Sentencia Nº TC/0093/23 de Tribunal Constitucional, 10-02-2023

Número de sentenciaTC/0093/23
Fecha10 Febrero 2023
Número de expedienteTC-05-2017-0282
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0282, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la
Fuerza Aérea de la Rep ública Dominicana en contra de la Sentencia núm. 030-2017-SSEN-00040, dictada por la Primera
Sala del Tribunal Superior Administrativo el dieciséis (16) de febrero del año dos mil diecisiete (2017). Página 1 de 44
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0093/23 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2017-0282, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por la Fuerza
Aérea de la República Dominicana en
contra de la Sentencia núm. 030-2017-
SSEN-00040, dictada por la Primera
Sala del Tribunal Superior
Administrativo el dieciséis (16) de
febrero del año dos mil diecisiete
(2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de febrero del año dos mil veintitrés
(2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J..A.A., A..L.B.
.
M., M..U.B..V., J..P.C..K., Víctor
J.C.P., D.G., M.V..M. y E.
.
V..A., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución; 9, 94 y
siguientes de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de
los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0282, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la
Fuerza Aérea de la Rep ública Dominicana en contra de la Sentencia núm. 030-2017-SSEN-00040, dictada por la Primera
Sala del Tribunal Superior Administrativo el dieciséis (16) de febrero del año dos mil diecisiete (2017). Página 2 de 44
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 030-2017-SEEN-00040, objeto del presente recurso, fue
dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el dieciséis
(16) de febrero del año dos mil diecisiete (2017); su dispositivo reza de la
siguiente manera:
PRIMERO: Rechaza el medio de inadmisión presentado por el
Procurador General Administrativo, por los motivos antes indicados.
SEGUNDO: Declara regular y válida, en cuanto a la forma, la presente
Acción Constitucional de Amparo interpuesta por el señor EFREIN
N.G..O., EN FECHA 19 DE ENERO DE 2017 contra el
MINISTERIO DE DEFENSA DE LA REPÚBLICA DOMINICANA,
Teniente General R..D..P..S., FUEZA AEREA
DOMINICANA, M. General Piloto, L.N.P. Díaz y el
Cuerpo Jurídico de la Fuerza Aérea Dominicana, por haber sido
interpuesta de conformidad con la ley que rige la materia. (sic)
TERCERO: Excluye de la presente acción de amparo al MINISTERIO
DE DEFENSA, al mayor General L.N.P.D., al
Teniente General del E..R.D..P. SEM y al
Cuerpo Jurídico de la Fuerza Aérea Dominicana, por los motivos antes
expuestos.
CUARTO: ACOGE parcialmente en cuanto al fondo la acción de
amparo incoada por el señor E.N.G..N..O., con la
FUERZA AEREA DOMINICANA, por ser justa y reposar en base legal.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0282, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la
Fuerza Aérea de la Rep ública Dominicana en contra de la Sentencia núm. 030-2017-SSEN-00040, dictada por la Primera
Sala del Tribunal Superior Administrativo el dieciséis (16) de febrero del año dos mil diecisiete (2017). Página 3 de 44
QUINTO: DECLARA que contra el accionante, señor E..N.
.
G.O., se han vulnerado derechos constitucionales relativos
al debido proceso, el derecho de defensa, consecuencia de lo cual se
ORDENA a la FUERZA AEREA DOMINICANA, restituirle en el ultimo
rango que ostentaba al momento de su cancelación, DISPONIENDO
que al accionante le sean saldados los salarios dejados de pagar desde
el momento de su cancelación hasta la fecha en que preste servicios y
reintegración a las filas militares.(sic)
SEXTO: RECHAZA la solicitud de astreinte hecha por la parte
accionante el señor EFRAIN NOÉ GENAO ORTÍZ, por los motivos
expuestos.
SÉPTIMO: DECLARA libre de costas el presente proceso de
conformidad con el artículo 66 de la Ley No. 137-11 de fecha 13 de
junio del año 2011, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
procedimientos Constitucionales.
OCTAVO: ORDENA, la comunicación por Secretaria de la presente
sentencia a las partes envueltas en el presente proceso y al Procurador
General Administrativo.
NOVENO: ORDENA, que la presente sea publicada en el Boletín del
Tribunal Superior Administrativo.
La referida sentencia fue notificada a la parte hoy recurrente, Fuerza Aérea de
la República Dominicana, mediante Acto núm. 200/2017 del seis (6) de abril
del año dos mil diecisiete (2017), instrumentado por el ministerial R.
.
M.A..T., alguacil ordinario de la Cámara Penal de la Corte de
Apelación de Santo Domingo.

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