Sentencia Nº TC/0055/23 de Tribunal Constitucional, 23-01-2023

Número de sentenciaTC/0055/23
Fecha23 Enero 2023
Número de expedienteTC-05-2020-0145
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0145, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor R. de la Rosa Ogando contra la Sentencia núm. 0030 -03-2020-SSEN-0031, dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el siete (7) de febrero de dos mil veinte (2020). Página 1 de 41
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0055/23
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2020-0145, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por el señor
R. de la Rosa Ogando contra
la Sentencia núm. 0030-03-2020-
SSEN-0031, dictada por la Tercera
Sala del Tribunal Superior
Administrativo el siete (7) de febrero
de dos mil veinte (2020).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de enero del año dos mil veintitrés
(2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; Rafael D..F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J.A..A., A..L.B.
.
M., M..U..B.V., V.J..C.P.,
D.G., M.d.C.S. de Cabrera, M..V.M.,
J.A.V.G. y E.V.A., en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución; 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13)
de junio del año dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0145, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor R. de la Rosa Ogando contra la Sentencia núm. 0030 -03-2020-SSEN-0031, dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el siete (7) de febrero de dos mil veinte (2020). Página 2 de 41
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 0030-03-2020-SSEN-0031, objeto del presente recurso de
revisión constitucional, fue dictada por la segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo el siete (7) de febrero de dos mil veinte (2020). Esta decisión
rechazó en cuanto al fondo la acción de amparo promovida por el señor
R. de la Rosa Ogando, contra la Dirección General de la Policía
Nacional y su director, mayor general, N.A..B.A., Consejo
Superior Policial y J...R.F., en su condición de ministro de interior
y policía.
El dispositivo de la indicada sentencia reza como sigue:
PRIMERO: RECHAZA los medios de inadmisión promovidos por la
parte accionada DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA
NACIONAL, N..A..B..A., en su calidad de
Director General de la Policía Nacional, CONSEJO SUPERIOR
POLICIAL y J..R.F., en su condición de Ministro de
Interior y Policía, por los motivos antes expuestos.
SEGUNDO: DECLARA regular y valida, en cuanto a la forma, la
presente Acción Constitucional de Amparo de Cumplimiento
interpuesta por el señor REYMUNDO DE LA ROSA OGANDO, en
fecha 16 de diciembre de 2019, contra la DIRECCIÓN GENERAL DE
LA POLICÍA NACIONAL, N.A.B.A., en su
calidad de Director General de la Policía Nacional, CONSEJO
SUPERIOR POLICIAL y J.R..F., en su condición de
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0145, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor R. de la Rosa Ogando contra la Sentencia núm. 0030 -03-2020-SSEN-0031, dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el siete (7) de febrero de dos mil veinte (2020). Página 3 de 41
Ministro de Interior y Policía, por haber sido interpuesta conforme las
reglas procesales vigentes.
TERCERO: en cuanto al fondo RECHAZA la presente Acción
Constitucional de Amparo de Cumplimiento, interpuesta el señor
REYMUNDO DE LA ROSA OGANDO, en fecha 16 de diciembre de
2019, contra la DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL,
N.A..B.A., en su calidad de D.or
General de la Policía Nacional, CONSEJO SUPERIOR POLICIAL y
J.R..F., en su condición de Ministro de Interior y
Policía, por no demostrar vulneración de derechos fundamentales en el
incumplimiento de la ley, en consonancia con las motivaciones
anteriormente expuestas.
CUARTO: DECLARA libre de costas el presente proceso de
conformidad con el artículo 72 de la Constitución Política de la
Republica Dominicana, y el artículo 66 de la Ley No. 137-11, de fecha
13 de junio de año 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales.
QUINTO: Ordena a la Secretaria General, que proceda a la
notificación de la presente sentencia por las vías legales disponibles, a
la parte accionante, señor REYMUNDO DE LA ROSA OGANDO, a la
parte accionada, DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA
NACIONAL, N..A..B..A., en su calidad de
Director General de la Policía Nacional, CONSEJO SUPERIOR
POLICIAL y J.R.F., así como a la procuraduría
General Administrativa.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR