Sentencia Nº 030-2017-SSEN-00451 del Tribunal Superior Administrativo, 28-12-2017

Fecha de sentencia28 Diciembre 2017
MateriaContencioso Administrativo
Número de sentencia030-2017-SSEN-00451
Tipo de procesoContencioso Administrativo

REPÚBLICA DOMINICANA

PODER JUDICIAL

TERCERA SALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR

ADMINISTRATIVO


EN NOMBRE DE LA REPUBLICA


Sentencia núm. 030-2017-SSEN-00451 Expediente núm. 030-14-00926

NCI. 030-14-00926 Sol. núm. 030-14-00926


En la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete (2017); años ciento setenta y cuatro 174 de la Independencia y ciento cincuenta y cuatro 155 de la Restauración.


LA TERCERA SALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, regularmente constituida en el salón donde acostumbra celebrar sus audiencias, sito en la calle J.S.R., número 1-A, esquina S.S., sector de Gazcue, con la presencia de sus jueces: L.N.D.C.C.P., J.P.; F.E.C.A., J.; CLAUDIA MARIA PEÑA PEÑA, J.; asistidos de la infrascrita secretaria, ha dictado en sus atribuciones de lo Contencioso Administrativo, la sentencia que sigue:


CON MOTIVO DEL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO interpuesto por el ING. F.M.R.G., dominicano, mayor de edad, casado, cedula de identidad y electoral núm. 056-0009129-1, domiciliado y residente en la ciudad de San Francisco de Macorís, en su calidad de Alcalde Municipal del AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE MACORIS, institución organizada de conformidad con la Ley 176-07 sobre Organización Municipal, con su domicilio en la calle 27 de febrero, casi esquina Restauración y el Consejo de Regidores; quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al licenciado L.O.G., dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral número. 056-0067878-2, con estudio profesional abierto en la calle Principal Núm. 1, urbanización B. de la ciudad de San Francisco de Macorís República Dominicana, lugar donde el recurrente hace elección de domicilio procesal, para todos los fines y consecuencias legales.


CONTRA el Decreto Núm. 174/14, dictado por el Poder Ejecutivo en fecha 26 de mayo de 2014.

CRONOLOGÍA DEL PROCESO


El expediente que nos ocupa fue iniciado con motivo de la instancia de Recurso Contencioso Administrativo incoada por el ING. FELIX MANUEL RODRIGUEZ GRULLON, ALCALDE MUNICIPAL Y EL CONSEJO DE REGIDORES DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE MACORÍS contra el Poder Ejecutivo.


En esas atenciones la Magistrada Presidente del Tribunal Superior Administrativo, dictó el auto número 2182-2014, a través del cual comunicó el expediente que nos ocupa, al PODER EJECUTIVO y al PROCURADOR GENERAL ADMINISTRATIVO, otorgándole un plazo de treinta (30) días, a partir de la fecha de recibo, produjesen sus escritos de defensa.


El Procurador General Administrativo depositó el dictamen núm. 742-2014, en fecha 02/12/2014.


La parte recurrente depositó en fecha 01/12/2015, escrito de réplica de la acción, respecto al presente proceso.


Mediante el auto núm. 0013-2016 de fecha 05/01/2016, la Magistrada Presidente del Tribunal Superior Administrativo otorgó un plazo de 10 días al Poder Ejecutivo y al Procurador General Administrativo, para que deposite su escrito de contrarréplica.


El Procurador General Administrativo depositó el dictamen de Contrarréplica núm. 226-2016, en fecha 02/03/2016.


La parte recurrente depositó en fecha 22/12/2015, declaración de desistimiento de acción, respecto al presente proceso.


En fecha 18/08/2016, el Magistrado Presidente en Funciones, dicto el auto núm. 4467-2016, mediante el cual ordenó comunicar el desistimiento depositado por la parte recurrente, al Procurador General Administrativo y al Poder Ejecutivo, para fines de opinión, el cual fue notificado mediante Acto núm. 921/2016 de fecha 20 de octubre del año 2016.


El Procurador General Administrativo depositó el dictamen de desistimiento núm. 1142-2016, en fecha 24/08/2016.


PRETENSIONES DE LAS PARTES


Parte recurrente


El ING. FELIX MANUEL RODRIGUEZ GRULLON, ALCALDE MUNICIPAL Y EL CONSEJO DE REGIDORES DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE MACORÍS concluyeron de la siguiente manera: PRIMERO: DECLARAR el Decreto Núm. 174-14, de fecha 26 de mayo del año dos mil catorce (2014), emitido por el Poder Ejecutivo, contrario a la Constitución, en su artículo 51.1 y violatorio a los artículos 1, 3, 4, 6, 8, 11, 12, 18, 19.1, 98, 180 y 215 de la Ley 176-07 artículo 1 de la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario y artículo 1134 del Código Civil Dominicano; SEGUNDO: DECLARAR el Decreto Núm. 174-14, de fecha 26 de mayo del año dos mil catorce (2014), nulo y de pleno derecho y en consecuencia, declarar como único propietario de la plaza J.P.D., en el primer y segundo nivel, a nuestro representado Ayuntamiento Municipal de San Francisco de Macorís y el Tercer Nivel al Estado Dominicano, para las oficinas gubernamentales; TERCERO: RECONOCER a nuestro representado Ayuntamiento Municipal de San Francisco de Macorís, la capacidad jurídica de administración, y disposición del primer y segundo nivel de la plaza J.P.D..


Desistimiento


Mediante Decreto Presidencial No. 174-14, de fecha 26/05/2014, fue creado el Patronato de la Plaza Comercial y Oficinas Gubernamentales P.J.P.D.; sin embargo el Consejo de Regidores mediante Ordenanza No. 01-2016, de fecha 13/07/2016, autorizó a la Alcaldesa Municipal con el fin de administrar dicha plaza y de esa manera finalizar el litigio surgido en ocasión del Decreto antes mencionado y aceptar la administración mancomunada del Patronato de la Plaza Comercial y Oficinas Gubernamentales P.J.P.D.. Mediante declaración de desistimiento el AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE MACORÍS, debidamente representado por la licenciada MERCEDES J.C.T., ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE MACORÍS, dicha Alcaldesa fue autorizada mediante la Resolución Núm. 01-2016 de fecha 13 de julio del año 2016, para que en representación del Ayuntamiento Municipal, pudiera desistir o retirar cualquier tipo de acción judicial que estuviere cursando en cualquier instancia administrativa; por lo que, por medio del presente tiene a bien exponer lo siguiente: UNICO: Que el Ayuntamiento Municipal de San Francisco de Macorís, debidamente representada por la Alcaldesa Municipal licenciada MERCEDES J.C.T., mediante la presente hace formal renuncia y desistimiento desde ahora y para siempre de recurso de nulidad del Decreto Núm. 174/14, de fecha 26/05/2014, intentado por el Ayuntamiento Municipal de San Francisco de Macorís, por ante el Tribunal Superior Administrativo en fecha 29/06/2014, por lo que manifestamos el deseo de poner fin al proceso y aceptar la aplicación del Decreto Presidencial Núm. 174-14 de fecha 26 de mayo del 2014, que creó el Patronato de la Plaza Comercial y Oficina Gubernamentales P.J.P.D., con el fin de administrar Plaza Juan hablo D., ubicada en la ciudad y municipio de San Francisco de Macorís”.


Procurador General Administrativo


La PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA, mediante su Dictamen núm. 1142-2016 depositado en fecha 26/10/2016 en este Tribunal, concluyó de la siguiente manera: “ÚNICO: Acoger en todas sus partes el desistimiento de fecha 26/07/2016, interpuesto por el AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE SAN FRANCISCO DE MACORÍS relativo al Recurso Contencioso Administrativo interpuesto por el ING. FÉLIX MANUEL RODRÍGUEZ GRULLON, ALCALDE MUNICIPAL Y EL CONSEJO DE REGIDORES DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE MACORIS, contra el Poder Ejecutivo.


DOCUMENTOS APORTADOS

Parte recurrente

  1. Resolución núm. 01-2013 de fecha 03/01/2013.

  2. Resolución núm. 07-2013 de fecha 03/01/2013.

  3. Copia del Acuerdo de colaboración y cooperación Internacional de fecha 16/05/2013.

  4. .Copia del Decreto Núm. 174/14 de fecha 26/05/2014.

  5. Certificación de fecha 13/06/2014.

  6. Acto Núm. 952/2014, del Ministerial R.M..

  7. Instancia al Ing. Antonio Vargas Hernández, Director de DIGECOOM.

  8. Copia Certificado de Titulo Núm. 621.



Parte recurrida

  1. Acto de Desistimiento de Recurso Contencioso Administrativo de fecha 15 de julio del año 2016, contra el Decreto Núm. 174/14, emitido por el Poder Ejecutivo en fecha 26 de mayo de 2014.

DELIBERACIÓN DEL CASO


  1. El ING. FELIX MANUEL RODRIGUEZ GRULLON, ALCALDE MUNICIPAL Y EL CONSEJO DE REGIDORES DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE MACORÍS, mediante la instancia de Recurso Contencioso Administrativo de la cual nos apoderó pretende que sea declarado nulo, el Decreto Núm. 174/14 emitido por el Poder Ejecutivo, de fecha 26/05/2014, toda vez que asegura, que dicho decreto viola las disposiciones establecidas en los artículos la Constitución, en su artículo 51.1 y violatorio a los artículos 1, 3, 4, 6, 8, 11, 12, 18, 19.1, 98, 180 y 215 de la Ley 176-07 artículo de la Ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario y artículo 1134 del Código Civil Dominicano.

COMPETENCIA


  1. Este Tribunal tiene competencia “ratione materiae” para conocer del presente caso de acuerdo a las disposiciones contenidas en los artículos 1 y 2 de la Ley núm. 13-07 “Que crea el Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo” del 5 de febrero de 2007, 76 de la Ley 41-08 y de los artículos 1 y 3 de la Ley núm. 1494 que Instituye la Jurisdicción Contencioso-Administrativa promulgada el 02 de agosto de 1947, G. O. núm. 6673 del 9/8/1947.


DESISTIMIENTO PLANTEADO.


  1. Que en fecha veintiséis...

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