Sentencia Nº TC/0062/23 de Tribunal Constitucional, 25-01-2023

Número de sentenciaTC/0062/23
Fecha25 Enero 2023
Número de expedienteTC-05-2022-0074
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0074, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor
G.O., contra la Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN-00273, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo el siete (7) de junio de dos mil veintiuno (2021). Página 1 de 43
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0062/23 R.ia: Expediente núm. TC-05-
2022-0074, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por el señor Gabriel
Ozuna, contra la Sentencia núm. 0030-
03-2021-SSEN-00273, dictada por la
Segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo el siete (7) de junio de
dos mil veintiuno (2021).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de enero del año dos mil
veintitrés (2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J..A.A., A.L..B.
.
M., M..U.B..V., J..P.C..K., V.
.
J.C..P., D..G., M..V.M., J.
.
A.V..G. y E..V.A., en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución; 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13)
de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0074, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor
G.O., contra la Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN-00273, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo el siete (7) de junio de dos mil veintiuno (2021). Página 2 de 43
I. ANTECEDENTES
1. D.ción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN-00273, del siete (7) de junio de dos mil
veintiuno (2021), objeto del presente recurso de revisión de amparo, fue dictada
por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, estableciéndose en su
dispositivo lo siguiente:
PRIMERO: RECHAZA la presente Acción de Amparo, de fecha 12 de
febrero del año 2021, interpuesta por el señor G.O., por
intermedio de sus abogados, L.. C..B., M.C. y
M.F.F., en contra de la Fuerza Aérea, el Ministerio de
Defensa y del señor L.nel Amilcar M.N.a; por los motivos
expuestos en el cuerpo de la presente decisión.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente proceso, de
conformidad con los artículos 72 de la Constitución y 7.6 y 66 de la Ley
núm. 137-11, de fecha 13 de junio del año 2011, O.a del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales.
TERCERO: ORDENA que la presente sentencia sea comunicada por
secretaría del tribunal a las partes del proceso, así como a la
Procuraduría G.al Administrativa, de acuerdo con los artículos 42 y
46 de la Ley núm. 1494, de fecha 09 de agosto de 1947, que instituye la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
CUARTO: DISPONE que la presente sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo, según el artículo 38 de la
Ley núm. 1494, de fecha 09 de agosto de 1947, que instituye la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
República Dominicana
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Expediente núm. TC-05-2022-0074, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor
G.O., contra la Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN-00273, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo el siete (7) de junio de dos mil veintiuno (2021). Página 3 de 43
La referida sentencia le fue notificada a la parte recurrente, señor G..i.O.,
el veintinueve (29) de julio de dos mil veintiuno (2021), mediante el Oficio núm.
920/2021, de veintinueve (29) de julio de dos mil veintiuno (2021), instrumentado
por el ministerial A.A..P., alguacil de estrado de la Cuarta Sala de la
Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
A.o, dicha sentencia le fue notificada a la parte accionada, Ministerio de
Defensa, mediante el Acto núm. 1181/2021, del veintitrés (23) del mes de
noviembre del año dos mil veintiuno (2021), instrumentado por el ministerial José
L.C., alguacil de estrados del Tribunal Superior Administrativo, y al
procurador general administrativo, el tres (3) de agosto del año dos mil veintiuno
(2021), mediante el Oficio núm. 917/2021, del tres (3) de agosto del año dos mil
veintiuno (2021), instrumentado por el ministerial R.D.R.S.,
alguacil de estrados del Tribunal Superior Administrativo.
2. P.ación del recurso en revisión
El señor G.O., interpuso el presente recurso de revisión de sentencia
de amparo, el tres (3) de agosto de dos mil veintiuno (2021), y fue recibido en
este tribunal, el diecisiete (17) de marzo de dos mil veintidós (2022), a fin de
que se revoque la decisión recurrida y, en consecuencia, que se acoja la acción
de amparo y se ordene al Ministerio de Defensa su reintegro en la institución y
el pago de los salarios dejados de percibir.
El indicado recurso fue notificado al Ministerio de Defensa, mediante el Acto
núm. 27/2021, el cinco (5), de agosto de dos mil veintiuno (2021), instrumentado
por el ministerial L..A..C., alguacil ordinario de la Tercera Sala Penal
de la Corte de Apelación, y al procurador general administrativo, mediante el Acto
núm. 30/2021, del nueve (9) de agosto del año dos mil veintiuno (2021),
instrumentado por el ministerial L..A.C., alguacil ordinario de la
Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación.

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