para los fines y consecuencias de la presente acción.

CONTRA: el CONSEJO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, entidades públicas autónomas regidas al amparo de la Ley 87-01 del 18/05/2001, con domicilio social en el Edificio Torre de la Seguridad Social Presidente Antonio Guzmán Fernández, ubicado en la Av. Tiradentes No. 33, E.N., piso no. 7, Santo Domingo, Distrito Nacional, R.D., debidamente representada por su Gerente General el Lic. José Rafael Pérez Modesto, dominicano, casado, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral no. 001-0086842-1, domiciliado y residente en Santo Domingo, Distrito Nacional, y de este mismo domicilio. Quien tiene como abogados apoderados a la empresa Alayon, sociedad Consultora, S.R.L., empresa constituida conforme a las leyes de la R.D., debidamente representada por el Lic. Fernando Hernández Joaquín, dominicano, mayor de edad, casado, abogado de los tribunales de la Republica Dominicana, portador de la cédula de identidad y electoral no. 001-0110894-2, con estudio profesional abierto en la Av. A.L. No. 154, Edificio Comarno, Sector La Feria, Distrito Nacional, con elección de domicilio en la oficina de su abogado representado. Y por la DIDA, las Licdas. M.B. y W.E., abogados de los tribunales de la República, dominicanos, mayores de edad, portadoras de las cédulas de identidad y electoral No. 023-0122384-4 y 001-1557581-3, respectivamente, con estudio profesional abierto en la Av. Tiradentes No. 33 Torre de la Seguridad Social Presidente A.G.F., 4ta. Planta, S.D.. TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, entidad pública autónoma regida al amparo de la Ley 87-01 del 18/05/2001, con domicilio social en el Edificio Torre de la Seguridad Social Presidente A.G.F., ubicado en la Av. Tiradentes No. 33, E.N., piso no. 7, Santo Domingo, Distrito Nacional, R.D., quien tiene como abogados apoderados L.. A.G.M.D., abogados de los tribunales de la República, dominicanos. DIRECCION DE INFORMACION Y DEFENSA DE LOS AFILIADOS A LA SEGURIDAD SOCIAL, (DIDA), entidades públicas autónomas regidas al amparo de la Ley 87-01 del 18/05/2001, con domicilio social en el Edificio Torre de la Seguridad Social Presidente A.G.F., ubicado en la Av. Tiradentes No. 33, E.N., piso no. 7, Santo Domingo, Distrito Nacional, R.D., debidamente representada por el Lic. N.M., dominicana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral no. 001-0083332-6, con elección de domicilio en la oficina de sus abogadas Licdas. M.B. y W.E., abogados de los tribunales de la República, dominicanos, mayores de edad, portadoras de las cédulas de identidad y electoral No. 023-0122384-4 y 001-1557581-3, respectivamente, con estudio profesional abierto en la Av. Tiradentes No. 33 Torre de la Seguridad Social Presidente A.G.F., 4ta. Planta, S.D.. DIRECCION GENERAL DE JUBILACIONES Y PENSIONES, entidad adscrita al Ministerio de Hacienda, con RNC. 430-06194-8, representada por su Director General Ing. M. de León Pérez, dominicano, mayor de edad, casado, cédula de identidad y electoral no. 001-0523029-6, quienes hacen elección de domicilio para todos los actos relativos al presente proceso en el Edificio que alberga al Ministerio de Hacienda, ubicado en la Av. México no. 45, Sector Gazcue, Distrito Nacional, quien tiene como abogado al Licdo. D.N.B., dominicano, mayor de edad, cédula de identidad y electoral no. 001-1189785-6, abogado de los tribunales de la República, con domicilio en la antes señalada,


CRONOLOGÍA DEL PROCESO


a) En fecha 28 de marzo del año 2017, fue recibido por ante la Secretaria de este Tribunal, la instancia contentiva de la Acción de Amparo de Cumplimiento interpuesta por el señor JOSÉ OSCAR CASTILLO DOMÍNGUEZ, en contra del Consejo Nacional de la Seguridad Social, Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, Tesorería de la Seguridad Social, Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA).

b) Mediante Auto No.00441-2017 de fecha 31/03/2017, de la Presidencia del Tribunal Superior Administrativo, asigna a la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, a fin de que conozca de la indicada solicitud.


c) Mediante Auto No.01832-2017 de fecha 31/03/17 la Presidencia de la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, fijó Audiencia Pública para el día 06/04/2017, a fin de conocer la presente Acción de Amparo de Cumplimiento, y autoriza a la parte accionante citar a la parte accionada, Consejo Nacional de la Seguridad Social, Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, Tesorería de la Seguridad Social, Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), así como al Procurador General Administrativo, debiendo comunicar copia de este auto conjuntamente con la instancia y los documentos que la justifiquen.

d) Inventario de documento depositado por la parte recurrente, en fecha 05/04/2017, relativo a la presente acción de amparo de cumplimiento.

e) En la audiencia celebrada en fecha 6 del mes de abril del año 2017, comparecieron las partes envueltas en el proceso, la cual transcurrió de la siguiente manera; “PRIMERO: Se APLAZA el conocimiento de la presente audiencia a los fines de que la parte accionante, cite a la parte co-accionada, Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) y para que las coaccionadas Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), depositen documentos. SEGUNDO: Se FIJA próxima audiencia para el día JUEVES que contaremos a CUATRO (04) del mes de MAYO del año DOS MIL DIECISIETE (2017), a las NUEVE (09:00) horas de la mañana, a petición de la Parte Accionante. TERCERO: VALE citación para las partes presentes y representadas.

f) En fecha 06 de abril del año 2017, la parte accionada Consejo Nacional de Seguridad Social, deposito por ante la Secretaria de este Tribunal un escrito de defensa, con respecto a la presente acción de amparo.

g) Inventario de documento depositado por la parte recurrente en fecha 03/05/17, en ocasión del actual expediente.

h) En fecha 4 de mayo del 2017, la co-accionada, Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), depositó su escrito de defensa referente al presente expediente.

En la audiencia celebrada en fecha 4 del mes de mayo del año 2017, comparecieron las partes envueltas en el proceso, la cual transcurrió de la siguiente manera; “PRIMERO: Se APLAZA el conocimiento de la presente audiencia a los fines de que la co-accionada, Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), deposite documentos, tomando en cuenta que es su primera audiencia. SEGUNDO: Se FIJA próxima audiencia para el día JUEVES que contaremos a DIECIOCHO (18) del mes de MAYO del año dos mil diecisiete (2017), a las NUEVE (09:00) horas de la mañana. TERCERO: VALE citación para las partes presentes y representadas.

i) En fecha 16 de mayo La co-accionada La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, deposito por ante la Secretaria de este Tribunal su escrito de defensa relativo al presente recurso.

j) Que en la última audiencia conocida en fecha 18/05/17, comparecieron las partes en el proceso, en la cual sucedió lo siguiente: ÚNICO: El Tribunal ACUMULA los medios de inadmisión planteados para fallarlos conjuntamente con el fondo, el cual se aplaza hasta tanto el Colegiado se encuentre en condiciones de deliberar y dictar sentencia en el día de hoy.

PRETENSIONES DE LAS PARTES


Parte Accionante:


Que mediante instancia de fecha 28 de marzo de 2017, el accionante, señor J.O.C.D., después de una breve exposición de sus argumentos, solicitó lo siguiente: PRIMERO, Declarar como buena y válida en cuanto a la forma, la presente...

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