Sentencia Nº TC/0012/23 de Tribunal Constitucional, 13-01-2023

Número de sentenciaTC/0012/23
Fecha13 Enero 2023
Número de expedienteTC-05-2021-0145
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0145, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor R.E.U.P. contra la Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN-00098, dictada por la Segunda Sala del
Tribunal Superior Administrativo del nueve (9) de marzo de dos mil veintiuno (2021). Página 1 de 52
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0012/23
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2021-0145, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia
de amparo interpuesto por el señor
R.E.U..P. contra la
Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN-
00098, dictada por la Segunda Sala
del Tribunal Superior Administrativo
del nueve (9) de marzo de dos mil
veintiuno (2021).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los trece (13) días del mes de enero del año dos mil veintitrés
(2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R.D..í.F., primer sustituto; L...
.
V.S., segundo sustituto; J.é A.A., A.L.B.
.
M., M..U..B.V.ega, J..P.C.lanos K., V.
.
J.C.P., D.G.l, M.V..M., J.
.
A.V..G. y E..V..A., en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución; 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece
(13) de junio del año dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0145, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor R.E.U.P. contra la Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN-00098, dictada por la Segunda Sala del
Tribunal Superior Administrativo del nueve (9) de marzo de dos mil veintiuno (2021). Página 2 de 52
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN-00098, objeto del presente recurso de
revisión constitucional, fue dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo el nueve (9) de marzo de dos mil veintiuno (2021). Dicho fallo
rechazó la acción de amparo interpuesta por el señor R..E.U.
.
P. en contra de la Dirección General de la Policía Nacional y la Dirección
General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT) el nueve
(9) de octubre de dos mil veinte (2020). El dispositivo de la sentencia recurrida
es el siguiente:
PRIMERO: DECLARA buena y válida en cuanto a la forma la presente
Acción Constitucional de Amparo, interpuesta por el señor
RICICARDO ENRIQUE URIBE ÉREZ, en fecha 09 de octubre del año
2020, contra la DIRECCIÓN DE LA POLICÍA NACIONAL y la
DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁNSITO TERRESTRE (DIGESETT),
por haber sido interpuesta conforme a las reglas procesales vigentes.
SEGUNDO: En cuanto al fondo RECHAZA la presente acción
Constitucional de Amparo interpuesta por el señor R.
.
E.U..P., en fecha 09 de octubre del año 2020, contra
la DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL y la
DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
TERRESTRE (DIGESETT), por los motivos expuestos.
TERCERO: DECLARA libre de costas el presente proceso de
conformidad con el artículo 66 de la Ley núm. 137-1 1 de fecha 13 de
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0145, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor R.E.U.P. contra la Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN-00098, dictada por la Segunda Sala del
Tribunal Superior Administrativo del nueve (9) de marzo de dos mil veintiuno (2021). Página 3 de 52
junio el año 201 1, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales.
La sentencia antes descrita fue notificada al señor R..E.U.P.
el veinte (20) de abril de dos mil veintiuno (2021), mediante comunicación
realizada por la Secretaría General del Tribunal Superior Administrativo, la
cual fue recibida en esa misma fecha.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo
En el presente caso, el recurrente, señor R.E.U.P. apoderó
a este tribunal constitucional de un recurso de revisión constitucional contra la
sentencia anteriormente descrita, mediante escrito depositado el veintitrés (23)
de abril de dos mil veintiuno (2021) ante el Tribunal Superior Administrativo;
remitido a este tribunal el veintiuno (21) de octubre de dos mil veintiuno
(2021). El referido recurso se fundamenta en los alegatos que se exponen más
adelante.
El recurso anteriormente descrito fue notificado al procurador general
administrativo, mediante el Acto núm. 673-2021, del ocho (8) de julio de dos
mil veintiuno (2021), instrumentado por el ministerial S..S..M.,
alguacil ordinario de Presidencia del Tribunal Superior Administrativo; a la
Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre
(DIGESETT), mediante el Acto núm. 350/2021, del catorce (14) de junio de
dos mil veintiuno (2021), instrumentado por el ministerial B..P.
.
U., alguacil de estrados de la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional; y a la Dirección General
de la Policía Nacional mediante el Acto núm. 602/2021, del quince (15) de

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