Sentencia Nº TC/0080/18 de Tribunal Constitucional, 23-03-2018

Número de sentenciaTC/0080/18
Número de expediente TC-05-2016-0303
Fecha23 Marzo 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0303, relativo al recurso de revisión de sentencia de amparo interpuesto por la señora Rosa María
Peña García contra la Sentencia núm. 00073-2016, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veinticinco
(25) de febrero de dos mil dieciséis (2016). Página 1 de 22
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0080/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2016-0303, relativo al recurso de
revisión de sentencia de amparo
interpuesto por la señora Rosa María
Peña García contra la Sentencia núm.
00073-2016, dictada por la Primera
Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veinticinco (25) de
febrero de dos mil dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de marzo del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Leyda
Margarita Piña Medrano, primera sustituta en funciones de presidenta; Hermógenes
Acosta de los Santos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Jottin Cury David, Víctor Gómez
Bergés, Wilson S. Gómez Ramírez y Katia Miguelina Jiménez Martínez, en ejercicio
de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.1 de la Constitución dominicana, y 9 y 36 de la Ley núm. 137-11,
Orgánica de Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del
trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0303, relativo al recurso de revisión de sentencia de amparo interpuesto por la señora Rosa María
Peña García contra la Sentencia núm. 00073-2016, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veinticinco
(25) de febrero de dos mil dieciséis (2016). Página 2 de 22
1. Descripción de la sentencia recurrida
La sentencia objeto de la revisión que nos ocupa es la Sentencia núm. 00073-2016,
dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veinticinco (25)
de febrero de dos mil dieciséis (2016). Esta decisión declaró inadmisible, por
extemporánea, la acción de amparo interpuesta por la señora Rosa María Peña
García contra la Policía Nacional, al disponer, vía su dispositivo, lo siguiente:
PRIMERO: ACOGE el medio de inadmisión planteado tanto por la parte
accionada, la POLICÍA NACIONAL, como por la Procuraduría General
Administrativa, en consecuencia, DECLARA INADMISIBLE, la presente
Acción Constitucional de Amparo interpuesta por la señora ROSA MARIA
PEÑA GARCIA, en fecha 24 de noviembre de 2015, en virtud de lo dispuesto
en el artículo 70.2 de la Ley No. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, dada su
extemporaneidad conforme a los motivos expuestos.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente proceso de conformidad
el, artículo 66 de la Ley 137-11, de fecha 13 de junio del año 2011, Orgánica
del Tribunal Constitucional y los Procedimientos Constitucionales.
TERCERO: ORDENA la comunicación de la presente sentencia por
secretaría a la parte accionante, señora ROSA MARIA PEÑA GARCIA, a la
parte accionada, POLICIA NACIONAL y al Procurador General
Administrativo.
CUARTO: ORDENA que la presente sentencia sea publicada en el Boletín
del Tribunal Superior Administrativo.

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